Reglamento de Trayecto de Práctica
Taller de docencia
en revisión
1. Para poder cursar los Talleres de la Práctica II, III y IV, deberán cumplir con las correlatividades establecidas a continuación.
Taller de Práctica II
Taller de Práctica III
Taller de Práctica IV
Aprobadas:
· Taller de Práctica I
· Al menos tres de los talleres de 1º año del Campo de la Formación Específica.
Regularizadas:
· Pedagogía
· Psicología y Educación
Aprobadas:
· Todas las unidades curriculares de los tres campos de Primer año.
· Taller de Práctica II.
Regularizadas:
· Didáctica General
· Matemática y su Didáctica
· I Ciencias Sociales y su Didáctica
· I Ciencias Naturales y su Didáctica
· I Lengua y su Didáctica
· Sujetos de la Educación Primaria
· Conocimiento y Educación
Aprobadas:
· Todas las unidades curriculares de los tres campos de Segundo año.
· Taller de Práctica III.
· Área Estética Expresiva II
Regularizadas:
· Matemática y su Didáctica II
· Ciencias Sociales y su Didáctica II
· Ciencias Naturales y su Didáctica II
· Literatura y su Didáctica
· Alfabetización Inicial.
· Tecnologías de la Información y de la Comunicación
· Problemáticas Contemporáneas del Nivel II
1. Las prácticas serán realizadas durante el año lectivo del cursado del Trayecto de la Práctica y en el turno contrario al cursado en el Instituto de Formación.
a. Se permitirá la práctica del Taller de Docencia en el turno noche únicamente con la presentación de certificado de trabajo que acredite lugar y horario de trabajo.
b. Al menos uno de los recorridos en trayecto IV deberá ser con niños.
2. Los directivos y los profesores de los Trayectos dispondrán la distribución de los alumnos practicantes de acuerdo con las posibilidades de las escuelas y los convenios establecidos con las mismas.
3. Cada alumno deberá encuadrarse al cronograma presentado por la cátedra.
4. El alumno practicante deberá atender, respetar y adecuarse a las disposiciones de la Dirección de la Escuela de Destino.
5. El alumno practicante deberá registrar su asistencia diaria en la planilla prevista por el Instituto de Formación.
a. Cuando un practicante no pueda concurrir a la práctica, deberá avisar con anticipación a la Escuela de Destino o al Maestro Coformador y al profesor de trayecto. Deberá luego justificar su inasistencia con el comprobante correspondiente. Aceptada la justificación por el Maestro Coformador y por el Profesor del Trayecto, solicitará al maestro la reposición de la clase. El Maestro fijará el día y la hora de la reposición de la misma.
b. Cuando el alumno practicante falte a su clase sin avisar y sin motivo justificado, será aplazado.
6. El alumno Practicante del Trayecto cumplirá lo establecido en clase según corresponda a año del trayecto; siendo la puntualidad un requisito fundamental en la práctica.
7. En los momentos en que le sea asignado un grupo de alumnos; deberá asumir todas las tareas inherentes a su rol docente; incluyendo recreos, actos, etc..
8. El alumno practicante deberá presentarse en la escuela de destino con la vestimenta acorde a su profesión (guardapolvo / chaquetilla), aspecto personal limpio, discreto y prolijo y los elementos necesarios para el desarrollo de su clase.
9. El alumno practicante deberá cumplimentar las planillas que registran la entrega de temas, entrega de planificaciones y evaluaciones con la firma del Maestro Coformador.
10. Los contenidos a planificar y desarrollar las actividades durante la práctica serán determinados por el Maestro Coformador. Deberán ser solicitadas previendo el comienzo del desarrollo de la práctica y con suficiente anticipación para su planificación. El Maestro Coformador deberá dar su conformidad a la planificación presentada.
11. El Maestro Coformador dispondrá el tiempo en el cual entregará los contenidos, hará las aclaraciones y visará los planes. El alumno procurará no distraer al docente de sus tareas habituales.
