17 de septiembre de 2013
LA DEVOLUCIÓN DE MEDICAMENTOS NO SE ENCUENTRA PERMITIDA
La ANMAT recuerda a los profesionales farmacéuticos que, una vez que el paciente se ha retirado de la farmacia luego de haber adquirido un medicamento, éste ya no podrá ser devuelto por ningún motivo.
En tal sentido, cabe destacar que la Ley N° 17.565, de ejercicio de la farmacia, establece en su art. 29 que el farmacéutico es personalmente responsable de la “legitimidad, procedencia y estado de conservación” de las especialidades medicinales que dispensa.
Consecuentemente, sólo puede asegurarse la calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos en tanto se mantengan dentro de la cadena sanitaria de abastecimiento habilitada y controlada. El farmacéutico no puede asegurar la legitimidad ni las condiciones de conservación de un producto que le sea entregado por un paciente, por lo cual no se encuentra habilitado para reingresarlo al stock para que sea nuevamente comercializado.
Por último, se recuerda a los pacientes que, en caso de dudar acerca de la legitimidad de una especialidad medicinal que haya adquirido, o detectar que la misma se encuentra vencida, que carece de número de lote o fecha de vencimiento, o que el envase/empaque no se encuentra integro, puede comunicarse con el “Programa ANMAT Responde”, por las siguientes vías:
- Telefónicamente, al número 0-800-333-1234, de lunes a viernes de 8 a 20 hs., o los sábados, domingos y feriados de 10 a 18 hs.
- Por mail, a responde@anmat.gov.ar