IEPS
Primera edición: 6 de enero de 2026
Última edición: 21 de enero de 2026
Elaborado por:
Estudiante de la licenciatura de Ciencias Políticas y Administración Pública en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales
Estudiante de la licenciatura de Ciencias Políticas y Administración Pública en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales
Objetivo: el objetivo de esta Wiki es proporcionar al lector una visión general del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), de sus objetivos, el contexto histórico en que se origina, la ley que regula este gravamen, la forma de calcularlo y, sobre todo, sus efectos en la vida cotidiana.
La coyuntura del IEPS
El pasado 1 de enero de 2026 comenzó a aplicarse la actualización del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, que contempla el aumento del gravamen aplicado al tabaco y a las bebidas saborizadas. "Con esta medida se busca aumentar la recaudación fiscal y desincentivar el consumo de productos vinculados a problemas de salud pública" (Medrano, 2026).
El secretario de Hacienda y Crédito Público Edgar Amador había indicado el año pasado que los ingresos obtenidos de esta medida se utilizarían para prevenir y tratar las enfermedades asociadas al consumo excesivo de azúcar y tabaco, como la obesidad, la diabetes, y las afecciones respiratorias (El Cronista, 2025).
Sin embargo, organizaciones como El Consejo para el Desarrollo del Comercio en Pequeño y la Empresa Familiar y el Movimiento Nacional del Contribuyente Social, han señalado que, pese al discurso oficial, no se han encontrado evidencias de que los ingresos generados por el impuesto se destinen a mejorar los servicios de salud pública o que se haya reducido el consumo de estos productos. En su lugar, se tiene "un golpe directo al bolsillo de los mexicanos", pues el alza al Salario Mínimo General (SMG) autorizada para este año no alcanza para cubrir el incremento de los precios (Alavez, 2026).
Este contexto permite cuestionar la validez de las medidas tomadas por el gobierno en materia fiscal, identificando los objetivos del IEPS y evaluando su cumplimiento, ello con el propósito de reflexionar acerca de los logros obtenidos y, en su caso, proponer alternativas que se adecúen al contexto mexicano y ofrezcan mejores resultados. Para lograr lo anterior, a continuación se expondrán tanto los objetivos, como los obstáculos, así como los alcances del IEPS y sus efectos en la población mexicana.
Contexto histórico
El IEPS es creado en 1980 durante la administración de José López Portillo, dentro de un contexto donde resultaba necesario el fortalecimiento de las finanzas públicas nacionales a través de cargar con impuestos la producción, venta o importación de bienes y servicios específicos que se consideran de consumo no deseado; es decir, perjudiciales para la salud o que dañan el medio ambiente. Por ello, el IEPS también entra dentro de la categoría de "impuesto saludable".
El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios fue instaurado durante un contexto de inestabilidad económica marcado por las crisis petroleras características de la gestión de López Portillo. Debido al excesivo gasto público y a las presiones inflacionarias que atravesaba el país, el gobierno reconoció que depender únicamente de los ingresos petroleros generaba una vulnerabilidad estructural (Redacción, 2025).
El sexenio de López Portillo resaltó uno de los problemas más grandes de las finanzas públicas de México hasta ese entonces. La gran crisis generada por el gasto y la crisis petrolera llevo al gobierno mexicano a idear más formas de captar ingresos de manera estable, pues hasta ese punto el presupuesto de egreso dependía fuertemente de los ingresos petroleros. Una de las medidas fue establecer el IEPS. Con este impuesto se buscaría gravar productos cuyo consumo representaba beneficios inmediatos para las arcas públicas y que, además, tenían una demanda inelástica; es decir, se trataba de productos cuyo consumo no se modificaría pese al aumento en precios, como el alcohol, tabaco, los combustibles y las bebidas azucaradas.
De esta forma, el IEPS perseguiría un doble objetivo: uno recaudatorio y otro extrafiscal, los cuales se abordarán más adelante. Tras todo ello, la ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios sería publicada en el Diario de la Federación el 30 de diciembre del 1980.
