Subdirección de Administración

DE LOS SUBDIRECTORES O SUBDIRECTORAS DE ADMINISTRACIÓN

ARTÍCULO 9: Perfil del Subdirector o Subdirectora de Administración.


· Miembro del Personal Docente y de Investigación, con categoría no inferior a Asistente, con dedicación Tiempo Completo o Exclusiva.

· Poseer experiencia demostrada en docencia e investigación.

· Tener conocimiento en el área administrativa.

· Podrá ser Subdirector o Subdirectora de Administración aquel funcionario de la Universidad que posea la Carrera de Administración, Contador Público, Economista y otras afines, de elevadas condiciones morales.

ARTÍCULO 10: Las actividades administrativas del Núcleo estarán bajo la inmediata dirección, coordinación y supervisión del Subdirector o Subdirectora de Administración, de acuerdo con el Director o Directora de Núcleo, y con adscripción al Vicerrectorado Administrativo de la UNESR.

ARTÍCULO 11: Son atribuciones del Subdirector o Subdirectora de Administración:

1) Aplicar normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros, materiales y humanos del Núcleo.

2) Suplir las ausencias temporales del Subdirector o Subdirectora Académico (a).

3) Aplicar sistemas contables de aceptación general para la consolidación de cuentas, elaboración de balances y estados financieros del Núcleo.

4) Garantizar la formulación y control de ejecución de anteproyectos y proyectos presupuestarios, así como de los planes operativos relativos a las actividades del Núcleo.

5) Instrumentar fórmulas y proyectos dirigidos a la captación de fondos.

6) Ejecutar la adquisición de materiales y suministros que requieran las diversas instancias organizacionales del Núcleo.

7) Administrar la aplicación de los convenios colectivos e individuales de trabajo en el Núcleo.

8) Mantener registros consolidados de información sobre recursos humanos, financieros y materiales.

9) Las demás que le sean asignadas por los organismos universitarios y por el Director o Directora de Núcleo.