COMUNICADOS

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ

Comunicado de respaldo y solidaridad 

Con los integrantes de las comisiones escrutadoras, por lo hechos violentos perpetrados en los municipios de Palocabildo, Planadas, Purificación, Santa Isabel y Honda. 

Ibagué, octubre 30 de 2023 

Véase comunicado


"COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL IBAGUÉ – TOLIMA

SALA PLENA

COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

Ibagué, nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022)


La Sala V Laboral del Tribunal Superior de Ibagué, integrada por los Honorables Magistrados doctores Carlos Orlando Velásquez Murcia, Mónica Jimena Reyes Martínez y Amparo Emilia Peña Mejía, en ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, el día dos (02) de junio de 2022 decidieron el incidente de desacato promovido por el ciudadano Juan Felipe Rodríguez Vargas en relación con la sentencia de tutela de la Sala de Casación Laboral de la Honorable Corte Suprema de Justicia, identificada como STL10716-2020 del veinticinco (25) de noviembre de 2020, y determinaron, entre otras cosas, declarar en desacato la orden impartida por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia al señor presidente de la República de Colombia, doctor Iván Duque Márquez, e impusieron sanción por el desacato, consistente en medida de arresto domiciliario por cinco (5) días, al señor presidente de la República de Colombia.

La Corporación ante las expresiones descalificadoras del señor presidente de la República de Colombia, doctor Iván Duque Márquez, relacionadas con la decisión de la Sala Laboral proferida en su contra y otras autoridades en un incidente de desacato promovido por el accionante Juan Felipe Rodríguez Vargas y el Ministerio Público, además de rechazarlas constituyen una inaceptable y descomedida injerencia en la función judicial.

Las decisiones de los jueces de la República deben respetarse y controvertirse en los estrados judiciales a través de los instrumentos constitucionales y legales instituidos en nuestro ordenamiento jurídico, preservándose así el valor esencial del principio de independencia y autonomía en el marco de un genuino sistema democrático de pesos y contrapesos.

Este comunicado de la Sala Plena del Tribunal Superior de Ibagué, no supone calificar de acertada o equivocada la decisión de la Sala Quinta Laboral de la Corporación.

Aprobado, según Acta 28, en Sala Plena llevada a cabo el jueves nueve de junio de dos mil veintidós.

DIEGO OMAR PEREZ SALAS

Presidente"

Véase texto pdf original Comunicado

Nota de Relatoría Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué: Publicación inserta en esta página Web en cumplimiento a la directriz impartida por la Presidencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué.-