La reserva prudente de Nar-Anon Colombia se utilizará en caso de insuficiencia económica donde no se pueda seguir con el funcionamiento de los servicios nacionales y todo lo que esto implica. Los excedentes que sobrepasen el 40% de la reserva prudente del patrimonio de Nar-Anon Colombia, administrados por los Servicios Nacionales deben pasar por un proceso de conciencia antes de ser contribuidos en su totalidad a la siguiente estructura, (En nuestro caso los servicios Mundiales), a saber:
1- Tener en cuenta el presupuesto anual de los Servicios Nacionales aprobado en la CSN, por lo cual los excedentes de años anteriores consignados en la cuenta deben respaldar el presupuesto en un 50%
2- Para contribuir a la siguiente estructura más del 20% de los excedentes de años anteriores consignados en la cuenta bancaria, La JSN no tendría autonomía si sobrepasa este monto, para lo cual deberá convocar a una conferencia extraordinaria para solicitar la autorización de las regiones a través de sus delegados.
VOTACIÓN: 3 VOTOS A FAVOR ( APROBADA)
Aplicable a: Presupuesto y Finanzas
Proponente: Conferencia de Servicio Nacional 2023 [CSN 2023 Moción de Piso 01]
Intención
Establecer unos criterios claros y transparentes para el manejo de la reserva prudente de Nar-Anon Colombia, así como para la distribución de los excedentes que se generen por encima de dicha reserva. Con esto se busca garantizar la sostenibilidad financiera de los servicios nacionales, así como la participación y la conciencia de las regiones en la contribución a la siguiente estructura, en este caso los servicios mundiales.
Justificación
Esta moción se justifica por la necesidad de contar con una política financiera que responda a los principios y valores de Nar-Anon, tales como la responsabilidad, la honestidad, la unidad y el servicio. Al definir un porcentaje mínimo de la reserva prudente, se asegura que Nar-Anon Colombia tenga los recursos suficientes para afrontar cualquier eventualidad o emergencia que ponga en riesgo el funcionamiento de los servicios nacionales. Al mismo tiempo, al establecer un límite máximo de la reserva prudente, se evita el acaparamiento de fondos que podrían ser utilizados para apoyar el crecimiento y el desarrollo de Nar-Anon a nivel mundial. Así, se fomenta la generosidad y la gratitud de Nar-Anon Colombia hacia la confraternidad global que le ha brindado su experiencia, fortaleza y esperanza.
Impacto financiero
El impacto económico de esta moción es positivo tanto para Nar-Anon Colombia como para Nar-Anon mundial. Por un lado, Nar-Anon Colombia se beneficia de tener una reserva prudente que le permite cubrir sus gastos operativos y sus proyectos. Por otro lado, Nar-Anon mundial se beneficia de recibir una contribución significativa y periódica de Nar-Anon Colombia, que le ayuda a sostener y ampliar sus servicios. De esta manera, se fortalece el vínculo entre las dos estructuras y se contribuye al bienestar de todos los miembros y familiares de Nar-Anon.
Renombrar el sub comité de padrinazgo por Comité de Políticas y Guías
VOTACIÓN: 3 VOTOS A FAVOR ( APROBADA)
Aplicable a: Políticas y Guías
Proponente: Conferencia de Servicio Nacional 2023 [CSN 2023 Moción de Piso 02]
Intención
Dar el nombre adecuado al sub comité que trabaja en la revisión de guías de servicio
Justificación
Llamar de manera clara de acuerdo a las actividades que desarrolla el comité
El impacto Financiero
Ninguno
Se solicita que los delegados se les brinde un espacio de 15 minutos antes de realizar votación para los no incluidos en el RAC y poder obtener una conciencia mejor ilustrada antes de votar
VOTACIÓN: 2 VOTOS A FAVOR - 1 VOTO EN CONTRA ( APROBADA)
Aplicable a: Políticas y Guías
Proponente: Región de Medellín y Occidente
Intención
Considerar toda la información pertinente, especialmente las diferentes a la mayoría, para evitar tomar decisiones apresuradas. Nos acogemos a lo que nuestra literatura nos dice en la segunda Tradición.
Justificación
Permitir que los RSGs tengan participación más directa en la toma de decisiones de Nar-Anon como un todo y se manifieste la conciencia colectiva de los grupos, acogiéndonos en los conceptos de servicio 6 y 7 “La conciencia de grupo es el medio espiritual mediante el cual invitamos a que un Dios amoroso influya en nuestras decisiones” y “Todos los miembros de un organismo de servicio asumen una responsabilidad importante por las decisiones del mismo y se les debe permitir participar plenamente en el proceso de toma de decisiones”.
