La normativa para piscinas públicas en Chile (Decreto 209 del Minsal) exige instalaciones sanitarias adecuadas (duchas, baños), personal de seguridad y primeros auxilios, mantenimiento estricto de la calidad del agua (cloro, pH, transparencia), uso obligatorio de duchas antes de entrar, prohibición de alimentos/bebidas en el agua, y registro detallado del funcionamiento, incluyendo aforo, químicos y atenciones; además, se establecen requisitos para el diseño, iluminación y ventilación, con énfasis en la seguridad y salud de los bañistas.
La normativa de piscinas varía según su uso (público, restringido o privado) e incluye requisitos sanitarios y de seguridad, como el mantenimiento de la calidad del agua, la disponibilidad de equipos de salvataje y el cumplimiento de reglas de convivencia. Las piscinas de uso público y las de condominios (consideradas de uso público restringido) deben obtener una autorización sanitaria y seguir regulaciones específicas del Ministerio de Salud, que exigen controles de agua, duchas, vestuarios (salvo para piscinas de condominios que ya dispongan de ellos) y, en algunos casos, personal salvavidas.
Normas para piscinas de uso público y condominios (uso público restringido)
Autorización sanitaria: Se necesita una resolución sanitaria vigente que certifique el cumplimiento de las condiciones de infraestructura, seguridad e higiene.
Calidad del agua: Debe cumplir con rangos específicos de transparencia y desinfectante residual (por ejemplo, cloro libre residual entre 0.5 y 1.5 ppm y pH entre 7.2 y 8.2).
Instalaciones sanitarias: Deben contar con duchas, excusados y bebederos, aunque las piscinas de condominios están exentas de estos requisitos si el recinto ya los tiene.
Equipamiento de seguridad: Es obligatorio tener un cinturón salvavidas, una cuerda, una pértiga y una camilla en el área de circulación.
Personal de seguridad: Se requiere la presencia de personal de seguridad cuando la piscina está abierta al público. Si no se cuenta con personal salvavidas, debe existir un reglamento interno de higiene y seguridad que establezca los procedimientos de emergencia.
Libro de funcionamiento: Se debe llevar un registro diario del uso de la piscina, que incluya el número de usuarios, el volumen de agua, los productos desinfectantes, el horario y cualquier incidente.
Reglas generales de convivencia y seguridad
Ducharse antes de entrar: Se debe tomar una ducha jabonosa antes de ingresar a la piscina.
No correr ni jugar bruscamente: Está prohibido correr en los bordes, empujar a otros usuarios o realizar juegos peligrosos.
Evitar contaminar el agua: Escupir, sonarse la nariz o consumir alimentos dentro de la piscina está prohibido.
No ingresar bebidas alcohólicas: El consumo de alcohol y otras sustancias prohibidas está restringido dentro de las instalaciones.
Protección solar: Se recomienda ubicarse en zonas de sombra para evitar la exposición solar directa.
Supervisión de niños: Nunca se debe permitir que los niños naden sin la supervisión de un adulto o socorrista.
Mantenimiento y cierre
Mantenimiento regular: Las piscinas deben ser limpiadas regularmente y el agua debe ser tratada para mantener la calidad adecuada.
Cierre por falta de seguridad: Si la piscina está fuera de servicio por cualquier motivo, debe ser cerrada al público.
Prevención de insectos: Fuera de temporada de funcionamiento, si no se pueden desaguar por completo, se debe utilizar productos larvicidas autorizados para evitar la proliferación de insectos.