Se informa de manera trimestral a la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo sobre el estado que guarda el Control Interno del Poder Judicial del Estado de Hidalgo en atención al Marco Integrado de Control Interno, Sistema Estatal de Fiscalización y Sistema Estatal Anticorrupción así como sus homólogos a nivel federal.
¿Quién y cuándo debe emitir la convocatoria de una sesión?
La convocatoria deberá remitirla el Secretario Técnico a los miembros del comité e invitados, señalando el lugar, la fecha y hora de celebración de la sesión.
Deberá notificarse con una anticipación no menor a cinco días hábiles cuando se trate de una sesión ordinaria. Para el caso de las sesiones extraordinarias, se notificará con una anticipación de dos días hábiles.
¿Qué hacer en caso de no contar con el quórum requerido en una sesión?
El quórum legal del Comité se integrará con la asistencia de la mayoría de sus miembros, siempre que participen el Presidente y el Secretario Técnico.
Cuando no se reúna el quórum requerido, el Secretario Técnico hará constar por escrito dicha circunstancia y el siguiente día hábil deberá emitir una segunda convocatoria para realizar la sesión, la cual deberá celebrarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la emisión de esta.
¿Quién debe realizar el acta de sesión?
El Vocal Ejecutivo deberá elaborar las actas de sesiones, remitirlas para revisión de los miembros del Comité y recabar las firmas correspondientes. Se sugiere trabajar previamente el proyecto de acta conjuntamente con el personal de la Unidad de Control Interno del PJEH, para garantizar su firma al término de la sesión.
¿Cuándo debo realizar mi autoevaluación del Sistema de Control Interno Institucional?
El Sistema de Control Interno Institucional (SCII) deberá ser evaluado anualmente, en el mes de noviembre de cada ejercicio, por los servidores públicos responsables de los procesos prioritarios que previamente fueron seleccionados, identificando y conservando la evidencia documental y/o electrónica que acredite la existencia y suficiencia de la implementación de los 5 Componentes y sus 17 Principios.
¿Por qué debo realizar mi autoevaluación del Sistema de Control Interno Institucional?
Para que el Titular de Control Interno detecte conjuntamente con los responsables de los procesos prioritarios seleccionados (sustantivos y administrativos), la existencia y suficiencia de los elementos de control al interior de cada proceso, y de esta manera, se proceda a establecer y comprometer acciones de mejora en el Programa de Trabajo de Control Interno del siguiente ejercicio, siempre y cuando se identifiquen debilidades de control interno o áreas de oportunidad que permitan fortalecer el SCII.
Unidad de Control Interno
Poder Judicial del Estado de Hidalgo
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