El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
Como su nombre lo indica, el IEPS es un impuesto especial que se aplica a la producción, venta o importación de gasolinas, alcoholes, cervezas y tabacos principalmente, cuyo objetivo es aportar a los ingresos fiscales de la federación y regular el consumo de ciertos productos que pueden causar un perjuicio social o daño al medio ambiente (productos con altas externalidades negativas) (BBVA México, 2025).
Es un impuesto indirecto, es decir, que no es pagado directamente por los contribuyentes, si no que el monto se traslada al precio de los productos gravados. El dinero recaudado se reparte en programas, gasto público y participaciones a estados y municipios.
Como ya se había mencionado, el IEPS representó una nueva fuente de ingreso para el gobierno federal ante la caída internacional del precio del petróleo durante el sexenio de López Portillo. Desde entonces, el IEPS se ha convertido en uno de los impuestos más importantes para el gobierno mexicano, al aportar un porcentaje considerable a la recaudación federal no petrolera. Según estimaciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, su contribución ha llegado a representar hasta el 8% de los ingresos tributarios en determinados ejercicios fiscales (Redacción 2025). En términos de relevancia recaudatoria el IEPS se coloca sólo por detrás del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Al gravar productos de consumo popular como las bebidas azucaradas (refrescos) o gasolina, el IEPS puede considerarse como un impuesto regresivo; es decir, que afecta más a quienes mayor porcentaje de su ingreso total destinan a la compra de estos productos. En otras palabras, afecta más a los hogares más pobres.
Esto podría parecer una injusticia del sistema fiscal mexicano; sin embargo, este cuenta, al mismo tiempo, con una justificación social que le otorga, al menos hasta cierto punto, la legitimidad necesaria para seguir existiendo y que tiene que ver con su objetivo extrafiscal: desincentivar el consumo de productos con grandes externalidades negativas.
Una externalidad negativa es todo tipo de efectos dañinos para la sociedad, generados por actividades de producción o consumo, las cuales no están presentes en sus costes (Fortún, 2022). Una externalidad negativa se da cuando una acción provoca efectos secundarios nocivos a terceros. Por ejemplo, el consumo de tabaco en áreas públicas puede provocar los mismos efectos nocivos para la salud tanto para quienes fuman como para quienes no (tabaquismo pasivo), de la misma forma en que las emisiones de gases de efecto invernadero de las grandes industrias petroleras terminan por afectar a todo mundo.
De esta forma, el IEPS buscaría desincentivar la producción, venta o importación de todo aquel producto con grandes externalidades negativas; es decir, con efectos secundarios nocivos a terceros ajenos a la acción, y cuyas consecuencias no están consideradas dentro del precio del producto (el precio de un cigarro no contempla los futuros problemas respiratorios del fumador, pasivo o activo). Como se verá más adelante, el gravamen aplicado no es arbitrario, si no que las tasas varían en función del producto en cuestión y se calculan a partir de una fórmula en especial. Tanto las reglas de aplicación del Impuesto, como los sujetos obligados, los actos gravados y los principios básicos del impuesto están contenidos en su ley, la cual se verá a continuación.
Ley del IEPS
La ley del IEPS es el documento legal que se encarga de regular la aplicación del Impuesto Especial sobre la Producción y Servicios a productos como gasolina, alcohol, tabaco y refrescos. Fue publicada el 30 de diciembre de 1980 en el Diario Oficial de la Federación durante la administración de José López Portillo, originalmente estaba compuesta por 27 artículos mas disposiciones transitorias e inicialmente solo gravaba con este impuesto a bebidas alcohólicas, tabacos labrados, gasolina y Diesel y servicios de juegos y apuestas.
