Reglamento


REGLAMENTO DE LA CÁTEDRA DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD SOCIAL “ADELA CORTINA”

CENTRO UNIVERSITARIO “SAGRADA FAMILIA”

PREÁMBULO

El Centro Universitario Sagrada Familia, como centro de educación superior, concibe la importancia del desarrollo de la investigación en los diferentes ámbitos del conocimiento y su transferencia a la sociedad. Entiende, como parte integrante de la Universidad de Jaén, que tiene una responsabilidad social y, por tanto, debe contribuir a las exigencias de una sociedad diversa y compleja.

La Cátedra de Ética y de Responsabilidad Social, nace como respuesta a un mundo en crisis de valores. En una sociedad plural como la nuestra no basta con la enseñanza de la moral, se hace necesario el aprendizaje de la ética.El Centro Universitario Sagrada Familia, quiere comprometerse desde su docencia, investigación y responsabilidad institucional, a la construcción de una sociedad ética. En palabras de Adela Cortina (2013) «ninguna sociedad puede funcionar si sus miembros no mantienen una actitud ética».

La formación ética debe ser objeto de estudio y parte del currículo universitario para contribuir a la formación de una ciudadanía cuyos comportamientos sean deseables como integrantes de una sociedad. Desde la Cátedra del Centro Universitario, se quiere crear y difundir conocimientos teóricos y prácticas responsables en el campo de la Ética y la Responsabilidad Social que puedan ayudar a institucionalizar este tipo de actuaciones en las organizaciones.

La Universidad de Jaén plantea que la Responsabilidad Social universitaria implica una universidad responsable con el impacto que sus actividades tienen a nivel económico, social y medio-ambiental. Es por ello que está adherida a los diez principios del Pacto Mundial de Naciones Unidas basados en la protección y defensa de los derechos humanos, laborales, medioambientales y lucha contra la corrupción. Este compromiso lleva a considerar la Responsabilidad Social no como una mera acción social, sino como un enfoque de dirección universitaria, que se desarrolla en los ámbitos docente, investigador y de transferencia, así como está ligada a la transmisión de la cultura y la formación en valores.

Asimismo como miembros de una universidad de la Compañía de Jesús el desarrollo de esta dimensión ética en el centro universitario supone:

  1. En primer lugar, formar personas capaces de interesarse por el destino de la humanidad y no sólo por el suyo propio. En palabras del Padre Arrupe, se trataría de formar “hombres y mujeres para los demás”. Esto exige el cultivo no sólo de la inteligencia y de la racionalidad, sino de la compasión que brota de un corazón comprometido.

  2. En segundo lugar, orientar nuestra investigación hacia “la solución de problemas humanos” (PI, 2014), teniendo, por preferencia y por opción, el punto de vista de los pobres (Kolvenbach, 2014, 306).

  3. En tercer lugar, transformar la realidad en la que estamos inmersos en una realidad más justa y solidaria, respondiendo a la llamada que hizo el P. Kolvenbach a todo centro jesuita de enseñanza superior: “todo centro jesuita de enseñanza superior está llamado a vivir dentro de una realidad social… y a vivir para tal realidad social, a iluminarla con la inteligencia universitaria, a emplear todo el peso de la universidad para transformarla” (citado en PI, 2014). En este sentido, entendemos que la universidad tiene una seria responsabilidad social que la lleva a trabajar en red con otras instituciones, empresas, asociaciones y agentes sociales igualmente comprometidos con la transformación de la sociedad.

El fin que el Centro Universitario Sagrada Familia ha tenido desde sus orígenes, dirigido a la tarea de formar maestros y maestras buscando siempre la máxima cualificación docente y humana, sigue teniendo un sentido pleno en estos momentos, dado que nuestra labor como formadores de formadores reside en la importancia que la educación tiene para el avance de las sociedades y del ser humano. Pretendemos desde la Cátedra de Ética y Responsabilidad Social, a través diferentes actuaciones, contribuir a ofrecer un modelo educativo al alumnado que los forme como futuros docentes en unos valores básicos de convivencia con una clara conciencia de compromiso ético y acción social, que lleven a un nuevo modelo de escuela y de sociedad.