El impacto Financiero
Ninguno
Los servidores de la Junta de Servicio Nacional solo deben desempeñar un cargo de responsabilidad dentro del nivel de esta estructura, no pueden ocupar cargo de responsabilidad dentro de un área, región ni como RSG del grupo
Los servidores de la JSN solo deben desempeñar un cargo de responsabilidad dentro de la Junta, no pueden ocupar un cargo de responsabilidad dentro de una área, región, ni como RSG, sin embargo pueden ser miembros de los diferentes de los comités y subcomités.
VOTACIÓN: 2 VOTOS A FAVOR - 1 VOTO EN CONTRA : (APROBADA)
Aplicable a: Políticas y Guías
Proponente: Región de Medellín y Occidente
Intención
Evitar que deleguemos varias responsabilidades de servicio en un solo miembro, protegiendo a los servidores de ser sobrecargados de responsabilidades y evitando a la estructura depender de una sola persona. Se busca estimular el desarrollo de nuevos lideres
Justificación
Los miembros de la Oficina de Servicios Nacionales se deben dedicar a la función administrativa y estar disponibles para intervenir frente a cualquier inconveniente que se presente en la confraternidad donde su imparcialidad es fundamental. Cuando aceptamos que un solo miembro desempeñe varios servicios en diferentes comités y al mismo tiempo este prestando servicio en los diferentes niveles de la Estructura lo sobrecargamos, podemos saturarlo hasta que se agote y empezamos a depender de una sola persona. Igualmente es importante fomentar el desarrollo de nuevos liderazgos y dar a otros miembros la oportunidad que experimenten los beneficios del servicio
impacto financiero
No tiene
Solicitamos que el aporte a la Oficina de Servicio Nacional por concepto de utilidades de las convenciones regionales no sea el 25%, en cambio, sea voluntario y de acuerdo con la conciencia de cada región
VOTACIÓN: 3 VOTOS A FAVOR ( APROBADA)
Aplicable a: Presupuesto y Finanzas
Proponente: Región de Medellín y Occidente
Intención
Contribuir a que las regiones se consoliden de manera gradual con ideas, conciencia, servidores y económicamente
Justificación
Permitir que las nuevas regiones se fortalezcan en la Séptima Tradición, para que logren contar con la reserva prudente y sean totalmente autosuficientes, recordando que la tercera fuerza destructiva menciona: “no tenemos credos, cuotas, obligaciones y nada que pueda obstaculizarte”...
impacto financiero
No aplica, en este momento no se puede determinar porque apenas las regiones van a iniciar con la realización de las convenciones
MODIFICAR LOS ESTATUTOS DE NAR-ANON así: CAPITULO VII , ARTÍCULO 54°. – PROCESO DE LIQUIDACIÓN: Quince (15) días después de la publicación del último aviso, se liquidará la Corporación, pagando las obligaciones contraídas con terceros, observando las disposiciones legales sobre prelación de créditos. Si cumplido lo anterior queda un remanente de activo patrimonial, este pasará a una o entidad de utilidad común que persigan fines similares, tal como Nar-Anon Family Group Headquarters, Inc
votación: 3 votos a favor (APROBADA)
Aplicable a: Estatutos
Proponente: Junta de Servicio Nacional
Intención
Dar cumplimiento a los requisitos que establece la DIAN, para acceder a la calificación de entidades del régimen tributario especial,
Justificación
Suplir en particular este requisito, señalado por la DIAN: Los Estatutos aportados no hablan de que el remanente líquido que resultare será transferido a una entidad sin ánimo de lucro, lo cual no cumple con lo establecido en el numeral 4 del Artículo 1.2.1.5.1.8. del Decreto 2150 de 2017. Obtener esta clasificación es importante para la confraternidad, debido al beneficio tributario que otorga el estado colombiano a las entidades sin ánimo de lucro.
Impacto Financiero
Tributar el impuesto a la renta con una tarifa especial del 20% y no con la tarifa del régimen ordinario equivalente al 35%
Haga la siguiente modificación a los estatutos: CAPITULO II Articulo 8: PATRIMONIO: El patrimonio de la Corporación NAR-ANON COLOMBIA está conformado por las contribuciones los aportes voluntarios donados por sus asociados y legatarios hasta por una cuantía que no exceda de 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes, dichos aportes no son reembolsables bajo ninguna modalidad y no generan derecho de retorno para el aportante, ni directa, ni indirectamente durante su existencia, ni en su disolución y liquidación y sus excedentes no son distribuidos bajo ninguna modalidad, ni directa, ni indirectamente, durante su existencia, ni en su disolución y liquidación, en cumplimiento de lo establecido en el DEC 2150/2017 Artículo 1.2.1.5.1.8; el patrimonio también comprende los enseres, muebles o inmuebles adquiridos por las contribuciones los aportes de los Grupos de Familia NAR-ANON COLOMBIA, el inventario de la literatura, y los rendimientos financieros. Los fondos de la Corporación no pueden ser destinados a fines distintos de los establecidos en estos estatutos.