Actualmente la Ley del IEPS establece que este impuesto será aplicado a combustibles fósiles como la gasolina, el diésel o el gas natural, bebidas alcohólicas, tabacos labrados, bebidas azucaradas, servicios de juegos, apuestas y sorteos y plaguicidas.
La ley del IEPS contiene y se estructura de la siguiente forma:
Objeto del impuesto: establece los bienes o servicios están obligados al pago de este impuesto, ya sea por venta, producción o importación.
Sujetos del Impuesto: son aquellos que producen, prestan un servicio o importan productos que deben cumplir con el pago de IEPS.
Tasas: Establece el porcentaje a pagar y,
Base gravable: Valor del producto.
La Ley del Impuesto Especial sobre la Producción y Servicios es un ley tributaria federal que forma parte del marco normativo del sistema fiscal mexicano, esta es el documento legal que regula la aplicación, cobro y pago de este impuesto, así mismo también define quienes son sujetos l pago de IEPS, los objetos del impuesto y las tasas impuestas a estos bienes y servicios. Esta ley forma parte del derecho público y pertenece a la rama del derecho fiscal mexicano.
Cálculo del IEPS
Con fundamento en los artículos 2 y 2-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y dependiendo del acto o actividad que se realice, se aplicarán las tasas y cuotas correspondientes. A continuación se presentarán las cuotas o tasas aplicables a los productos y actividades más comunes que son gravados por el IEPS:
Con una graduación alcohólica de hasta 14° se les aplica una tasa del 26.50%
Con una graduación alcohólica de más de 14° y hasta 20° se les aplica una tasa de 30%
Se les aplica una tasa del 53%
Se les aplica una tasa del 200%
Para las bebidas saborizadas con cualquier tipo de azúcares añadidos se pagan cuotas de $3.0818 pesos por litro.
Para bebidas que contengan edulcorantes añadidos se pagan cuotas de $1.5000 pesos por litro.
Se les aplica una tasa del 8%
Se les aplica una tasa del 8%
Se pagará una cuota de $7.3634 pesos por litro
Magna (menor a 91 octanos): se pagará una cuota de $6.7001 pesos por litro.
Premium (mayor o igual a 91 octanos): se pagará una cuota de $5.6579 pesos por litro.
Se les aplica una tasa del 50%
El artículo 14 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios establece que la base gravable para el cálculo de este impuesto estará dada por el valor que se utilice para los fines del impuesto general de importación, adicionado con el monto de las contribuciones y aprovechamientos que se tengan que pagar con motivo de la importación, a excepción del impuesto al valor agregado. Es decir, el IEPS se calcula sobre el precio del producto antes del IVA. De manera resumida, la base gravable de este impuesto es:
Valor en aduana de las mercancías + Impuesto General de Importación + Derecho de Trámite Aduanero = Base gravable del IEPS x % aplicable = IEPS
Ahora bien, el IEPS puede aplicarse, dependiendo del producto en cuestión, de dos formas: como porcentaje o como cuota fija. A continuación se presentan ejemplos para ambos casos.
Imaginemos que se quieren importar 100 botellas de vodka con una graduación alcohólica de 15° y un valor de 20 dólares cada botella, de acuerdo a las cuotas aplicables nos corresponde una tasa del 30%. Además, tenemos una tasa del IGI (Impuesto General de Importación) del 20% y al momento de la importación tenemos un tipo de cambio de $20.05. Además, se pagó un flete de 700 dólares (usd) y un seguro de 50 más.
Lo primero que debemos hacer es realizar el cálculo del valor en aduana, por lo que tendremos que sumar el valor de las botellas más todos aquellos gastos que se realizaron para el transporte de la mercancía, que son los incrementables, quedando de la siguiente manera:
100 botellas x 20 usd = 2,000 usd x 20.05 = 40,100 pesos mexicanos
700 usd flete + 50 usd seguro = 750 usd x 20.05 = 15,038 pesos mexicanos
40,100 valor de la mercancía + 15,038 incrementables = 55,138 pesos mexicanos
Ya que contamos con el valor en aduana debemos calcular el total de IGI y DTA (Derecho de Trámite Aduanero) de la siguiente manera:
55,138 valor en aduana x 20% IGI = 11,028 pesos
55,138 valor en aduana x 0.008 DTA = 441 pesos
Estos dos resultados deberán sumarse al valor en aduana en pesos para determinar la base gravable del IEPS, tal como lo marca el artículo 14 antes mencionado.