El Centro Universitario SAFA avanza hacia un modelo de universidad comprometida desde el punto de vista académico y ético y para ello se crea la Cátedra de Ética y Responsabilidad Social.

CAPÍTULO I

CARACTERES, FINES Y ACTIVIDADES

ARTÍCULO 1. NATURALEZA

La Cátedra “Adela Cortina” de Ética y Responsabilidad Social, dependiente del Centro Universitario Sagrada Familia fue aprobada en la Junta de Centro con fecha de 3 de noviembre de 2015.

ARTÍCULO 2. REGULACIÓN

La Cátedra se regirá por el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro Universitario, cualquier otra norma de desarrollo normativo y por las disposiciones del presente Reglamento.

ARTÍCULO 3. FINES

Son fines de la Cátedra:

  1. Crear y difundir conocimientos teóricos, así como prácticas responsables en el campo de la Ética y la responsabilidad social que puedan ayudar a institucionalizar este tipo de aplicaciones en las instituciones y las organizaciones, mediante la docencia universitaria y la investigación.

  2. Formar a la comunidad universitaria en materia de ética profesional y favorecer un liderazgo ético en las instituciones educativas y de todo tipo apostando en la toma de decisiones por los valores morales y los criterios éticos.

  3. Investigar y reflexionar sobre la dimensión ética de la profesión docente y de otras profesiones, así como sobre temas relacionadas con la misma que puedan suponer una aportación de la universidad a la sociedad.

  4. Promover buenas prácticas, fomentar una cultura ética en las instituciones, sobre todo educativas, y subrayar la dimensión moral de las organizaciones educativas para conseguir el una sociedad más justa.

  5. Servir de punto de encuentro de académicos, docentes, directivos, empresarios, y otros profesionales preocupados por los problemas relacionados con la responsabilidad social de las organizaciones.

ARTÍCULO 4. ACTIVIDADES

La Cátedra supone una vinculación, relación y aportación del Centro Universitario a la sociedad para ello se propone:

  1. Establecer una programación anual para divulgar, promocionar e impulsar la dimensión ética y la responsabilidad social de las profesiones.

  2. Establecer convenios para la colaboración con organizaciones empresariales, fundaciones o corporaciones para formación, consultoría y evaluación de códigos éticos y responsabilidad social.

Para la consecución de los objetivos citados en el artículo anterior, la Cátedra podrá desarrollar sus fines institucionales por medio de las siguientes actividades:

  1. Servir de lugar de encuentro de los profesores para tratar de cuestiones de ética y dimensión moral, atendiendo a la innovación pedagógica y a la actualización metodológica.

  2. Organizar anualmente el Aula Fe- Cultura

  3. Crear una base documental especializada en Ética docente y en Ética de las Organizaciones, en el marco de la Biblioteca del Centro Universitario Sagrada Familia.

  4. Elaborar proyectos de investigación teórica y aplicada.

  5. Prestar asesoría y formación en Ética docente y de las Organizaciones.

  6. Conseguir presencia en los medios de comunicación, así como en otro tipo de foros nacionales e internacionales, mediante ponencias, comunicaciones u otro tipo de trabajos susceptibles de publicación.

  7. Establecer y mantener relaciones institucionales fluidas con otros centros homólogos, tanto nacionales, cuanto extranjeros.

  8. Organizar Congresos, Jornadas y Encuentros monográficos en colaboración con otras instituciones.

  9. Cualquier otra que se estime adecuada para el cumplimiento de los objetivos recogidos en el artículo 3.

CAPÍTULO II

ORGANIZACIÓN

ARTÍCULO 5. DIRECTOR DE LA CÁTEDRA

Al frente de la Cátedra estará un Director/a, nombrado por el Director/a Adjunto/a del Centro Universitario, oída la Junta de Centro.

El Director/a deberá ser Profesor/a Propio Agregado u Ordinario y ejercerá sus funciones bajo la dependencia directa del Director/a Adjunto.

La duración del cargo será de tres años, pudiendo ser nombrado para dos períodos sucesivos de la misma duración, con el mismo procedimiento.

Si concurrieran circunstancias especiales que lo hicieran necesario, la Dirección Adjunta, oída a la Junta de Centro, podrá dispensar del cumplimiento de alguno de los requisitos anteriores.

