Referencias normativas:
Artículo 25. Principios de la tutoría y la orientación del Decreto 102/2023, de 9 de mayo.
Artículo 24. Principios de la tutoría y la orientación del Decreto 103/2023, de 9 de mayo.
En Secundaria, el artículo 25 sobre principios de la tutoría y la orientación, del Decreto 102/2023, de 9 de mayo, explicita que:
1. La tutoría y la orientación forman parte de la función docente. Corresponderá a los centros docentes la programación, desarrollo y evaluación de la acción tutorial que será recogida en el Plan de orientación y acción tutorial, incluido en su Proyecto educativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 121.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
2. Según lo dispuesto en el artículo 18.1 del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, la orientación y la acción tutorial acompañarán el proceso educativo individual y colectivo del alumnado. A tales efectos, se promoverán las medidas necesarias para que la tutoría personal y la orientación educativa y profesional del alumnado constituyan un elemento fundamental en la ordenación de la etapa.
3. La tutoría y la orientación educativa garantizarán un adecuado asesoramiento al alumnado durante toda la etapa educativa con la finalidad de favorecer su progreso y continuidad en el Sistema Educativo. Los centros docentes deberán informar y orientar al alumnado con el fin de que la elección de opciones y materias sea la más adecuada para sus intereses y su orientación formativa posterior. Cuando el alumnado optara por no continuar sus estudios, se garantizará una orientación profesional sobre el tránsito al mundo laboral.
Las referencias a este plan se matizan en el artículo 24 sobre los principios de la tutoría y orientación en la etapa de Bachillerato, en el Decreto 103/2023, de 9 de mayo, que sólo se distingue del de la etapa anterior en el apartado 3, donde puede leerse que:
3. Los centros deberán informar y orientar al alumnado con el fin de que la elección de las modalidades, vías y materias a las que se refieren los artículos 9, 10 y 11 sea la más adecuada para sus intereses y su orientación formativa posterior .
Nuestro centro orienta el POAT en este sentido, determinando cómo se coordinan las tutorías compartidas, o las electrónicas en caso de que procedan, teniendo en cuenta el artículo 17.3 de la Orden de 20 agosto 2010 de organización y funcionamiento sobre tutoría compartida con profesorado especializado para la atención del alumnado con NEE, así como el artículo 16 de la Orden de 20 junio de 2011 de promoción de la convivencia referente a la Tutoría electrónica, matizando las decisiones sobre ambas etapas y puede consultarse en el siguiente documento: