¿Sociedad limitada o sociedad anónima?
Ambas de estas sociedades, son sociedades mercantiles de carácter capitalista. Tienen en común similitudes pero también diferencias.
Similitudes :
Inscripción en el registro mercantil
En ambas sociedades deben inscribirse, ya que poseen una personalidad propia. Esto implica, pagar a un notario y asumir los trámites de constitución.
Responsabilidad limitada de los socios
La sociedad es limitada para una y para otra, esto significa que, en caso de que a la empresa le vaya mal, solo se perderá el dinero que uno haya invertido.
Impuesto sobre sociedades
Tanto la sociedad limitada como la sociedad anónima, tributan a través del Impuesto sobre sociedades, es decir, todos los beneficios que obtengan, deberán pagar a Hacienda un 25%.
Diferencias :
En la sociedad anónima, los socios que la constituyen, pueden vender libremente sus acciones.
A diferencia de la sociedad limitada que solamente puede vender las acciones libremente solo si el comprador es otro socio o esta relacionado con el vendedor.
También una de las diferencias más importantes es el capital mínimo que han de aportar:
En la sociedad anónima, el capital mínimo que se debe aportar son 60.000€
En cambio en la sociedad limitada es de 3.000€
Nuestra elección
Finalmente decidimos optar por la opción de adoptar la forma de Sociedad de responsabilidad Limitada, ya que no constamos con tanto dinero para empezar la empresa, y pensamos que se tardaría demasiado tiempo en conseguir esos 60.000€. También votamos que nos gustaría llevar acabo nosotros de todas las decisiones que se hacen dentro de la empresa y no depender en alguna parte de los socios que inviertan,