Requisitos impuestos al chofer profesional

Page start up on 11.04.2012_17.07 (UTC+1 / España)

Mientras estas vendiendo servicio como "remero" en el oceano denominado "transporte por carretera", tienes que puedes sacar de tu bolsillo en cualquier momento (te lo pide TU PROPIA SOCIEDAD), por TUS propios servidores ( con sus largos manos ), las siguientes autorizaciones (documentos certificados por "TU PROPIA SOCIEDAD"):

.El permiso de conducir

Existen permisos de distinta categoría en función del vehículo que se conduzca.

Para obtener a cualquiera de estos permisos deberemos cumplir (como conductores), una serie de requisitos sobre nuestra: edad, domicilio, capacidad, conocimientos y habilidades.

Estos son:

- Residir en España.

- Ser declarado apto por la Jefatura Provincial de Trafico en las pruebas teóricas y prácticas

- Haber cumplido los 18 años para los permisos A, B, B+E, C1, C1+E, C y C+E, estos dos últimos realizando un curso especial.

- Haber cumplido los 21 años para el permiso D1, D1+E, D y D+E.

- Reunir las aptitudes psicofísicas requeridas en relación con la clase del permiso o licencia que se solicite.

- No estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención del que se posea.

Esto con "deberemos cumplir, como conductores" induce mucho error.

Para el nivel "general", provoca menos daños, pero aplicando este "regimen general" a el sector profesional es como mezclar el ejercito con el mundo civil.

Aunque no es la intencion de el legislator ( o mejor dicho, de la parte proyectanta ), la "opozicion" estea utilisando esta "brecha" para vaciar completamente el contenido de la ley.

La solución es: entenderse el concepto "chofer" como una herramienta de alquiler ( pero no como una "herramienta - herramienta", sino como un traje .

Y no como un traje cualquiera, sino como un "traje - mascara" (o, como un traje de buceo o como un traje de astronauta)...................

El permiso D de largo recorrido

El permiso de clase D permite conducir, entre otros, autobuses.

A menudo, los desplazamientos que éstos realizan son de más de 50 km, considerados entonces de "largo recorrido", por lo que el conductor necesita para obtener este permiso un certificado de aptitud profesional reconocido por uno de los Estados miembros de la Unión Europea o tener experiencia demostrable en la conducción de camiones con M.M.A. superior a 3.500 kg o de autobuses de corto recorrido.

Tarjeta del conductor

La solicitud o primera emisión de tarjetas de conductor podrá hacerse mediante Internet o bien un escrito que siga al modelo que figura como anexo I de la Orden FOM/1190/2005.

Todas las solicitudes deberán incluir los siguientes datos:

  1. Número de permiso de conducción, clase, fecha de validez, país y autoridad que lo haya emitido.

  2. Nombre y apellidos o razón social, domicilio, teléfono y/o e-mail de contacto y número de identificación fiscal de la persona que, en su caso, actúe en representación del solicitante.

  3. Nombre y apellidos, nacionalidad, sexo, tipo y número de documento de identidad, fecha de nacimiento, domicilio, teléfono y/o e-mail de contacto.

  4. Lugar y fecha en que se formula la solicitud.

  5. Firma del solicitante o de la persona que actúe en su representación.

Junto con la solicitud, se aportará la siguiente documentación:

  1. DNI., NIE. o Pasaporte.

  2. Permiso de conducción en vigor de las clases C, C1, D ó D1, salvo cuando figure inscrito en el Registro de la Dirección General de Tráfico.

  3. Acreditación de la residencia en la provincia en la que se presenta la solicitud.

    1. A estos efectos, para los ciudadanos de países pertenecientes a la Unión Europea, será suficiente cualquier documento con valor probatorio, y, para los ciudadanos de terceros países, se acreditará la residencia mediante la tarjeta de identidad de extranjero(T. I. E.) o el visado de trabajo y residencia, o bien mediante autorización administrativa para trabajar u otra documentación equivalente expedida conforme a la legislación de derechos y libertades de los extranjeros en España.

  4. Fotografía actual del solicitante, de tipo carné y con las siguientes características:..............

Capacitacion profesional

¿Debe tener antes el permiso de conducir para realizar el curso de formación inicial para la obtención del certificado de aptitud profesional conductor y el examen oportuno?

No es necesario la previa titularidad del permiso de conducción, se puede realizar el curso y el examen antes. Es una formación distinta.

¿Donde se realizará los exámenes para la obtención del certificado de Aptitud profesional (CAP)?

Los exámenes están previstos que sean convocados 6 veces al año por los Consejerias de Transporte de las Comunidades Autónomas, el lugar y el tribunal

se publicarán mediante resolución expresa por la autoridad competente.

