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Dr. José Francisco Sequera
Subdirector de Postgrado y Educación Avanzada
Ingeniero Agrónomo egresado de la Universidad Nacional Experimental del Táchira UNET Universidad Nacional Experimental del Táchira UNET, Magister en Educación Robinsoniana en la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez y especialista en Planificación y Evaluación en Educación egresado de la Universidad Santa María y Doctor en Ecología del Desarrollo Humano UNESR.
Docente de amplia trayectoria tanto en educación del ciclo básico diversificado de instituciones de la zona Tuyera, así como en la universidad Nacional Experimental de las Fuerzas Armadas Unefa, ha ejercido cargos como Jefe de control de estudios, coordinador de la carrera de Administración, Subdirector Académico en la Unesr Nucleo Valles del Tuy actualmente en funciones desde el 2019.
Instrumenta y aplica estrategias curriculares, programas académicos de Pregrado, Investigación, Servicios Bibliotecarios, Técnicos Académicos y de Desarrollo Profesoral, con el fin de lograr egresados que se correspondan con las necesidades que determinan los planes de desarrollo de las áreas geográficas bajo influencias del núcleo.
DE LOS SUBDIRECTORES O SUBDIRECTORAS DE EDUCACIÓN AVANZADA E INVESTIGACIÓN
ARTÍCULO 15: Perfil del Subdirector o Subdirectora de Educación Avanzada e Investigación. Miembro Ordinario del Personal Docente y de Investigación del Núcleo donde se ofrece el Postgrado. Poseer Postgrado en el máximo nivel académico que se ofrezca en el Núcleo. Ser Dedicación Exclusiva o Tiempo Completo con una Categoría no inferior a Asistente. Capacidad para identificar problemas, plantear alternativas de solución e implementarlos. En caso excepcionales, debidamente demostrados, la Subdirección de Educación Avanzada e Investigación, podrá ser ejercida por uno (a) Profesor (a) Contratado (a) que cumpla con los requisitos académicos establecidos.
ARTÍCULO 16: Las actividades de Educación Avanzada e Investigación en los Núcleos estarán bajo la inmediata dirección, coordinación y supervisión del Subdirector o Subdirectora de Educción Avanzada e Investigación, de acuerdo con el Director o Directora de Núcleo, y con adscripción funcional al Decanato de Educación Avanzada de la UNESR.
ARTÍCULO 17: Son atribuciones del Subdirector o Subdirectora de Educación Avanzada e Investigación:
1) Rendir informe periódico al Director o Directora de Núcleo y al Decano o Decana de Educación Avanzada.
2) Coordinar la ejecución de los programas de estudios de postgrado que se realicen en el Núcleo, y hacer cumplir las instrucciones y normas dictadas por el Decanato de Educación Avanzada.
3) Ser el medio ordinario de comunicación entre el Decano o Decana de Educación Avanzada y la Dirección del Núcleo.
4) Todas las demás que le delegue el Decano o Decana de Educación Avanzada o la Dirección del Núcleo en materia de Postgrado.
5) Evaluar la Oferta Académica de Postgrado del Núcleo y proponerla ante las instancias correspondientes.
6) Proponer al Decano o Decana de Educación Avanzada las designaciones de jurado y las Subcomisiones de Tesis y Monografía, conforme a la normativa existente.
7) Remitir a la Subdirección de Secretaría de los Núcleos, los resultados de la evaluación de las Monografías y Tesis, quien lo tramitará ante las instancias correspondientes en el Decanato de Educación Avanzada.
8) Informar al Decano o Decana de Educación Avanzada acerca del cumplimiento de los requisitos requeridos para la obtención de grado.
9) Promover en el Núcleo la realización de investigaciones en las líneas y áreas establecidas por la Universidad.
10) Recibir, analizar y evaluar solicitudes de financiamiento de investigaciones presentadas por el personal docente del Núcleo, con el fin de determinar si satisfacen los requerimientos y procedimientos establecidos por la Universidad, y remitirlas a las instancias correspondientes.
11) Coordinar la dotación de personal docente para las diversas cátedras de los postgrados y cursos de perfeccionamiento, determinando fechas y horarios.
12) Coordinar el suministro de material informativo y formativo, así como de recursos para los procesos de enseñanza – aprendizaje, a los participantes en los postgrados y cursos de perfeccionamiento.
13) Participar en la evaluación de la actuación de los docentes asignados a las cátedras de los postgrados y cursos de perfeccionamiento.
14) Proponer la modificación, restructuración o transformación de los postgrados y cursos de perfeccionamiento que se dicten en el Núcleo ante el Decano o Decana de Educación Avanzada.
15) Velar por la calidad de los procesos de enseñanza – aprendizaje de los postgrados y cursos de perfeccionamiento que se dictan en el Núcleo, detectar cualquier desviación e informarla a las instancias pertinentes.
16) Proponer la publicación y difusión de material informativo que contribuya a incrementar la calidad de los procesos de enseñanza - aprendizaje de los postgrados y cursos de perfeccionamiento que se dictan en el Núcleo.