Aunque no se ha aplicado el aumento del 2% al 3% del ISABI y no ha existido demasiada exigencia pública de los sectores sociales más afectados ante la propuesta de dicha modificación, ese impuesto vio reducida su capacidad de recaudación del 2020, al tener un -15.8% de ingreso por ese rubro en comparación al año anterior. Además de que existe el antecedente de protestas por parte del sector inmobiliario ante la falta de apoyo para desarrollar sus actividades, lo cual, considerando todavía una economía sin recuperación, nos hace deducir que el ejercicio fiscal del 2022 no verá mayor recaudación significativa.
Se tendrán que publicar acuerdos de compromiso del Gobierno municipal para asegurar que habrá un mayor esfuerzo para cumplir sus responsabilidades de eficiencia en el ejercicio del presupuesto.
Igualmente, se deberá publicar en el sistema de transparencia municipal la apertura de un canal de comunicación público para escuchar de manera regular las inquietudes del empresariado.
Proponemos que el canal de comunicación formal al ser establecido, incorpore el compromiso de realizar minutas sobre las reuniones llevadas a cabo entre autoridades municipales y los representantes empresariales. En estas reuniones habría de implementarse un indicador de acuerdo, un índice que ayude a medir el grado de satisfacción de los representantes empresariales con las propuestas de modificación fiscal que las autoridades municipales propongan. Así mismo, sería muy productivo un índice de cumplimiento informativo, si en una reunión las autoridades se comprometen a compartir información que requieran los representantes empresariales, en otra reunión deberá establecerse el grado de cumplimiento respecto al compromiso realizado; tomando en cuenta accesibilidad a los datos, claridad de comunicación, y otros aspectos que se consideren adecuados.
La prioridad para el Ayuntamiento es obtener mayores recursos para la implementación de su plan de gobierno debido a los recortes presupuestarios estatales, así pues, consideran que el incremento del 50% del ISABI puede generar un equilibrio en las finanzas municipales, sin embargo, las posibles afectaciones al sector inmobiliario y la violación del Derecho humano a una vivienda digna para los particulares con interés de compraventa de un bien inmueble pueden ser factores que contrario al objetivo esperado de aumentar la recaudación, se espere que presente una disminución de la base tributaria.
Los actos a realizarse para la implementación del proyecto, encuentran un alto grado de formalidad, puesto que la recaudación tributaria es un rubro que está regulado por las leyes federales, locales y el acuerdo del cabildo del Ayuntamiento. La generación de una comisión que funja como canal de comunicación entre el empresariado, sociedad civil y la autoridad requiere de modificaciones legales para que se pueda dotar de las facultades necesarias para cumplir sus objetivos. Así pues, la planeación fiscal, recaudación y el uso de los recursos públicos necesita de un fundamento jurídico lo suficientemente claro, pues un funcionario público no puede hacer más acciones de lo que indica la normativa.
En general, los actos de las autoridades municipales estarán encaminados a generar mayor recaudación, y por el contrario, los representantes empresariales buscarán mantener la aportación y vigilar que estas sean empleadas de manera adecuada para la resolución de los problemas que el sector enfrenta, mientras que la sociedad civil busca que el Derecho humano a la vivienda no encuentre retrocesos históricos que le impidan obtener una vivienda digna.
Con el canal formal de comunicación estos actos podrán desarrollarse de manera menos contrapuesta y también más coordinados, logrando que el ejercicio del presupuesto sea más transparente, eficiente y con equidad. Finalmente, este ejercicio del presupuesto podrá proporcionar mejores condiciones para que el grueso de la población se encuentre en posibilidades reales de adquirir un bien inmueble que sea digno para habitar.