55,138 valor en aduana + 11,028 IGI + 441 DTA = 66,607 base gravable del IEPS
Finalmente, y basándonos en el caso práctico que estamos analizando, nos indica que por la graduación alcohólica que presentan las botellas de vodka debemos pagar un 30% de impuesto especial, por lo tanto, debemos multiplicarlo por la base gravable ya obtenida:
66,607 base gravable x 30% IEPS = 19,982 pesos mexicanos
De esta manera llegamos a la conclusión de que debemos pagar 19,982 pesos de impuesto especial por las 100 botellas de vodka a importar (Sahagun, 2023).
Ahora bien, para obtener el precio final del producto faltaría sumarle el porcentaje del IVA, el cual se calcula sobre el precio total con IEPS (este último paso es opcional, pues lo que nos interesa conocer ya lo hemos calculado; sin embargo, más adelante servirá para mostrar un punto fundamental). Para ello, vamos a calcular el valor unitario de cada botella.
66,607 base gravable + 19,982 de IEPS = 86,589 pesos de subtotal con IEPS de las 100 botellas
86,589 de subtotal / 100 botellas = 865.89 pesos por botella
Ahora que conocemos el valor unitario de cada botella con IEPS, podemos obtener el IVA que se calcula sobre el subtotal por botella:
865.89 pesos por botella x 16% IVA = 138.5424 pesos mexicanos
865.89 pesos por botella + 138.5424 = 1,004.4324 por botella
De esta manera podemos saber que el precio final al consumidor por una botella de vodka será de 1,004.4324 pesos.
Este último paso permite comprender una cosa que hasta ahora había pasado como desapercibida: el consumidor final de estos productos tiene que pagar dos impuestos, el IEPS y el IVA.
Para calcular el IEPS a partir de cuotas fijas no es necesario obtener una base gravable. En el caso de las gasolinas, basta con multiplicar la cantidad de litros importados o enajenados por la cuota correspondiente. Para ello, es necesario tener presente la cuota para cada tipo de combustible:
Magna (< 91 octanos): $6.7001 pesos por litro
Premium (≥ 91 octanos): $5.6579 pesos por litro
Por ejemplo, imaginemos que vamos a importar 1000 litros de gasolina Magna. En ese caso tendríamos que multiplicar los cien litros por la cuota correspondiente:
1000 x 6.7001 = 6,700.10 pesos de IEPS
Ahora calcularemos el IEPS para 480 litros de gasolina Premium. Para ello seguiremos el mismo procedimiento:
480 x 5.6579 = 2,715.792 pesos de IEPS
De la misma manera que en el ejemplo anterior, es posible calcular el IVA correspondiente para obtener el precio final a pagar por ese número de litros. Si es del interés de las y los lectores, y buscando fortalecer su comprensión del tema, les invitamos a realizar el cálculo por su cuenta. ¡Ánimo!
Análisis recaudatorio y distributivo
El presente análisis se realizará en torno al cumplimiento de los objetivos que persigue el Gobierno Federal con la aplicación del IEPS, los cuales, de acuerdo con lo visto hasta ahora, son: 1) el objetivo fiscal que contempla el aumento de ingresos para la federación, cuyo periodo se sitúa para el primer trimestre de 2025; y 2) el objetivo extrafiscal, con el que se busca desincentivar el consumo de productos cuyo consumo genera con grandes externalidades negativas para la salud y el medio ambiente.