VOTACIÓN : 3 votos a favor (APROBADA)
Aplicable a: Estatutos
Proponente: Junta de Servicio Nacional
Intención
Dar cumplimiento a los requisitos que establece la DIAN, para acceder a la calificación de entidades del régimen tributario especial.
Justificación
Obtener esta clasificación es importante para la confraternidad, en razón del beneficio tributario que otorga el estado colombiano a las entidades sin ánimo de lucro.
Impacto Financiero
Tributar el impuesto a la renta con una tarifa especial del 20% y no con la tarifa del régimen ordinario equivalente al 35%
CambiarARTÍCULO 15°. – CONVOCATORIA Y CICLO DE CONFERENCIA DE SERVICIO NACIONAL:
Borre el siguiente párrafo al artículo 15 de los estatutos de Nar-anon Colombia:
Entrega de los Estados financieros: 2 semana de enero y presupuesto Nacional
Entrega de mociones: fecha límite 30 de diciembre.
Entrega de informes servidores: 31 de diciembre
Cierre de ciclo contable 10 de diciembre
Asambleas regionales: Finales de febrero
Convocatoria Para Asambleas Regionales (15 días calendario)
Registro
Conferencia de Servicio Nacional: Finales de Marzo.
Convocatoria para la Conferencia de Servicio Nacional (15 días calendario antes)
Agregar el siguiente párrafo al artículo 15 de los estatutos de Nar-Anon Colombia:
15.1 CICLO DE CONFERENCIA – LÍNEA DE TIEMPO
a) El ciclo de conferencia comienza el 15 de mayo de 2023 con la convocatoria para el eslogan de la Conferencia 2024.
b) El 15 de junio de 2023 se elige el eslogan de la conferencia entre las propuestas recibidas.
c) El 30 de agosto de 2023 es el límite para recibir de las regiones las mociones en borrador por el Comité de Conferencia. Se recomienda dar un plazo de 3 meses para la recepción de la moción en borrador.
d) El 15 de septiembre de 2023 es el límite para recibir de las regiones las mociones en borrador enviadas al Comité de Conferencia al correo electrónico CCSN@naranoncolombia.org.
e) El 30 de septiembre de 2023 es la fecha límite para reenviar comentarios sobre las mociones por parte del Comité de Conferencia. Se recomienda dar un mes para la revisión y comentarios de las mociones en borrador.
f) El 31 de noviembre de 2023 es la fecha límite de recepción de mociones definitivas por parte de las regiones. Se recomienda dar 2 meses para la revisión y envío de las mociones definitivas.
g) El 10 de diciembre de 2023 es el cierre contable del año.
h) El 30 de diciembre de 2023 es la fecha de entrega del RAC.
i) El 31 de enero de 2024 es la fecha de presentación de informes y presupuesto anual, estados financieros.
j) El 31 de enero de 2024 es la fecha de convocatoria de asambleas regionales. Se sugiere que sean a mitad del mes de febrero.
k) El 12 de febrero de 2024 es la fecha de convocatoria para la conferencia.
l) El 1 de marzo de 2024 es la fecha del foro de servicios (temas de bienestar común).
m) El 15 de marzo de 2024 es el plazo de inscripción para participación de los delegados a la Conferencia de los Servicios Nacionales con sus respectivas actas de las asambleas regionales.
n) La Conferencia de los Servicios Nacionales se realiza en la último o penúltimo fin de semana de marzo.
15.1 CICLO DE CONFERENCIA – LÍNEA DE TIEMPO
El comité de conferencia es grupo de trabajo que se reúne para preparar la conferencia, en sujeción a la siguiente línea de tiempo:
a) El ciclo de conferencia comienza en la tercera semana de mayo con la convocatoria para el eslogan de la Conferencia del próximo año.
b) En la tercera semana de junio se elige el eslogan de la conferencia entre las propuestas recibidas.
c) El comité de conferencia recibirá los borradores de las mociones hasta la última semana de agosto. Se recibirán en el correo electrónico ccsn@naranoncolombia.org
d) La última semana de septiembre es la fecha límite para reenviar comentarios sobre las mociones por parte del Comité de Conferencia.
e) La última semana de noviembre es la fecha límite de recepción de mociones definitivas, debatidas y votadas en las asambleas por parte de las regiones y/o organismos Nacionales de Nar-Anon Colombia.
