Según el Decreto Supremo N°67, en circunstancias especiales, las personas migrantes carentes de recursos pueden recibir asistencia médica, independiente de su situación migratoria.
Toda persona independiente de su situación migratoria tiene derecho a recibir atención en el servicio público de salud.
Las personas migrantes que no poseen RUN quedaran cubiertas bajo la categoría FONASA Tramo A y para atención debe dirigirse al centro de salud público más cercano a su domicilio.
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📌 Link directo a la página de Ley Chile en el apartado del Decreto N°67: http://bcn.cl/2mvjy
Es el Fondo Nacional de Salud y cubre a quienes pagan sus cotizaciones mensualmente y también a quienes no, ya que es un sistema de manera solidaria.
Si la persona migrante tiene su visa vencida o tiene una situación irregular, además no tiene recursos ni seguro de salud, puede solicitar en FONASA ser inscrito(a) como categoría A, esto mediante una declaración jurada que debe ser solicitada en el Centro de Salud u Hospital.
Con lo anterior, le asignaran un número identificador provisorio, el cual tiene duración de un año.
No será cobrada la atención que reciba.
Pueden acceder a todos aquellos centros de salud primaria, servicios de urgencia, postas y hospitales públicos (se excluyen clínicas, centros médicos, laboratorios y consultas médicas privadas).
Las personas migrantes que poseen un contrato de trabajo o que cotizan de manera independiente, y sus familiares directos (cónyuge, hijas, hijos y otras personas reconocidas como cargas familiares) tienen acceso a salud a través de FONASA o ISAPRES.
En caso de urgencia médica con riesgo de perder la vida, toda persona migrante tiene derecho a ser atendida en cualquier centro médico, sin importar su situación migratoria.
Todas las mujeres tienen derecho a controles médicos durante su embarazo, en el proceso de parto y en el período postnatal, esto sin importar su situación migratoria. Además, tienen derecho a ser beneficiarias de campañas o medidas preventivas de salud.
📌 Si la persona migrante se encuentra embarazada y tiene una situación migratoria irregular tiene derecho a pedir una visa temporaria por embarazo*.
En el sistema público de salud, las y los menores de 18 años, aún cuando se encuentren en situación migratoria irregular, tienen derecho a:
Acceder a todas las prestaciones de salud que requieran.
Control anual de crecimiento del niño hasta los 9 años (conocido como "control del niño sano") y todas las prestaciones de Chile Crece Contigo.
Pueden optar a vacunarse de forma gratuita y voluntaria todas las personas que se encuentren en el territorio nacional, solo excluyendo a quienes se encuentren en el territorio como turistas.
Personas migrantes con situación irregular si pueden vacunarse, el documento de identificación puede ser el pasaporte, incluso el carnet del país de origen.
A continuación un folleto realizado por ACNUR en relación a la prevención de VIH y acceso a servicios de salud integral. Este folleto fue realizado con el objetivo de ser información para personas refugiadas y migrantes en Chile.
En el folleto podrás encontrar un apartado sobre:
✔ Cómo registrarse en el sistema de salud en Chile
✔ Cómo acceder a métodos de prevención de embarazos
✔ Ayuda en caso de violencia de género
✔ Información básica de VIH
✔ Importancia sobre la prueba de VIH / cómo hacerse la prueba de VIH /acceso a TARV
✔ Dónde acudir para iniciar el tratamiento antirretroviral (TARV)
Aquí podrás encontrar un Manual para solicitantes de refugio y migrantes LGBTIQ+, el cual fue realizado por la Red Nacional de Refugiados y Migrantes LGBTIQ+ en colaboración con la Red nacional de municipalidades con oficinas de diversidad, inclusión y no discriminación.