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Dra. Nolbi Isabel San Juan
Lic. En Administración Mención Informática egresado de la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez del Núcleo Valles del Tuy, Docente Agregada, Dedicación Exclusiva desde el año 2008, actualmente desempeña el cargo de Directora del Núcleo, tiene una una Maestría en Tecnología Educativa de la Universidad Nacional Experimental de las Fuerzas Armadas (UNEFA), un Doctorado en Ecologia del Desarrollo Humano (UNESR).
Ha dictado las cátedras de Sistemas de Información Gerencial, Introducción al Procesamiento de datos, Metodos y Tecnicas de Estudio, Arquitectura del Computador, Auditoria de Sistemas, Sistemas Macanizados I y II, sistemas operativos, Sistemas de Documentación, Lenguaje de Programación I, Administración de Centros de Procesamiento de Datos, Gestión de Tecnología, Administración de centros y Procesamiento electrónicos de datos, análisis procedimental, micro-computador, teleprocesamiento. Algoritmo.
Entre otras funciones: Subdirectora de administración, Responsable de control de estudio, coordinadora desarrollo profesoral, coordinadora de acreditación, co- coordinadora de las línea de investigación Orientuy.
Atribuciones del Director (a)
ARTÍCULO 4: Perfil del Director o Directora de Núcleo. Miembro del Personal Docente y de Investigación, con categoría no inferior a Asistente, con dedicación Tiempo Completo o Exclusiva. Poseer experiencia demostrada en docencia e investigación. En casos excepcionales debidamente demostrados, el Director o Directora de Núcleo podrá ser ejercido por un funcionario administrativo, de elevadas condiciones morales, cuya remuneración será el equivalente a la del Facilitador con categoría Asistente y la prima correspondiente.
ARTÍCULO 5: Son atribuciones del Director o Directora de Núcleo:
1) Garantizar el buen funcionamiento de las actividades académico –administrativas del Núcleo.
2) Asegurar la prestación de un servicio de elevada calidad a los Participantes del Núcleo.
3) Presidir el Consejo de Núcleo y llevar a su consideración las materias de su competencia.
4) Promover alianzas estratégicas con entes locales, dirigidas a mejorar la capacidad operativa del Núcleo y remitirlas a la consideración del Consejo Directivo.
5) Elaborar la Memoria y Cuenta del Núcleo de acuerdo con los lineamientos establecidos y remitir a la instancia correspondiente.
6) Elevar ante el Consejo Directivo para su aprobación, las propuestas de designación de los Subdirectores o Subdirectoras de Núcleo.
7) Coordinar y presidir los actos oficiales de la Universidad que estén dentro del rango de funcionamiento del Núcleo.
8) Participar en la definición de las líneas estratégicas de desarrollo del Núcleo y coordinar su ejecución en concordancia con las políticas y lineamientos de desarrollo institucional.
9) Elaborar el Anteproyecto de Plan de Presupuesto del Núcleo y elevarlo a la consideración de la Dirección de Presupuesto para su discusión y aprobación, por parte del Consejo Directivo.
10) Expedir Constancias Simples de Estudio, de Notas y Constancias de Buena Conducta.
11) Solicitar al Consejo Directivo, previa aprobación del Consejo de Núcleo, la adquisición de bienes muebles, la celebración de contratos y convenios o acuerdos y la aceptación de donaciones, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos.
12) Autorizar los procesos de inducción y evaluación del personal del Núcleo.
13) Presentar al Director o Directora de Recursos Humanos el plan anual para el desarrollo y mejoramiento del personal del Núcleo.
14) Tramitar ante el Rector o Rectora el ingreso, traslado y permisos del personal administrativo, técnico y de servicio, según las normas y procedimientos establecidos.
15) Tramitar ante el Consejo Directivo las solicitudes relativas al traslado, becas, año sabático y permisos del personal docente y de investigación, conforme a las disposiciones pertinentes.
16) Velar por el estricto cumplimiento de las obligaciones asignadas al personal de vigilancia del Núcleo.
17) Tramitar ante la Dirección de Seguridad Universitaria todo lo relacionado con el personal de vigilancia del Núcleo.
18) Las demás que le señalen los reglamentos y las que le sean atribuidas, según la naturaleza de sus asuntos, por las Autoridades Universitarias.