f) El 10 de diciembre es el cierre contable del año.
g) La última semana de diciembre es la fecha de entrega del RAC.
h) La última semana de enero del próximo año es la fecha de presentación de informes y presupuesto anual, estados financieros.
i) La última semana de enero del próximo año es la fecha de convocatoria de asambleas regionales para el estudio del RAC, aprobación parcial del presupuesto. Se sugiere que las asambleas sean a mitad del mes de febrero.
j) La segunda semana de febrero del próximo año es la fecha de convocatoria para la conferencia de Servicio Nacional.
k) La primera semana de marzo es la fecha del foro de servicios con temas de bienestar común.
l) La segunda semana de marzo es el plazo de inscripción para participación de los delegados y delegados alternos a la Conferencia de Servicio Nacional con sus respectivas actas de respaldo y nominación de las asambleas regionales.
m) La Conferencia de los Servicios Nacionales se realiza en el último o penúltimo fin de semana de marzo del próximo año.
ENMENDADA VOTACIÓN: 3 VOTOS A FAVOR (APROBADA)
Aplicable a: Estatutos
Proponente: Junta de Servicio Nacional
Intención: La intención de Establecer una línea de tiempo clara y ordenada para el ciclo de conferencia, con el fin de facilitar la organización, la comunicación y la participación de los miembros de Nar-Anon Colombia.
Justificación: La justificación de esta moción es que los estatutos actuales no especifican las fechas ni los plazos completos para las diferentes actividades y procesos que se realizan en el ciclo de conferencia, lo que puede generar confusión, retrasos o inconvenientes para los involucrados.
Impacto financiero: El impacto financiero de esta moción es mínimo, ya que no implica ningún gasto adicional ni modifica el presupuesto anual. Solo requiere el cumplimiento de las fechas establecidas y la coordinación entre las regiones y el Comité de Conferencia.
modifique los siguientes artículos, para darle participación con voz y voto a la Junta de Servicio Nacional de acuerdo a las nuevas reglas de orden de la CSM 2023:
ARTÍCULO 11
d. CONFERENCIA DE SERVICIO NACIONAL: (CSN) Es el máximo órgano de dirección de la Corporación donde se expresará la conciencia de grupo de la confraternidad de NAR-ANON COLOMBIA y estará constituida válidamente por representantes de la Junta de Servicio Nacional y todos los delegados Regionales, o los delegados Regionales Alternos de las Regiones en la que se divide el territorio Nacional de la Corporación Nar-Anon Colombia.
ARTÍCULO 12°. – QUÓRUM DELIBERATORIO:
Los grupos a través de sus representantes de servicio (asociados) nombran en las Asambleas Regionales a sus delegados Regionales para que hagan parte del Quorum deliberatorio en la CONFERENCIA DE SERVICIO NACIONAL, los delegados Regionales deberán ser avalados por el acta de cada Asamblea Regional. El quorum deliberatorio se conformará por el 100% por los delegados avalados por cada Región existente en la Corporación Nar-Anon Colombia y el presidente de la Junta de Servicio Nacional los cuales tendrán cada uno voz y voto. Cada delegado suplente y miembro de la Junta de Servicio Nacional tiene voz y, además, cada delegado suplente y vicepresidente de la Junta de Servicio Nacional tendrá voto en ausencia del delegado regional o del presidente de la Junta de Servicio Nacional, respectivamente.
ARTÍCULO 31
a. Participar en las Asambleas Conferencias con voz y voto, mediante la delegación del Representante legal y el Representante legal suplente, según lo establecido en los Estatutos.
ARTICULO 36:
agregar viñeta j:
j. Participar en las Conferencias de Servicio Nacional, con voz y voto, en calidad de delegado de la Junta de Servicio Nacional. Asimismo, deberá aportar su experiencia en los servicios y contribuir a las decisiones que se tomen, velando por el cumplimiento de los estatutos y los principios de la corporación.
VOTACIÓN : 2 votos a favor / 1 voto en contra (aprobada )
Aplicable a: Estatutos
Proponente: Junta de Servicio Nacional
Intención: La intención de esta moción es modificar los artículos mencionados de los estatutos de la Corporación Nar-Anon Colombia, para otorgar al presidente de la Junta de Servicio Nacional el derecho a votar en la Conferencia, así como establecer al vicepresidente de la Junta de Servicio Nacional como su suplente en caso de ausencia. Esta modificación busca fortalecer la participación y la representación de los órganos de Servicio de Nar-Anon Colombia, así como alinear los estatutos con la regla número 1 de la Conferencia de Servicio Mundial, que ya ha sido planteada y votada en dicha instancia.
