Presupuesto y Gastos ejecutados

Normativa sobre Gastos a ejecutar.

Se podrán imputar con cargo a esta Convocatoria todos los gastos directos de la ejecución de proyecto, tales como:

Estos gastos deberán haber sido contraídos durante el período de ejecución de las actividades objeto de la ayuda, entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de julio de 2024.

Los documentos contables de soporte de estos gastos deberán ser admitidos fiscalmente, es decir: 

No serán admitidos como documentos soporte de los gastos los presupuestos, ni facturas proforma o similares.

Los documentos de soporte de los gastos (facturas o nóminas) deberán ir siempre a nombre del centro líder. En el caso de que estos gastos fueran a nombre de otro centro también participante en el proyecto, será necesario aportar justificante del traspaso de fondos desde el centro líder al otro centro participante.

No serán gastos financiables:

El proyecto no podrá implicar beneficio mercantil comercial directo para las entidades beneficiarias. Cualquier ingreso o beneficio del proyecto, deberá repercutirse directamente al mismo.

El apoyo económico obtenido en esta Convocatoria podrá ser compatible con otras subvenciones y ayudas procedentes de cualquier administración o ente privado destinadas al mismo proyecto siempre y cuando la suma del total de los ingresos obtenidos no supere el presupuesto total del proyecto. En la Convocatoria no se exige una financiación mínima por parte de las entidades solicitantes, aunque sí se valorará positivamente su esfuerzo inversor, tal y como se recoge en el Anexo I.

Webinar sobre el seguimiento y la justificación de la documentación a presentar:

4_Guía centros seleccionados 2023.pdf
Webinar 17_1_2024 VII Dualiza centros seleccionados.pdf

Presupuesto.

El presupuesto del proyectos es:

modelo-presupesto-dualiza-2023

Gastos Ejecutados.

Presupuestos