¿Cuales son los centros autorizados para impartir la formación inicial y continua de la Capacitación Profesional de los conductores?

Centros que previamente estén autorizados pro el organismo competente en materia de transporte.

¿Podré renovar el carné ADR junto con el CAP certificado de aptitud profesional?

Si, siempre que el centro este autorizado para impartir cursos en materia ADR (tráfico) y CAP (transporte).

Si soy conductor y obtengo el título de transportista (capacitación profesional par la actividad de transportista), ¿tengo que examinarme para la obtención del CAP?

Se prevé que queden parcialmente exentos de la asistencia al curso y de los exámenes necesarios para la calificación inicial, solo en las partes o módulos

de formación que sean comunes.

Soy conductor profesional de antes de la entrada de la directiva 2003/59/CE y R. D. 1032/2007, ¿como podré obtener la tarjeta acreditativa del certificado de aptitud

profesional conductor (carné)?

Se prevé que la expedición sea automática siempre que se reúnan los requisitos de edad, permisos de conducir y con la caducidad exigible para la formación continua (reciclaje)

¿A partir de cuando será obligatorio la formación continua de 35 horas por el CAP?

Viajeros:

· Permisos de conducir D, D1, D+E, D1+E(viajeros) expedidos antes de 11 de septiembre de 2008

· Titulares cuyo permiso de conducir termine 1 o 2, antes del 10 de septiembre de 2011.

· Titulares cuyo permiso de conducir termine 3 o 4, antes del 10 septiembre 2012.

· Titulares cuyo permiso de conducir termine 5 o 6, antes del 10 de septiembre de 2013

· Titulares cuyo permiso de conducir termine 7 o 8, antes del 10 de septiembre de 2014

· Titulares cuyo permiso de conducir termine 9 o 0, antes del 10 de septiembre de 2015

Mercancías:

· Permisos de conducción C+C1, C+E, C1+E, expedidos antes del 11 de septiembre de 2009.

· Titulares cuyo permiso de conducir termine 1 o 2, antes del 10 de septiembre de 2012.

· Titulares cuyo permiso de conducir termine 3 o 4, antes del 10 de septiembre de 2013.

· Titulares cuyo permiso de conducir termine 5 o 6, antes del 10 de septiembre de 2014.

· Titulares cuyo permiso de conducir termine 7 o 8, antes del 10 de septiembre de 2015.

· Titulares cuyo permiso de conducir termine 9 o 0, antes del 10 de septiembre de 2016

En los cursos de Formación de conductores para transporte de viajeros ¿Qué programas formativos se impartirán?

Módulo: Normativa comunitaria (CE), reglamento nacionales (RD), ordenes ministeriales (OM) y normativa CCAA y locales;

Módulo: Documentación especifica para viajeros.

Módulo: Tacógrafo y tiempos de conducción y descanso.

Módulo: Atención de pasajeros y 1º Auxilios.

Módulo: Seguridad, evacuación e incendios.

¿En que centros me podré preparar para la obtención y renovación del carné profesional del conductor o certificado de aptitud profesional?

En centros que reúnan los requisitos del RD 1032/2007 y que te den una garantía y eficacia en la formación y que sean conocedores del mundo del transporte de

mercancías y el de viajeros.

ADR. Requisitos para la obtención del certificado :

- Estar en posesión, con una antigüedad mínima de un año, del permiso de conducción de la clase B, al menos.

- Haber realizado con aprovechamiento un curso de formación como conductor para el transporte de mercancías peligrosas en un centro de formación autorizado

por la Dirección General de Tráfico.

- Ser declarado apto en las correspondiente pruebas de aptitud .

- No estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor, ni hallarse sometido a suspensión o intervención del que se posea.

- Reunir las aptitudes psicofísicas requeridas para obtener el permiso de clase C1.

- Tener la residencia normal en España.

Documentación necesaria:

- Solicitud en impreso oficial que se facilita en las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico.

- Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.

- Permiso de conducción exigido, en vigor y fotocopia.

- Informe de aptitud psicofísica cuando el solicitante no sea titular de permiso de conducción de las clases C1 o D1 en vigor. Dicho informe será expedido por un

Centro de Reconocimiento de conductores autorizado, de la provincia donde solicite el trámite.

- Certificado expedido por el centro de formación que haya impartido el curso en el que se acredite que el solicitante ha participado con aprovechamiento en un curso

para conductores de vehículos que transporten materias peligrosas.

- Fotocopia de la autorización especial que posea el interesado, cuando se solicite la ampliación de la misma a nuevas materias.