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Los Consejos Escolares de Participación Social (CEPS) son órganos de consulta, colaboración, apoyo, gestoría e información que impulsan la colaboración de las comunidades en las tareas educativas con la corresponsabilidad de las madres, padres de familia y sus asociaciones, maestros y representantes de su organización sindical, directivos de la escuela, exalumnos y miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de las escuelas.
Entre sus objetivos principales encontramos el de diseñar una visión común y compartida que oriente el trabajo en equipo, la toma de decisiones, el seguimiento, la gestión, la planeación y el reparto de tareas; todo ello orientado a dar soluciones a las necesidades de la escuela.
¿Cuáles son los límites de las intervenciones del Consejo Escolar de Participación Social?
Es importante precisar que los Consejos Escolares se abstendrán de intervenir en los aspectos laborales de los establecimientos educativos y no deberán participar en cuestiones políticas ni religiosas.
¿Cuáles serán las funciones de un Consejo Escolar de Participación Social?
- Opinar sobre los ajustes al calendario escolar aplicable a cada escuela y conocer las metas educativas y el avance de las actividades escolares, con el objeto de coadyuvar con el maestro a su mejor realización;
- Conocer y dar seguimiento a las acciones que realicen las y los profesores y autoridades educativas señaladas en el segundo párrafo del artículo 42 de la Ley General de Educación;
- Conocer de las acciones educativas y de prevención que realicen las autoridades para que los educandos conozcan y detecten la posible comisión de actos que pongan en riesgo la seguridad e integridad de ellos o sus compañeros;
- Sensibilizar a la comunidad, mediante la divulgación de material que prevenga la comisión de delitos en agravio de las y los educandos, para orientar a la defensa de los derechos de las víctimas de tales delitos, así como sobre el cuidado integral de su salud;
- Propiciar la colaboración de maestros y padres de familia para salvaguardar la integridad y educación plena de las y los educandos;
- Apoyar las acciones de mejora en materia de logro educativo a partir de los resultados de las evaluaciones aplicadas a los estudiantes;
- Promover acciones que fortalezcan la corresponsabilidad de madres y padres de familia en la educación de sus hijos;
- Proponer estímulos y reconocimientos de carácter social a alumnos, maestros, directivos y empleados de la escuela, para ser considerados por los programas de reconocimiento que establece la Ley General del Servicio Profesional Docente y demás programas que al efecto determine la Secretaría de Educación Pública y las autoridades competentes;
- Estimular, promover y apoyar actividades extraescolares que complementen y respalden la formación de los educandos y la mejora del logro educativo;
- Llevar a cabo las acciones de participación, coordinación y difusión necesarias para la protección civil y la emergencia escolar;
- Alentar el interés familiar y comunitario por el desempeño del educando;
- Opinar sobre asuntos pedagógicos, conocer la ruta de mejora escolar y coadyuvar a que se cumpla con los objetivos propuestos apoyando la organización y promoviendo la autonomía de gestión de la escuela;
- Promover acciones que contribuyan a disminuir los factores que influyen en el abandono escolar;
- Realizar convocatorias para trabajos específicos de mejoramiento de las instalaciones escolares;
- Respaldar las labores cotidianas de la escuela que se orienten a favorecer un ambiente que promueva la enseñanza y el aprendizaje;
- Colaborar con la autoridad escolar y con el Consejo Técnico Escolar en el seguimiento de la normalidad mínima escolar;
- Dar seguimiento a la normativa que en materia de alimentos expida la autoridad competente;
- Elaborar y presentar a la comunidad educativa un informe de las actividades realizadas al término del ciclo escolar vigente incluyendo un apartado sobre los ingresos que por cualquier medio hubiera obtenido (considerando con especial atención los recursos obtenidos de programas federales) y su aplicación, así como, en su caso, el reporte que rinda la cooperativa escolar o equivalente. Lo anterior debe contribuir a fortalecer la cultura de la transparencia y la rendición de cuentas. En su caso, tendrá derecho a denunciar el ejercicio indebido de los recursos;
- Registrar y apoyar el funcionamiento de los Comités que se establezcan para la promoción de programas específicos en la escuela;
- Fomentar diversas acciones que promuevan el respeto entre los miembros de la comunidad escolar, con especial énfasis en evitar conductas y agresión entre los alumnos, y desalentar entre ellos prácticas que generen violencia y el consumo de sustancias nocivas para la salud;
- Opinar en temas que permitan la salvaguarda del libre desarrollo de la personalidad, integridad y derechos humanos de los educandos;
- En general, podrá realizar diversas actividades en beneficio del logro de los objetivos de la escuela, y
- Las demás que señalan los presentes lineamientos o le confieran otras disposiciones jurídicas.