ARTÍCULO 5. Para ser afiliada o afiliado de ASPU se requiere:a) Ser o haber sido profesora o profesor de una Institución de Educación Superior oficialmente aprobada.b) Presentar la respectiva solicitud.c) Pagar la cuota de admisión y las de sostenimiento de que tratan estos estatutos. Parágrafo 1: La afiliada o afiliado a quien se le termine su relación laboral con un empleador, no perderá su afiliación al sindicato y continuará con la totalidad de derechos y obligaciones de socio sindical siempre y cuando siga desempeñando las actividades a las que se refiere el artículo primero de estos estatutos en forma independiente o en desarrollo de un contrato laboral. Parágrafo 2: La afiliada o afiliado, a quien se le termine su relación laboral con un empleador para disfrutar de la pensión no perderá su afiliación al sindicato y continuará con la totalidad de derechos y obligaciones de afiliado sindical.
ARTÍCULO 6. La Junta Directiva Nacional, las Directivas de las Seccionales o los Comités Seccionales recibirán solicitudes de admisión, registrarán las admisiones en el libro de afiliados, notificarán al nuevo afiliado y darán publicidad a la admisión.
ARTÍCULO 7. Son obligaciones de las y los afiliados:
a) Cumplir fielmente los Estatutos y las decisiones emanadas de las Asambleas Nacional Delegados, Asambleas de Seccionales, de la Plenaria Nacional, de las Juntas Directivas Nacional y de Seccionales y de los Comités que se relacionen con las funciones sociales, legales y estatutarias de ASPU. El afiliado que exceda las facultades estatutarias y legales o las incumpla, responderá personalmente y con su propio peculio frente a terceros y frente al sindicato, por los daños que ocasionen su conducta u omisión.
b) Concurrir puntualmente a todas las sesiones de las Asambleas Generales de Delegados, de Seccionales, de las Juntas Directivas, de las Secretarias Permanentes, de los Comités y sus Comisiones cuando se forme parte de ellas.
c) Concurrir y participar activamente en asambleas permanentes, movilizaciones, debates, foros, congresos y demás actividades aprobadas por ASPU.
d) Generar propuestas que dinamicen el que hacer sindical y la toma de conciencia sindical.
e) Promover el conocimiento, apropiación y difusión del ideario político sindical de ASPU, que contribuya a la construcción de un modelo de sociedad más democrática e incluyente.
f) Mantener vivo el movimiento sindical a través de la participación proactiva en las diferentes comisiones y demás actividades definidas por el sindicato.
g) Observar buena conducta y proceder lealmente con sus compañeros de trabajo, con el sindicato y sus afiliados.
h) Presentar excusa por escrito, con indicación de las justas causas en caso de incumplimiento de las obligaciones que tratan los literales a) y b) de este artículo.
i) Pagar puntualmente las cuotas de admisión, ordinarias y extraordinarias.
j) Luchar por alcanzar los fines del sindicato.
k) No discriminar, ni segregar por razones ideológicas, étnicas, de género y orientación sexual, religiosas, de nacionalidad, lingüísticas, de edad. Parágrafo: Las y los profesores catedráticos y ocasionales afiliados pagarán sus cuotas estatutarias solo durante el periodo laboral definido en el contrato respectivo.
ARTÍCULO 8. Son derechos de las y los afiliados:
a) Participar con voz y voto en los debates que se den en las Asambleas en las cuales tiene derecho a participar de acuerdo con la ley y estos estatutos..
b) Elegir y ser elegidos integrantes de las Juntas Directivas Seccionales, de la Junta de los Comités que se creen, en las Secreta-rías Permanentes y en las Comisiones.
c) Elegir y ser elegidos delegados de la Asamblea Nacional de Delegados y/o integrante de la Junta Directiva Nacional.
d) Disfrutar de los beneficios expresados en los fines del sindicato.
e) Solicitar la intervención de ASPU por medio de las Juntas Directivas y Comisiones, conforme con los Estatutos, para el estudio y solución de los conflictos interpersonales relacionados con la actividad sindical o laboral, y conflictos de trabajo individuales y colectivos que se presenten, promoviendo la tolerancia y la pluralidad.
f) Derecho a solicitar y recibir la información que considere necesaria dentro del ámbito de su actividad sindical.
g) Recibir formación sindical, profesional, científica y general
h) Derecho a la información, a expresarse, a disentir, a ejercer el derecho a la crítica dentro de un ambiente de respeto, a hacer propuestas alternativas en política educativa, laboral, sindical, económica y social, Parágrafo 1:Para ejercer los derechos de que tratan los ordinales a), b) y c) es necesario estar a paz y salvo con la Tesorería de la Asociación. Parágrafo 2: Los afiliados atrasados en el pago de las cuotas por tres (3) mensualidades, tendrán voz pero no voto en las Asambleas; si el no pago supera las seis (6) no gozara de los derechos d) y f).