Esta calculadora permite calcular, en base al turno de cada persona, la cantidad de horas nocturnas que debería recibir en la nómina. Las horas nocturnas transcurren entre las 10:00pm y 6:00am.
Pasos a seguir:
Escoge el área al que perteneces en "Seleccionar Área".
Indica qué turno trabajaste en cada día del mes.
Pulsa en el botón de "Calcular"
Para rellenar correctamente los datos de la calculadora, se debe tener en cuenta que:
Se debe de rellenar el mes completo al que se corresponde la nómina. Por ejemplo, para calcular cuánta nocturnidad deberías cobrar a finales de febrero, deberías de introducir en la calculadora todos los días de enero.
La nocturnidad en los días de Vacaciones se abona en un concepto a parte "Nocturnidad en vacaciones", que no se tiene en cuenta en esta calculadora. Debes dejar como "No trabajado" los días de Vacaciones.
La nocturnidad en Asuntos Propios y Permisos Retribuidos SÍ que se abona de igual forma que si el día hubiese sido trabajado, por lo que deberás introducir el turno en esos días igual que si hubieses venido a trabajar.
Para saber exactamente qué horario has hecho cada día según tu turno, puedes consultar el calendario laboral publicado en esta web.
Si hay algún día en el que hayas entrado más tarde o salido antes por cualquier motivo, ten en cuenta que eso podría impactar en tus horas totales de nocturnidad.
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Las horas nocturnas se verán reflejadas en tu nómina bajo el concepto "Nocturnidad", y en la columna de "Cantidad" es donde puedes comparar las recibidas en nómina con lo calculado con esta calculadora: