Antecedentes del Estado de Costa Rica

1. Periodo 1809-1821

La Provincia de Costa Rica fue elevada en 1809 al rango de Provincia de España con características diferentes a las que anteriormente tenía, pues España le otorgó la calidad de ciudadanos a los habitantes libres de sus reinos en América y por ende les dio representatividad en la Junta Central. Así cuando la Junta Central convocó a Cortes, Costa Rica, como las otras posesiones españolas eligió su diputado en unión con el Partido de Nicoya, lo que les permitió a ambos territorios poco poblados nombrar conjuntamente un diputado a Cortes. El ciudadano escogido fue el presbítero don Florencio del Castillo. (Obregón Quesada, 1999, p. 17)

En estas Cortes se elaboró y aprobó la Constitución de Cádiz el 19 de marzo de 1812. Esta Constitución creó las Diputaciones Provinciales, entre las cuales surgió la Diputación Provincial de Nicaragua y Costa Rica, formada por cuatro diputados de Nicaragua y tres de Costa Rica. Su sede estuvo en León de Nicaragua y su presidente fue el Jefe Político Superior Miguel González Saravia (1813-1814). Al ser suspendida la Constitución de Cádiz, durante el periodo absolutista de Fernando VII (1814-1820), las diputaciones quedaron sin efecto, pero fueron reinstaladas en 1820, por lo que el proceso final de la independencia de México y Centroamérica se dio en el marco de las diputaciones provinciales. La Diputación Provincial de Nicaragua y Costa Rica se independizó de España el 11 de octubre de 1821, el mismo día que se anexó al Imperio Mexicano.

Debido a que cada Diputación Provincial tenía independencia política, administrativa y económica, la Diputación Provincial de Guatemala no podía opinar por el resto de Centro América, pero en un esfuerzo desesperado por quedarse con el liderazgo en el punto 8º del Acta que suscribió el 15 de setiembre se autonombró representante del resto de Centro América. El gesto fue muy mal visto por las otras Diputaciones, por lo que la de Comayagua y la de Nicaragua y Costa Rica reaccionaron en forma semejante y le recordaron a Guatemala que eran independientes de ella. (Ob. cit., p. 19)

2. Costa Rica como provincia del Imperio de México, 1821-1823

Después de firmarse el acta del 11 de octubre, la Provincia de Costa Rica se abocó a su organización interna. El Jefe Político de la Provincia fue don Juan Manuel de Cañas y Trujillo, del 13 de octubre al 12 de noviembre de 1821, y el lugar de residencia del gobierno era Cartago. Después de esta fecha y debido a la disputa que se dio entre los líderes de Cartago, que defendían la anexión a México, y los de San José, que deseaban la independencia absoluta, se decidió constituir una Junta de Legados de los Pueblos que ejerció el mando del 12 de noviembre al 1º de diciembre y su presidente fue el presbítero Nicolás Carrillo Aguirre.

Por iniciativa de los representantes de San José, la Junta decidió separar a Costa Rica de la Diputación que constituía con Nicaragua y elaboró el Pacto Social Fundamental de la Provincia de Costa Rica o Pacto de Concordia, firmado el 1º de diciembre de 1821. (Ob. cit., p. 24)

Hasta marzo del 23, el gobierno fue ejercido por varias juntas y tuvo su sede en Cartago. Del 1º de diciembre de 1821 al 5 de enero de 1822, ejerció una Junta Interina cuyo presidente fue el presbítero Pedro José Alvarado y Baeza. Esta junta eligió a los miembros de una Junta Electoral, la cual reformó el Pacto de Concordia para contar con un marco legal en el cual funcionara la anexión a México, que ya los Ayuntamientos habían aprobado.

Con la reforma al Pacto se inició un periodo en que la soberanía residía en México, país al que la Provincia de Costa Rica se había anexado y por lo tanto el marco político que se tuvo fue el que México tenía vigente, pero internamente Costa Rica seguía rigiéndose por el Pacto de Concordia. (Ob. cit., p. 26)

El Pacto establecía que la Junta Superior Gubernativa residiría tres meses en cada una de las cuatro ciudades importantes: Cartago, San José, Alajuela y Heredia, y que el Presidente debía ser electo cada tres meses. La Junta Superior Gubernativa que estuvo a cargo del 13 de enero al 31 de diciembre de 1822 rotó entre las ciudades, excepto por Heredia, ya que esta había decidido mantenerse unida a León. Los presidentes fueron, en este orden: Rafael Barroeta Castilla, Santiago Bonilla y Laya Bolívar, José María Peralta de la Vega y José Rafael Gallegos Alvarado.

El 31 de enero de 1821 la Junta convocó a elecciones para elegir a los diputados que representarían a Costa Rica en el Congreso Constituyente que iba a redactar la Constitución del Imperio mexicano; pero el emperador Iturbide cerró el Congreso y esto generó en Costa Rica profundas divisiones, en medio de las cuales se eligió la segunda Junta Superior Gubernativa, que rigió del 1º de enero al 14 de marzo de 1823 y fue presidida por José Santos Lombardo Alvarado. Durante este periodo se instituyó en Cartago un Congreso Constituyente para que examinara la situación de la anexión a México. El Congreso aprobó el 8 de marzo un decreto que decía: "La Provincia de Costa Rica se halla absolutamente libre e independiente de toda potencia y por consiguiente en el uso de sus derechos y el Congreso actual en ejercicio de su soberanía" (citado en Obregón Quesada, 1999, p. 28).