De acuerdo con el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP) de la Cámara de Diputados, durante el primer trimestre de 2025, los ingresos derivados del IEPS reflejaron una dinámica compleja y diferenciada entre sus componentes. Este comportamiento evidencia los límites del IEPS como instrumento recaudatorio cuando se orienta también a objetivos de salud pública y regulación del consumo.
Durante el primer trimestre de 2025, los ingresos derivados del IEPS totalizaron 154 mil 166.6 millones de pesos (mdp), lo que representó una caída respecto a lo programado en 23 mil 535.1 mdp, lo que representó una variación negativa del 13.2 por ciento. Si se compara con lo obtenido en igual lapso de 2024, se observa que disminuyó 6.0 por ciento a valor real.
La caída total de 13.2 por ciento respecto a lo programado se explica casi en su totalidad por la disminución en la recaudación del IEPS a gasolinas y diésel, resultado de medidas gubernamentales dirigidas a contener los precios de los combustibles, como la fijación de un precio tope para la gasolina Magna mediante el otorgamiento de estímulos fiscales. Estas decisiones, si bien persiguen objetivos sociales y de estabilidad económica, tienen un impacto directo en la recaudación y generan desafíos para la sostenibilidad fiscal.
En el periodo de análisis, se observa que el IEPS a Gasolinas y Diésel, captó en este periodo 86 mil 935.8 mdp, cifra inferior a la programada en 23 mil 205.8 mdp, mientras que, si la comparación se realiza contra lo captado en igual trimestre del año anterior, la reducción es de cinco mil 156.4 mdp.
Por su parte, la recaudación asociada a combustibles fósiles (carbón, combustóleo, gas natural no destinado a procesos de cogeneración eficiente, entre otros), durante el primer trimestre de 2025, ascendió a dos mil 449.6 mdp, cifra inferior a la programada en 218.9 mdp. Esta situación significó que se recaudara 8.6 por ciento menos, si se compara con lo obtenido un año antes. Lo que sugiere la necesidad de revisar los supuestos de estimación, así como considerar posibles cambios estructurales en el patrón de consumo energético.
En contraste, los ingresos por IEPS a productos distintos de combustibles mostraron mayor estabilidad, aunque con resultados mixtos entre los diferentes bienes gravados. Los tabacos labrados superaron lo programado en 483.1 mdp, al igual que bebidas alcohólicas con 300.8 mdp adicionales, lo que refleja una demanda sostenida pese a su naturaleza nociva. Por el contrario, la recaudación del IEPS a cerveza se situó por debajo de lo programado en 135.2 mdp, mientras que los juegos con apuestas y sorteos, las telecomunicaciones y los plaguicidas también mostraron desviaciones negativas frente al programa, por 28.1 mdp, 101.5 mdp y 33.2 mdp, respectivamente.
A pesar de las variaciones, el ingreso obtenido por el IEPS sigue siendo importante. Tal es la cantidad de ingresos obtenidos por este medio que, junto al ISR (Impuesto Sobre la Renta) y el IVA (Impuesto al Valor Agregado, forma parte de los tres llamados “pilares fundamentales” del sistema tributario mexicano.
Para realizar esta apartado se retomaron los datos arrojados por la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares 2024, cuyo objetivo es proporcionar un panorama estadístico del comportamiento de los ingresos y gastos de los hogares en cuanto a su monto, procedencia y distribución. A partir de ello podremos determinar por qué es que se dice que el IEPS es un impuesto regresivo, y en qué medida, de acuerdo con los datos obtenidos, ha logrado disminuir, o no, el consumo de los productos con externalidades negativas. Para ello se retoman dos tablas y un gráfico, elementos muy importantes para nuestro fin.
El primer gráfico muestra el ingreso corriente de los hogares ordenados por deciles. Un decil permite ordenar al universo de datos en 10 partes iguales. En este caso, el decil I concentra a los hogares con menor ingreso trimestral y el decil X aquellos con mayor ingreso.