Justificación:
El presidente de la Junta de Servicio Nacional tiene la responsabilidad de velar por el cumplimiento de los estatutos, la misión, visión y los principios de la misma. Por lo tanto, es justo y necesario que tenga voz y voto en la Conferencia de Servicio Nacional, que es el órgano máximo de conciencia y decisión .
El vicepresidente de la Junta de Servicio Nacional tiene la función de apoyar y reemplazar al presidente en caso de ausencia o impedimento. Por lo tanto, es conveniente que tenga voto en la Conferencia de Servicio Nacional en ausencia del presidente, para garantizar la continuidad y la coherencia de la gestión de la Corporación.
La regla de orden número 1 de la Conferencia de Servicio Mundial establece que los delegados de la Conferencia y el presidente de la Junta de Servicio Mundial tendrán cada uno voz y voto, y que cada delegado suplente y vicepresidente de la Junta de Servicio Mundial tendrá voto en ausencia del delegado regional o del presidente de la Junta de Servicio Mundial, respectivamente. Esta regla ya ha sido aprobada por la mayoría de las regiones del mundo, incluyendo la nuestra, y refleja el principio de conciencia experiencia y servicio que rige el movimiento Nar-Anon como un todo. Por lo tanto, es oportuno y pertinente que adaptemos nuestros estatutos a esta regla, para armonizar nuestros procedimientos con los de la Conferencia de Servicio Mundial.
Impacto financiero:
El impacto financiero de esta moción es mínimo lo referente al cambio de estatutos en la cámara de comercio.
Agregar un nuevo artículo, numerado como 23a, después de la última viñeta del artículo 23 titulado “Facultades de la Conferencia”, en los estatutos de la corporación. El artículo 23a se denominará “Reglas de Orden de la Conferencia”.
ARTICULO 23a : REGLAS DE ORDEN DE LA CONFERENCIA (CSN)
El propósito de la Conferencia de Servicio Nacional (CSN) es proporcionar un espacio de debate ordenado, respetuoso y eficaz sobre los asuntos que conciernen a Nar-Anon Colombia, protegiendo los derechos de cada miembro, de la CSN y del libre ejercicio del debate, de acuerdo con los principios y procedimientos estatutarios.
La CSN se rige por las Reglas de Orden, Las Reglas de Orden Permanente de la CSN son las normas internas que regulan el funcionamiento de la CSN y se ajustan a las Doce Tradiciones , los Doce Conceptos de Servicio de Nar-Anon, Guía de los Servicios Locales y Guía de los Servicios mundiales de Nar-Anon.
Para realizar el debate, la CSN utiliza las siguientes Reglas de Orden Permanente, adaptadas de las reglas de Robert, en conjunto con los siguientes Criterios:
1. Los delegados de la Conferencia de Servicio Nacional (CSN) y el presidente de la Junta de Servicio Nacional tendrán cada uno voz y voto. Cada delegado suplente y miembro de la Junta de Servicio Nacional tiene voz y, además, cada delegado suplente y vicepresidente de la Junta de Servicio Nacional tendrá voto en ausencia del delegado regional o del presidente de la Junta de Servicio Nacional, respectivamente. Los miembros y representantes de la junta tendrán voz cuando sean reconocidos por el facilitador de la CSN, pero no voto. Los presidentes de los comités de servicio nacional/miembro designado tienen voz limitada a sus mociones presentadas, informe del comité y preguntas sobre las actividades de su comité. El director ejecutivo de la RAC tiene voz limitada a su informe y preguntas sobre las actividades de la RAC.
2. Ningún miembro puede hablar sobre una moción más de una vez a menos que otros que deseen hablar sobre la moción hayan ejercido su oportunidad. El delegado y el delegado suplente de una región se consideran el mismo miembro al hablar sobre una moción.
3. Hay un límite de tiempo para el debate de cualquier miembro. Ningún miembro puede hablar más de tres minutos sobre una moción cada vez que sea reconocido por el facilitador. Sin embargo, el facilitador puede ejercer su discreción para ampliar el límite de tiempo cuando, en opinión del facilitador, tal acción esté justificada. Para ampliar el debate de otra manera, se debe adoptar una moción desde el piso para hacerlo.
4. Hay un límite en el número de oradores sobre cualquier moción. No más de tres miembros pueden hablar a favor de (pro) y no más de tres miembros pueden hablar en contra (oposición) de cualquier moción. El debate puede extenderse, cuando se hace y se adopta una moción de piso para extender el debate. Las mociones presentadas por el JSN no requieren secundarse. Las mociones deben estar redactadas en positivo para proporcionar claridad sobre el efecto de la moción.