ARTÍCULO 6. FUNCIONES DEL DIRECTOR/A

Son funciones del /a de la Cátedra:

a) Representar a la Cátedra en las relaciones con el exterior y con los demás órganos del Centro Universitario.

b) Programar y dirigir las actividades de la Cátedra y coordinar los trabajos de sus miembros.

c) Elaborar los presupuestos de las actividades de la Cátedra, velar por su ejecución y por la aplicación de los recursos asignados a cada una de ellas, de conformidad con las normas generales que para la administración están vigentes en el Centro Universitario.

d) Gestionar de las entidades públicas y privadas las subvenciones, donativos y aportaciones oportunas para la realización de los proyectos de la Cátedra en orden a la prosecución de sus fines. La gestión de estos asuntos deberá tener la aprobación previa del Director/a Adjunto/a del Centro Universitario

e) Convocar y presidir el Consejo Asesor.

f) Visar con su firma los documentos acreditativos de las actividades de la Cátedra.

g) Cualesquiera otra que le sea atribuida por este Reglamento.

ARTÍCULO 7. CONSEJO ASESOR

  1. El Consejo Asesor es un instrumento de colaboración y asistencia colegiada al Director/a de la Cátedra en el ejercicio de sus funciones propias, sirviendo de cauce y órgano de participación y corresponsabilidad de sus miembros y colaboradores en la orientación y actividades de la Cátedra.

  2. El Consejo Asesor se rige por el Reglamento de Organización y Funcionamiento, y por el presente Reglamento.

ARTÍCULO 8. FUNCIONES DEL CONSEJO ASESOR

Son funciones del Consejo Asesor:

a) Asesorar al Director/a en la programación, realización y evaluación de los programas y actividades de la Cátedra.

b) Seleccionar, junto con el Director/a, las cuestiones que habrán de ser objeto de estudio por la Cátedra.

c) Asesorar al Director/a en cualquier asunto que éste someta al parecer del Consejo.

ARTÍCULO 9. MIEMBROS DEL CONSEJO ASESOR

  1. Los miembros del Consejo Asesor los nombra el Director/a Adjunto/a del Centro Universitario, oído el parecer del Director/a, por un período de 3 años, que puede ser renovado por períodos sucesivos de la misma duración.

  2. La presidencia del Consejo Asesor recae sobre el Director/a de la Cátedra, y contará con un Secretario y un máximo de 4 vocales.

  3. Los miembros del Consejo se obligan a garantizar el secreto y la confidencialidad de todas las cuestiones debatidas en las reuniones, así como de toda la información obtenida por razón de su pertenencia al mismo.

ARTÍCULO 10. MIEMBROS DE LA CÁTEDRA

Serán miembros de la Cátedra:

a) Miembros propios:

  • El profesorado del Centro Universitario que participe de forma permanente en las actividades de la Cátedra.

  • El Coordinador de Pastoral del Centro Universitario que lo será por cargo.

b) Miembros colaboradores:

  • El profesorado de la Universidad y de otros centros educativos y profesionales de reconocido prestigio que intervengan en actividades de la Cátedra durante el tiempo que duren éstas.

  • Los alumnos de segundo ciclo del Centro Universitario que realicen actividades de investigación o estudio o de asistencia a las mismas, en el seno de la Cátedra.

La condición de miembro propio y de miembro colaborador será aprobada por el Director/a Adjunto/a del Centro Universitario, a propuesta del Director/a de la Cátedra, oído el parecer del Consejo Asesor.

CAPÍTULO III

RÉGIMEN ECONÓMICO Y ADMINISTRATIVO

ARTÍCULO 11. RECURSOS

Para el cumplimiento de sus fines, la Cátedra contará con los siguientes recursos:

a) Los bienes y servicios que con carácter general o temporal el Centro Universitario acuerde poner a disposición de la Cátedra.

b) Las subvenciones obtenidas de entidades públicas o privadas.

c) Los ingresos derivados de las actividades y servicios que pueda prestar la Cátedra.

Es vocación de la Cátedra autofinanciar sus actividades a través de las vías antes mencionadas y cualquiera otras que puedan parecer adecuadas.

ARTÍCULO 12. ADMINISTRACIÓN

La administración de los recursos de la Cátedra se ajustará a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro Universitario.