Características:
a. Esta se hará una vez culmine el periodo por parte de cada estudiante y será una de las valoraciones del SER.
b. El consejo académico deberá construir un instrumento que permita orientar el proceso de autoevaluación del desempeño de los estudiantes, con el propósito de lograr objetividad a la hora de autoevaluarse.
c. La autoevaluación del desempeño de los estudiantes en grados 1° a 3° solo se hará en las áreas de promoción (matemáticas y lengua castellana).
d. La autoevaluación del desempeño de los estudiantes en grados 4° y 5° solo se hará en las áreas de promoción (matemáticas, lengua castellana, ciencias naturales, ciencias sociales).
e. El docente será la persona que oriente la autoevaluación de modo que evite la excesiva influencia de la subjetividad en la propia evaluación.
f. El docente deberá incluir en la guía de aprendizaje de cada periodo la autoevaluación del desempeño de la estudiante, de esta manera el estudiante recibe y conoce oportunamente las directrices de este proceso, permitiéndole emitir un concepto reflexivo acerca del nivel de desempeño que logró alcanzar durante el período evaluado.
g. Si el estudiante sin justa causa no presenta la rúbrica de autoevaluación de su desempeño durante la semana establecida, el docente podrá utilizar la heteroevaluación para analizar el desempeño del estudiante y emitir el juicio.