OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN ESO PARA EL ALUMNADO QUE HA FINALIZADO LA ETAPA SIN HABER CONSEGUIDO EL TÍTULO

¿A QUIÉN VA DIRIGIDA ESTA CONVOCATORIA ANUAL DE LA PRUEBA EXTRAORDINARIA?

El alumnado que al finalizar la etapa no haya obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria dispondrá, durante los dos años siguientes, de una convocatoria anual de pruebas extraordinarias para superar las materias pendientes de calificación positiva, siempre que el número de estas no sea superior a cinco. Con carácter general, será requisito para la realización de estas pruebas tener, al menos, dieciocho años o cumplir esa edad dentro del año natural de realización de las mismas

¿DÓNDE Y CUÁNDO SE DEBE SOLICITAR?

Los interesados deberán solicitar la realización de esta prueba extraordinaria en la primera quincena del mes de marzo, según el modelo que se recoge en el anexo IX de la ORDEN ECD/624/2018, de 11 de abril, sobre la evaluación en Educación Secundaria Obligatoria en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón. La solicitud se presentará en la secretaría del centro en que el alumno estuvo matriculado el último curso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4, referido a Registros, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

ANEXO XIX SOLICITUD.pdf

NORMATIVA APLICABLE

PRUEBAS EXT ESO +18años 5 SUSPENSOS.pdf

ORDEN ECD/624/2018, de 11 de abril, sobre la evaluación en ESO en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón (artículo 16)

ORDEN DE 16 DE MARZO DE 2009.pdf

ORDEN de 16 de marzo de 2009, por la que se regula la convocatoria anual de la prueba extraordinaria para alumnos que han finalizado la ESO sin haber obtenido el título de Graduado en ESO