Un aval es un activo que una persona u organización presenta como garantía en pro de cumplir con una obligación a la que se ha predispuesto.
El avalista:
Que es el dador, firmante u otorgante del aval.
El avalado:
Que es el obligado cambiario en o por cuya cuenta se da el aval.
Poseedor del título:
Qué es la persona que tiene el derecho a efectuar el pago en cabea del avalista, al vencimiento del plazo estipulado para el pago en el título respectivo.
PRESUNCIONES DEL AVAL
Al dorso del documento aparece una firma que no es del beneficiario no es la firma del endoso se trata de la firma del aval, si no menciona nombre del avalado y afirmado más de uno como aceptado de documento se presume que el alcance de aval será para todas las obligaciones de titulo.
Si no se menciona la cantidad se da por entendido que el aval firma por toda la cantidad.
El aval debe expresarse con la formula como aval o su equivalente. Por garantía
El aval se constituye en póliza notarial, y el deudor lo utiliza como garantía del contrato principal, siendo el beneficiario su acreedor.
La fianza por su parte, se constituye como un negocio accesorio y de refuerzo de la garantía del deudor en un contrato, que suele ser un préstamo o un crédito.
ELABORADO POR: HASSAN VASQUEZ LUIS
FUENTE: Pedrosa, S. J. (2020, 12 julio). Aval. Economipedia. Recuperado 18 de octubre de 2022, de https://economipedia.com/definiciones/aval.html