12. La planificación se realizará de acuerdo a las especificaciones de estructura y contenido, dadas por el Profesor del Trayecto.
13. Los Profesores del Instituto de Formación de todas las Áreas curriculares, brindarán asesoramiento al alumno practicante en cuanto a los aspectos conceptuales necesarios para planificar el desarrollo de sus clases, pudiendo orientarlos pedagógica y didácticamente.
14. La planificación será visada por el Maestro Coformador y por el Profesor del Trayecto
15. Si recibido el tema, la planificación elaborada no cumple con los requisitos de aprobación que los docentes de trayecto hayan estipulado, el alumno no podrá iniciar su práctica.
16. Si la planificación es aprobada, el alumno practicante podrá desarrollar su práctica en los horarios prefijados
17. Si la planificación es rechazada, el alumno practicante deberá rehacerla dentro de las 24 horas y entregarla junto a la primitiva. El Maestro Coformador y el Profesor del Trayecto deberán aprobar la nueva planificación para que el alumno pueda realizar su práctica en un nuevo día que se acuerde.
18. Todos los escritos deberán presentarse en tamaño A4, en páginas numeradas, en carpeta, sin folios. Puede ser indistintamente hoja lisa o rayada, (cuadriculada sólo en el caso de Matemática); en manuscrito o tipiado pero sin correcciones evidentes (tachones, borrones, corrector líquido, etc.) ni errores ortográficos.
19. Toda planificación presentada con faltas de ortografía deberá ser rehecha por el alumno practicante.
20. Las planificaciones de clase se presentaran por Áreas en la misma carpeta. Cada Planificación de unidad didáctica estará seguida de sus correspondientes clases[1] numeradas correlativamente a partir del número uno. La planificación de clase rehecha recibirá el mismo número que la primitiva, con el agregado "rehecho".
21. Las clases deberán ser bien ilustradas conforme al contenido a desarrollar. El alumno practicante deberá consignar en su plan qué material didáctico utilizará, detallando sus características. En el momento de presentar la planificación o antes de dar la clase, mostrará dicho material al Maestro Coformador para su aprobación.
22. El alumno practicante podrá solicitar, para desarrollar sus clases, el material didáctico existente en la Escuela de Destino: mapas, elementos de geometría, láminas, diapositivas, etc. Deberá interiorizarse cómo se solicita el mismo y se hará responsable de su devolución finalizada la clase, en el mismo estado en que la recibió.
23. El alumno practicante estará dispuesto a realizar las tareas de ayudantía que se le confieran dentro de la Escuela de Destino.
24. El alumno practicante no podrá quedar solo a cargo del año en la Escuela de Destino. Siempre deberá estar acompañado del Maestro Coformador u otro docente o directivo de dicho Establecimiento Educativo.
25. Las clases de práctica serán observadas y evaluadas regularmente por el Maestro Coformador. Si alguna de las clases fuera desaprobada deberá consignarlo en el items "Observaciones" de la planilla de evaluación semanal.
26. Al menos una clase será observada por el docente de trayecto o representante institucional que se designe Este, observará el desempeño del alumno practicante y realizará devolución - evaluación correspondiente a dicha clase. La calificación parcial de las clases de práctica serán conceptuales.
27. Las clases no aprobadas (hasta dos durante la práctica en un Ciclo) deberán ser recuperadas. La cantidad de clases y o el período de práctica podrá ser modificado o suspendido si el equipo docente lo considera necesario. El alumno podrá realizar las prácticas nuevamente en el período lectivo próximo.
28. De presentarse alguna circunstancia, dificultad o aspecto no contemplado en este reglamento, será conversado en primer lugar por el alumno practicante y su Profesor del Trayecto el cual elevará el caso a la Dirección del Instituto de Formación para su resolución y posterior comunicación al alumno.
[1] Salvo indicación contraria del docente de grado, previamente acordada con profesores de trayecto.