La segunda gráfica muestra los rubros de gasto de los hogares por trimestre. De la misma manera, se agrupan los gastos por categorías y se ordenan de mayor a menor según la cantidad de dinero que las familias destinan a ese rubro. El tercer gráfico muestra los datos de la gráfica anterior de manera visual y ordenada.
Y el cuarto gráfico muestra el porcentaje de gasto en bienes gravados por el IEPS según el decil de ingresos.
Tras observar detenidamente lo anterior es posible afirmar una cosa: el gasto corriente monetario promedio de los hogares del primer decil en los cinco periodos que contempla el análisis de la ENIGH (2016-2024) rebasa completamente el ingreso percibido por ese mismo decil en cualquiera de los periodos considerados. El segundo y tercer decil superan, por muy poco ese umbral. Por si no fuera poco, el rubro de alimentos, bebidas y tabaco es al que más se destinan ingresos.
Ernst Engel, economista alemán, estableció que a medida que los ingresos de un hogar aumentan, el porcentaje de ese ingreso que se destina a alimentos disminuye, aunque el gasto total en alimentos puede aumentar en términos absolutos; esto implica que las familias más pobres gastan una mayor proporción de su presupuesto en comida, lo que la convierte en un indicador del nivel de vida.
Tomando en consideración lo anterior y con ayuda de las gráficas, se puede advertir que los hogares de los deciles más pobres (los primeros tres) destinan un porcentaje mayor de sus ingresos al consumo de alimentos, bebidas y tabacos, gravados por el IEPS, que los deciles superiores, cuyo gasto promedio es el mismo, pero representa un porcentaje menor de sus ingresos. Debido a ello el IEPS es un impuesto regresivo, pues aunque aplica una tasa fija, afecta más a los hogares más pobres, pues destinan más de sus ingresos en consumir alimentos que, a su vez, están gravados por el impuesto.
Asimismo, es posible advertir que el IEPS como herramienta para desincentivar el consumo se queda muy por debajo de las expectativas, pues los resultados de las encuestas han mostrado que entre los productos más consumidos se encuentran los alimentos no esenciales, las bebidas azucaradas y el tabaco. Esto se debe, en gran medida, a que los productos gravados son de oferta inelástica, es decir, aunque aumente su precio los consumidores seguirán comprándolos.
Conclusión
Aunque el IEPS está diseñado para desincentivar el consumo de productos nocivos (bebidas azucaradas, alimentos de alta densidad calórica, tabaco y gasolinas), los datos del INEGI demuestran que los hogares más pobres concentran la mayor parte de su presupuesto en categorías que incluyen estos productos gravados. Esta disparidad es el núcleo de por qué el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) actúa como un impuesto regresivo.
En términos prácticos, los hogares con menos recursos "consumen" más impuestos en proporción a lo que ganan. Como estos productos suelen tener una demanda inelástica (es decir, la gente los sigue comprando a pesar de que suban de precio por ser parte de su dieta básica o por falta de alternativas económicas), el impuesto no siempre reduce el consumo en los sectores pobres, sino que simplemente reduce su capacidad de gasto en otras áreas vitales como educación o salud.
En tanto que los hogares más pobres destinen más de la mitad de su salario a la adquisición de bienes básicos que están gravados por el IEPS, el sistema tributario continuará ejerciendo una presión desproporcionada sobre la base de la pirámide social, perpetuando un ciclo donde quienes menos tienen, proporcionalmente, más contribuyen al pago de impuestos indirectos.
Referencias
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Redacción. (2025). IEPS impuesto en México: origen, propósito e impacto en la política fiscal - Petróleo y Energía. Petróleo y Energía - Es una propuesta editorial informativa de vanguardia entre todos los sectores que confluyen en el mercado nacional e internacional. Recuperado el 11 de enero de 2026, de: https://petroleoenergia.com/sectores/ieps-impuesto-en-mexico-origen-proposito-e-impacto-en-la-politica-fiscal/
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