Sistema de Banca para el Desarrollo

Periodo de gracia de hasta 12 meses, en el pago de capital de operaciones financiadas con recursos del SBD

Para las empresas, actividades y sectores económicos con mediana afectación, entendida como la no suspensión abrupta de sus ventas, contratos u otros efectos negativos severos, pero sí una reducción en su flujo de caja.

Moratoria en pago de capital e intereses por un plazo máximo de 6 meses, en créditos con recursos del SBD

Para las empresas, actividades y sectores económicos con grave afectación económica, producto de una dramática disminución en las ventas, suspensión de contratos, cierres parciales o totales, u otros aspectos directamente relacionados con la emergencia sanitaria provocada por el COVID19. Este plazo se puede ampliar por 3 meses adicionales por parte del Consejo Rector, sin perjuicio de que los créditos puedan ser aprobados antes del 1 de abril. Los operadores financieros aplicarán los plazos de la moratoria en función de la afectación del sector económico y de la unidad productiva.

Capital de Trabajo de Emergencia

Canalización de créditos urgentes cuyo plan de inversión sea capital de trabajo para las micro, pequeñas y medianas empresas. Este financiamiento tiene el propósito de que las PYMES puedan mantener las operaciones mínimas necesarias durante el período de mayor impacto de la emergencia sanitaria, hacer el pago de proveedores y cubrir los costos mínimos de las planillas, entre otras actividades necesarias y pertinentes que reduzcan el riesgo de cierre. Este financiamiento, de ser necesario, podrá contar con avales individuales del FONADE al 90% de cobertura.

Refinanciamiento de operaciones de crédito con recursos del SBD para capital de trabajo

Refinanciamiento para todas aquellas operaciones de crédito que califiquen como micro, pequeña y mediana empresa, con el fin de responder a los requerimientos actuales de la actividad productiva y los potenciales efectos del COVID-19 en el entorno económico.

Programa de Primer Impacto del SBD

Canalización de 8mil millones para la prevención, rescate, recuperación y reactivación económica de las actividades empresariales y productivas, que estén en riesgo, como la emergencia nacional por COVID-19. Se atenderán a micro, pequeñas y medianas empresas. El monto máximo a financiar dependerá del sector económico, le aplicarán periodos de gracia y moratorias.

Avales de Cartera

Asignación de hasta 10mil millones del Fondo de Avales y Garantías del FONADE, para ser canalizados en avales de cartera sobre operaciones de crédito de PYMES que, por causa del COVID19, requieran condiciones especiales para su financiamiento, refinanciamiento o reestructuración. La cobertura de estos avales será de un 50%

Emisión de avales individuales, por una única vez, por un monto máximo a garantizar por operación de crédito hasta por el 90% de cobertura para las nuevas operaciones de financiamiento productivo que tramiten los afectados.

Avales Individuales

Se autoriza la emisión de avales individuales, por una única vez, por un monto a garantizar por operación de crédito hasta por el 90% de cobertura para las nuevas operaciones de financiamieno productivo que tramiten los afectados. Se permite ampliar el monto máximo permitido para cobertura de avales individuales con recursos del Fondo de Avales del FONADE por prestatario, por un monto de hasta 290 salarios base.

Aval de Emisión de Títulos Valores

Garantías parciales para emisión de títulos valores (deuda) que realicen pequeñas y medianas empresas en el mercado de valores. La cobertura será hasta por un 50% del valor de la emisión.

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