Consejo Departamental de Patrimonio
El Consejo Departamental de Patrimonio Cultural, es un órgano asesor del gobierno departamental en cuanto a la salvaguardia, protección y manejo del patrimonio cultural del Departamento, instancia que hace parte integral del Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación. (Artículo 4 de la Ley 1185 de 2008).
Conforme el articulo 4 de la Ley 1185 de 2008, en el literal b, se estable: “b) Consejos Departamentales de Patrimonio Cultural. Créanse los Consejos Departamentales de Patrimonio Cultural en cada uno de los departamentos, los cuales cumplirán respecto del patrimonio cultural del ámbito territorial y de los bienes de interés cultural del ámbito departamental, municipal, de los territorios indígenas y de las comunidades negras de que trata la Ley 70 de 1993, funciones análogas al Consejo Nacional de Patrimonio Cultural;…”
Funciones
Asesorar en el diseño de la política relativa al patrimonio cultural, la cual tendrá como objetivos principales la salvaguardia, protección, recuperación, conservación, sostenibilidad y divulgación del mismo.
Proponer recomendaciones al Instituto Departamental de Cultura del Meta en el diseño de las estrategias para la protección y conservación del patrimonio cultural que puedan incorporarse en el Plan Departamental de Desarrollo.
Recomendar, sin interferir con la facultad exclusiva del Instituto Departamental de Cultura del Meta, los bienes materiales que podrían ser incluidos en la Lista indicativa de candidatos a Bienes de Interés Cultural (BIC) del ámbito departamental.
Estudiar y emitir concepto, previo al Instituto Departamental de Cultura del Meta, para efectos de las decisiones que éste deberá adoptar en materia de declaratorias y revocatorias de BIC del ámbito departamental.
Estudiar y emitir concepto al Instituto Departamental de Cultura del Meta, respecto de si el bien material declarado como BIC
requiere o no, del Plan Especial de Manejo y Protección -PEMP- y conceptuar sobre su contenido.
Recomendar las manifestaciones que podrían llegar a ser incluidas en la Lista representativa de patrimonio cultural
inmaterial -LRPCI.
Estudiar y conceptuar, a solicitud del Instituto Departamental de Cultura del Meta, sobre la inclusión de manifestaciones en la LRPCI y sobre el Plan de Salvaguardia propuesto, el cual debe estar orientado a su fortalecimiento, revitalización, sostenibilidad y promoción.
Asesorar al Instituto Departamental de Cultura del Meta en los aspectos relativos a la regulación, reglamentación, manejo, salvaguardia, protección, recuperación, conservación, sostenibilidad y divulgación del patrimonio cultural del Departamento.
Recomendar lineamientos que pudieran ser tenidos en consideración en el ámbito departamental, para efectos de manejo del patrimonio cultural y los Bienes de Interés Cultura (BIC).
Recomendar criterios para la aplicación del principio de coordinación que debe emplearse en la declaratoria y manejo de los BIC y para la inclusión de manifestaciones en las LRPCI en el ámbito departamental.
Formular propuestas sobre planes y programas de cooperación en el ámbito territorial, nacional e internacional que pudieran contribuir a la salvaguardia, protección, recuperación, conservación, sostenibilidad y divulgación del patrimonio cultural y apoyar en la gestión de tales mecanismos de cooperación.
Las demás funciones que correspondan a su naturaleza como organismo asesor.
Acto Administrativo
Integrantes