Legislación militar: Reales Ordenanzas

Repasaremos de forma rápida los artículos de las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas y del Ejército de Tierra que nos pueden interesar.

En el artículo 19 de las RROO para las FAs, leemos que la Bandera Española será la única que ondee en el asta de los acuartelamientos, buques y bases militares. 

 

En las RROO para el ET se especifica en los siguientes artículos como se debe actuar correctamente en este aspecto.

En los artículos 208 y 209 leemos el orden para el izado y arriado de la Bandera y se habla de la composición del Piquete de la Guardia de Prevención o del nombrado expresamente para ello.

En el art. 420, se describe el orden para el desarrollo de una Ceremonia: Formación y Revista por el Mando de la Fuerza – Incorporación de la Bandera – Recepción de la Autoridad que presida – realización del Acto – desfile – Despedida de la Bandera – retirada de la Fuerza.

En el Art. 428 se describe la Fórmula y desarrollo del Juramento ante la Bandera.

Y por último en el Art. 429, podemos leer el desarrollo de la entrega Oficial de Bandera y Estandarte a las Unidades: La Bandera será entregada al Jefe de la UCO - Se dirigirá a la Formación con la fórmula reglamentaria - Se efectuará una salva de honor - Soldados, Viva España. Si es entregada por alguna Institución, la entrega la realizará un representante de la misma.