5. Toda moción principal de piso debe presentarse por escrito en un formulario de moción de la CSN y contener los nombres y posiciones de los miembros que proponen y secundan la moción. El delegado y el delegado suplente de una región se consideran el mismo miembro al hacer o secundar mociones. Las mociones presentadas por el JSN no requieren ser secundadas. Las mociones deben estar redactadas en positivo para proporcionar claridad sobre el efecto de la moción. Una moción debe ser clara, concisa, completa y tener su intención reflejada visiblemente, ya que los miembros votarán sobre el texto real de la moción, no sobre la intención del autor de sus efectos. Las mociones deben entregarse a la mesa de mociones antes de que el facilitador reconozca al autor. Todas las mociones se muestran por escrito antes del debate o la votación. Después de que se hace y se secunda una moción, el facilitador la reitera claramente a la conferencia. La moción está ahora presentada y ante la conferencia; sólo en este punto la moción pertenece a la conferencia y debe ser resuelta de alguna manera.
6. Toda enmienda a una moción principal debe presentarse por escrito en un formulario de moción de la CSN y contener los nombres y posiciones de los miembros que proponen y secundan la enmienda. El delegado y el delegado suplente de una región se consideran el mismo miembro al hacer o secundar enmiendas. Cualquier segunda indica simplemente que otro miembro desea que el asunto se presente ante la conferencia; no significa necesariamente que el miembro que secunda la moción esté a favor de la moción. Las enmiendas presentadas por el JSN no requieren ser secundadas. Las enmiendas deben entregarse a la mesa de mociones antes de que el facilitador reconozca al autor. Todas las enmiendas se muestran por escrito antes del debate o la votación.
7. El debate sigue si la moción es debatible. El debate también seguirá a la realización de una enmienda a la moción, si la moción es enmendable. El debate se refiere a la moción o a la enmienda, no al miembro que la hace. Los motivos nunca deben ser cuestionados. Los miembros deben dirigirse unos a otros a través del facilitador que preside. El facilitador se dirige a los miembros por su nombre. La discusión (debate) no es entre dos miembros sino a través del facilitador.
8. Cuando esté listo, la conferencia vota para adoptar (aprobar) o no adoptar (rechazar) la moción o la enmienda. Esto también se conoce como el facilitador plantea la pregunta. La votación se hará levantando las manos virtuales. Todos los que estén a favor del tema son preguntados por el facilitador para levantar su mano virtual y mantenerla levantada para el recuento de los votos. Si el voto afirmativo (a favor) es determinante (más del 50 por ciento del número total de votantes presentes en la última llamada nominal, o dos tercios para aquellos votos que requieren una mayoría de dos tercios para aprobarse) entonces el voto negativo (en contra) no se toma ni se registra. En todos los demás casos, se toma el voto negativo y se incluye el recuento tanto de los votos afirmativos como de los negativos en las actas. Las abstenciones no se incluyen en la determinación del número total de votos emitidos ni se piden a menos que un miembro se abstenga por razón de conflicto de intereses. Cuando se cuentan los votos negativos, el porcentaje requerido para aprobar se recalcula en función del número total de votos emitidos.
9. Un voto mayoritario (mayoría simple) es un voto de más de la mitad de los votos emitidos. Las abstenciones no se incluyen en la determinación basada en el número total de votos emitidos.
10. Toda moción para hacer o enmendar políticas y guías debe ser aprobada por 2/3 de los votantes presentes en el cuerpo de votación de la llamada nominal más reciente, según se sondeó en cada sesión (es decir, votos emitidos). Las abstenciones no se incluyen en la determinación del número total de votos emitidos.
11. Cualquier moción presentada en el RAC para la conferencia actual y aprobada en la conferencia entra en vigor al final de la conferencia, a menos que se especifique lo contrario en la moción. Con respecto a las mociones de piso que han surgido durante la conferencia actual, la conferencia decide si estas ideas o propuestas serán adoptadas (aprobadas) y efectivas al final de la conferencia, rechazadas (fallidas), incluidas en el RAC para el próximo ciclo de conferencias, o si no se tomará ninguna acción.
12. Estas reglas permanentes de la conferencia se aplican en conjunto con las Doce Tradiciones de los Grupos de Familia Nar-Anon, los Doce Conceptos de Servicio de Nar-Anon y las Reglas de Orden de Robert.
