Si pensabas que la mediación era opcional, ¡piénsalo otra vez!
Desde el 3 de abril de 2025, gracias a la Ley Orgánica 1/2025, en muchos casos ya no puedes simplemente presentar una demanda. Primero tienes que intentarlo vía Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC). Y sí: ¡es obligatorio!
Los MASC son vías extrajudiciales para resolver conflictos, sin mover papeles a los juzgados. Según la ley, pueden ser:
Mediación o conciliación
Opinión neutral de un experto
Oferta vinculante confidencial
Derecho colaborativo entre abogados
Cualquier otro procedimiento negociador reconocido legalmente
En la mayoría de los procesos civiles y mercantiles (como reclamaciones de cantidad, conflictos contractuales o disputas entre empresas familiares), acudir a un MASC es requisito imprescindible. Si no lo haces, tu demanda puede ser inadmitida.
La ley también establece quién queda fuera de esta obligación, como:
Materias penales, laborales y concursales
Derechos fundamentales, asuntos familiares o de menores
Procedimientos urgentes (como medidas cautelares)
Casos en los que una parte sea entidad pública
La ley prevé consecuencias que van más allá de una advertencia:
Inadmisión de la demanda por falta de procedibilidad
Consecuencias en costas procesales: si ganaste, pero rechazaste un MASC sin justa causa, ¡puedes quedarte sin costas! Si fue una estimación parcial o te allanaste sin haber acudido, también puedes acabar pagando costas
La obligatoriedad no termina con la demanda. El tribunal o el Letrado de la Administración de Justicia pueden derivar el caso a MASC en cualquier fase del procedimiento —como durante vistas, ejecución o apelación— siempre que las partes lo acepten. Esta medida busca fomentar el acuerdo incluso una vez iniciado el juicio.
La idea es sencilla: evitar saturar los juzgados, resolver conflictos más rápido y con menos coste. Además, si logras un acuerdo extrajudicial, no solo es más rápido: probablemente resulta más satisfactorio para ambas partes. Ahora bien, las negociaciones no son algo nuevo en el mundo jurídico. Hasta ahora era muy frecuente llegar a acuerdos antes de llegar a juicio, pero el hecho de imponer la negociación para poder iniciar un procedimiento judicial puede tener efectos adversos, pues en multitud de ocasiones, bien por la materia, bien por la voluntad de las partes, es imposible alcanzar un acuerdo, por lo que lo único que se consigue imponiendo acudir a un MASC es alargar artificialmente un procedimiento que podría haberse resuelto con rapidez.
Desde el 3 de abril de 2025, si estás pensando en acudir a los juzgados por un conflicto civil o mercantil, primero tienes que intentar resolverlo por MASC. No se trata solo de una alternativa útil: ahora es una puerta de entrada obligatoria al sistema judicial.