3. Autonomía de la Provincia de Costa Rica, 1823-1824

El Congreso Constituyente del Estado de Costa Rica puso en vigencia el Primer Estatuto Político de la Provincia de Costa Rica, que fue adoptado el 17 de marzo y sustituyó al Pacto de Concordia. El Estatuto estableció que la Provincia sería gobernada por un Triunvirato, para el cual se eligieron representantes de las tres tendencias políticas: la republicana, la monárquica y la indecisa. El presidente del Triunvirato fue Rafael Francisco Osejo y su residencia estuvo en Cartago. Sin embargo, el 29 de marzo el líder de la tendencia anexionista de Cartago, Joaquín de Oreamuno, decidió tomar el poder por la fuerza:

Oreamuno y sus seguidores dieron el primer golpe de Estado en la historia del país, dando inicio a una etapa en que un líder anexionista, Oreamuno y otro republicano: [Gregorio José] Ramírez, con sus respectivas fuerzas, se disputaron la suerte del país. (Ob. cit., p. 30)

Mientras que Joaquín de Oreamuno se erigió en Comandante de Armas de la Provincia, los josefinos y alajuelenses nombraron, el 1º de abril, a Gregorio José Ramírez también Comandante de Armas, por lo cual durante cuatro días hubo dos gobiernos en el país. Sin embargo, Ramírez derrotó a Oreamuno el 5 de abril en Ochomogo y quedó como el único Comandante de Armas de la Provincia, puesto que ejerció hasta el 16 de abril. Ramírez convenció a los heredianos de que se integraran a la Provincia, logrando con esto la unificación del país. Seguidamente se eligieron los miembros para un Congreso Constituyente que se hizo cargo del poder del 16 de abril al 10 de mayo de 1823 y fue presidido por José María Peralta de la Vega. Este Congreso confirmó a Ramírez en el cargo de Comandante General de Armas, ordenó que la residencia del gobierno fuera en San José y emitió, el 16 de mayo, el Segundo Estatuto Político de la Provincia. Este nuevo Estatuto establecía que el gobierno sería ejercido por una Junta Superior Gubernativa, integrada por cinco individuos y dos suplentes, y que la Asamblea nombraría además un Jefe Político, un Intendente y un Comandante General de Armas.

La Junta Superior Gubernativa gobernó del 10 de mayo de 1823 al 8 de setiembre de 1824 y su presidente fue el presbítero Manuel Alvarado Hidalgo. Fue en este periodo que los diputados de Guatemala y El Salvador, en ausencia de los de Honduras, Nicaragua y Costa Rica, inauguraron el Congreso para la conformación de la Federación de las provincias centroamericanas. Ya convertido en Asamblea Nacional Constituyente, se integraron los diputados de Honduras y Nicaragua. Los de Costa Rica lo hicieron el 4 de marzo de 1824 y aceptaron las Bases Constitutivas de la República Federal de Centroamérica.

Una vez que la Provincia optó por la Federación, al aceptar sus diputados las Bases constitutivas de la misma (...), también aceptó formar parte de las PROVINCIAS UNIDAS DEL CENTRO DE AMÉRICA, nombre que se le dio a la primera unión y como consecuencia de ello se comprometió a elegir a las autoridades interinas del Estado, las que llevarían a este a la estructuración de una República Federal. Se convocó a elecciones para elegir al Jefe y Vicejefe interinos del Estado. El 20 de agosto los electores eligieron a los ciudadanos Juan Mora y Mariano Montealegre para los cargos de Jefe y Vicejefe de Estado Interinos. (Ob. cit., p. 35)

4. La República Federal de Centro América, 1824-1825

La Asamblea Nacional Constituyente emitió el 22 de noviembre de 1824 en Guatemala la Constitución Federal, la cual establecía que en cada Estado existiría un Poder Ejecutivo, ejercido por un Jefe nombrado por el pueblo, un Poder Judicial compuesto por una Corte Superior de Justicia, un Consejo Representativo compuesto por representantes de elección popular que sancionarían las leyes, y un Poder Legislativo, que residiría en una Asamblea de representantes de elección popular. La función de la primera Asamblea sería redactar la Constitución particular a cada Estado.

Durante el primer gobierno interino de Juan Mora Fernández se emitió la Ley Fundamental o Constitución del 25 de enero de 1825, que establecía el sufragio de tercer grado con base en la Constitución de Cádiz. La Ley Fundamental creó, además de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, un Poder Conservador, que estuvo encargado de ejercer el control constitucional. También especificó los derechos humanos y abolió los fueros eclesiástico y militar.

La Ley Fundamental estableció que el Estado se denominaría ESTADO LIBRE DE COSTA RICA y que para ser Jefe o Vicejefe se requeriría ser natural de la República y ciudadano en ejercicio de sus derechos, seglar, mayor de treinta años y tener una propiedad que no bajase de mil pesos, o una renta anual de doscientos o ser profesor de alguna ciencia. El Jefe y el vicejefe durarían en sus cargos cuatro años pero podían ser reelegidos una vez sin intervalo alguno. (Ob. cit., p. 37)

Fuentes:Monge Alfaro, Carlos. 1974. Historia de Costa Rica. 13ª ed. San José: Librería Trejos.Obregón Quesada, Clotilde. 1999. Nuestros Gobernantes. San José: Editorial de la Universidad de Costa Rica.