VOTACIÓN: 2 votos a favor - 1 voto en contra. (APROBADA)
Aplicable a: Estatutos
Proponente: Junta de Servicio Nacional
intención
Establecer el procedimiento parlamentario que regirá las reuniones de la Conferencia de Servicio Nacional (CSN), basado en las Reglas de Orden Permanente de la CSN, adaptadas a las necesidades y características de Nar-Anon Colombia.
justificación
facilitar el debate ordenado, respetuoso y eficaz de los asuntos que conciernen a Nar-Anon Colombia, protegiendo los derechos de cada miembro, de la CSN y del libre ejercicio del debate, de acuerdo con los principios y procedimientos.
impacto financiero
solo lo referente al cambio y el registro de los nuevos estatutos
Darle a la Junta De Servicio Nacional la facultad de remover a uno de sus miembros que esté irrumpiendo la unidad y pueda reemplazarlo, cambie los siguientes artículos:
Artículo 32. Pérdida del carácter de miembro de la Junta de servicio Nacional:
Agregar un nuevo punto:
g) Por decisión de remoción acordada por la Junta de Servicio Nacional en caso de que el miembro esté irrumpiendo repetidamente la unidad, la armonía y propósito de la Corporación. Esta remoción debe ser aprobada por las 2/3 partes de los miembros restantes de la Junta y notificada a los entes de control y vigilancia de la corporación.
Artículo 33. Funciones de la Junta de Servicio Nacional:
Agregar una nueva función:
ñ) Remover a cualquiera de sus miembros por decisión de las 2/3 partes, en caso de que después de llamarlo a la reflexión, el miembro continúe irrumpiendo repetidamente la unidad, armonía y propósito de la Corporación. En este caso, la Junta de Servicio Nacional nombrará a un reemplazo interino para completar el periodo del miembro removido. La elección del reemplazo se puede ratificar por votación en la siguiente Conferencia.
ENMENDADA:
Artículo 32. Pérdida del carácter de miembro de la Junta de servicio Nacional:
Agregar un nuevo punto:
g) Por decisión de remoción acordada por la Junta de Servicio Nacional, en caso de que el miembro incumpla gravemente con sus deberes y obligaciones, o que su comportamiento afecte negativamente la unidad, la armonía y el propósito de la Corporación. Esta remoción debe ser aprobada por las 2/3 partes de los miembros restantes de la Junta y notificada a los entes de control y vigilancia de la corporación.
Artículo 33. Funciones de la Junta de Servicio Nacional:
Agregar una nueva función:
ñ) Remover a cualquiera de sus miembros por decisión de las 2/3 partes, en caso de que después de agotar los mecanismos de diálogo, resolución de conflictos y arbitraje, el miembro persista en un comportamiento que afecte negativamente la unidad, la armonía y el propósito de la Corporación. En este caso, la Junta de Servicio Nacional nombrará a un reemplazo interino para completar el periodo del miembro removido. La elección del reemplazo se puede ratificar por votación en la siguiente Conferencia de Servicio Nacional.
Procedimiento para la Remoción de Miembros:
1. Solicitud de Diálogo: Cualquier miembro de la Junta de Servicio Nacional puede solicitar un espacio de diálogo con el miembro cuyo comportamiento genera dificultades.
2. Espacio de Reflexión y arbitraje: La Junta de Servicio Nacional, en conjunto con los delegados regionales y el miembro en cuestión, se reunirá en un espacio de reflexión para buscar soluciones y restaurar la armonía.
3. Evaluación y Decisión: Si el espacio de reflexión no logra resolver la situación, la Junta de Servicio Nacional evaluará la situación y tomará una decisión por mayoría de votos sobre la remoción del miembro. Se requerirá una mayoría de 2/3 partes para aprobar la remoción.
4. Derecho de Apelación: El miembro removido tendrá derecho a apelar la decisión de la Junta de Servicio Nacional dentro de los 30 días calendario a la misma, se convocará a una conferencia extraordinaria para resolver la remoción
5. Conferencia Extraordinaria, se podrá convocar a una conferencia extraordinaria para tratar la apelación de la remoción del miembro. La conferencia estará compuesta por:
• Todos los miembros de la Junta de Servicio Nacional
• Delegados regionales
• Coordinadores de los comités Nacionales
• La conferencia extraordinaria tendrá la facultad de:
Escuchar las diferentes perspectivas sobre la situación
Deliberar sobre la remoción del miembro
Tomar una decisión final por mayoría de votos
VOTACIÓN : 2 votos a favor (aprobada con enmienda)
Aplicable a: Estatutos
Proponente: Junta de Servicio Nacional
intención
Otorgar a la Junta de Servicio Nacional la facultad de remover a cualquiera de sus miembros que esté actuando en contra de la unidad y propósito de Nar-Anon, luego de llamarlo a la reflexión. Esto con el fin de preservar la armonía, estabilidad y funcionamiento efectivo de la Junta de Servicio Nacional.
justificación
Se ha considerado necesario desde la experiencia dar una salida en los estatutos para situaciones extremas en las que un miembro de Junta de servicio Nacional, después de intentos de reconciliación, siga comportándose de manera divisiva y en contra del propósito del Servicio. Para estos casos excepcionales, se requiere definir un mecanismo de remoción interna que permita preservar la unidad.
impacto financiero
solo lo referente al cambio y el registro de los nuevos estatutos
Adicione las siguiente cláusulas de reemplazo de Servidores en el Artículo 33 de los estatutos.
