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Artículo 28: El Servicio Comunitario tendrá una duración mínima de ciento veinte (120) horas, las cuales deberán cumplirse en un conjunto de fases o etapas que tendrán una duración total no inferior a tres (3) meses continuos ni mayor a un período académico. De no poder cumplir el servicio comunitario en un período académico, el participante deberá inscribirlo nuevamente.
Artículo 29: Para la participación en el servicio comunitario deberán cumplirse, además de lo establecido en el artículo anterior, los siguientes requisitos:
a) Haber cursado el ciclo introductorio y un mínimo del 70% por ciento de los cursos que conforman el ciclo general de la carrera que cursan y haber aprobado el curso de Proyecto I.
b) Tener constancia de asistencia y aprobación del Taller de Inducción en el mismo periodo académico (esto incluye a todos los participantes, aun, a los que quieran reconocimiento por experiencia).
c) Estar inscrito en un proyecto comunitario ofertado por la UNESR en el período académico que inscriba el servicio comunitario.
d) Tener asignado un (una) facilitador(a) vocero(a) y/o comunitario para que lo oriente durante el servicio comunitario.