Artículo 33. Funciones de la Junta de Servicio Nacional:
o) En caso de que un miembro de la Junta se retire del servicio o sea retirado, porque no pueda cumplir con el período de 3 años, la Junta de Servicio Nacional tiene la facultad de nombrar a un reemplazo interino, con el fin de no debilitar la fortaleza de servicio necesaria para llevar a cabo el propósito primordial. El nombramiento del miembro sugerido en interinidad por la junta podría ser ratificado en la próxima conferencia.
VOTACIÓN : 3 VOTOS A FAVOR, MOCION ACEPTADA
Aplicable a: Estatutos
Proponente: Junta de Servicio Nacional
Intención: Esta moción busca fortalecer la capacidad de servicio de la Junta de Servicio Nacional de Nar-Anon Colombia, permitiendo la sustitución de un servidor que no pueda cumplir con su período de servicio de 3 años. Esta adición a los estatutos es un reflejo de nuestro compromiso con la continuidad del servicio y la adaptabilidad frente a los desafíos.
Justificación: La esencia de nuestra confraternidad es el servicio. En este espíritu, es vital que nuestra Junta de Servicio Nacional tenga la flexibilidad para mantener su funcionamiento eficaz, incluso cuando un servidor no pueda continuar. Esta adición a los estatutos asegura que la Junta pueda seguir sirviendo a la confraternidad de manera ininterrumpida, manteniendo la integridad de sus operaciones y preservando la unidad y el propósito de la Corporación.
Impacto Financiero: Si bien habrá un costo asociado con el registro del nuevo servidor ante los entes de control del gobierno, consideramos que este gasto es una inversión necesaria para garantizar la continuidad del servicio
Se sugiere el cambio del software administrativo Alegra por un software contable que se llama World Office con el fin de tener un programa que cumpla con los requisitos contables que la corporación requiere, el costo aproximado es de $1.500.000 por el primer año. El monto del impacto económico se debe cargar a los aportes y contribuciones que dan las regiones a los servicios Nacionales.
VOTACIÓN : 2 a favor - (APROBADA)
Crear un nuevo Comité Nacional de Recursos Humanos en Nar-Anon Colombia, agregar este contenido a las políticas y guías internas de Nar-Anon Colombia
COMITÉ NACIONAL DE RECURSOS HUMANOS
Objetivo: El propósito del Comité Nacional de Recursos Humanos es seleccionar a los candidatos que se postulan para ser miembros de la Junta de Servicios Nacionales y para el servidor de secretario de Conferencia y presidente de Conferencia.
Responsabilidades: Las responsabilidades del comité son desarrollar, mantener e implementar un proceso de nominaciones para identificar a los candidatos más calificados para el servicio. El comité notificará a la Comunidad de Nar-Anon de las posiciones abiertas y las calificaciones para servir en estas posiciones. El comité revisará las solicitudes para aquellos más calificados para la elección a la Junta de Servicios Nacionales y el presidente de Conferencia; entrevistará a los posibles candidatos; verificará las referencias; y enviará una lista de los solicitantes más calificados a la Conferencia de Servicio Nacional para su elección.
Membresía: Además de los requisitos generales para servir en un comité de servicio nacional, los miembros deben tener sugeridamente por lo menos 3 años de servicio continuo en Nar-Anon, Los miembros de este comité también deben estar de acuerdo en proteger la información confidencial obtenida en el proceso de aplicación.
VOTACIÓN : 2 a favor - (APROBADA)
Intención: La intención de esta moción es establecer un comité que se encargue de seleccionar a los candidatos para los puestos de la Junta de Servicios Nacionales y para las posiciones de Secretario de Conferencia y Facilitador de Conferencia a nivel nacional.
Justificación: Este comité es necesario para desarrollar, mantener e implementar un proceso de nominaciones para identificar a los candidatos más calificados para el servicio. El comité notificará a la Comunidad de Nar-Anon de las posiciones abiertas y las calificaciones para servir en estas posiciones. El comité revisará las solicitudes para aquellos más calificados para la elección a la Junta de Servicios Nacionales y el Facilitador de Conferencia; entrevistará a los posibles candidatos; verificará las referencias; y enviará una lista de los solicitantes más calificados a la Conferencia de Servicio Nacional para su elección.
Impacto Financiero: N/A