Promulgado el 15 de septiembre de 1889 y vigente desde el 1 de enero de 1890, este código es la base del derecho mercantil en México. Establece las disposiciones generales sobre actos de comercio, comerciantes, contratos mercantiles y procedimientos judiciales relacionados.
Código de Comercio [CCo] Diario Oficial de la Federación [D.O.F.] 06 de junio de 2006. México. Según el artículo 3°. Se reputan en derecho comerciantes:
I.- Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria.
II.- Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles.
III.- Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.
Este artículo establece quiénes son considerados comerciantes en México, según el Código, se consideran comerciantes a las personas que tienen la capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria, así como las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles.
Algunos de los artículos más importantes en esta área, se resumen en el siguiente párrafo:
El Código de Comercio, a través de sus artículos 16, 18, 21, 33 y 75, establece el marco legal fundamental para la actividad mercantil, exigiendo la inscripción de actos comerciales en el Registro Público de Comercio, este describe la forma de publicación, definiendo las funciones de dicho registro, instaurando folios electrónicos para el seguimiento de operaciones, requiriendo la observancia de una contabilidad rigurosa y enumerando los actos considerados comerciales; todo ello con el propósito de asegurar el cumplimiento normativo y la correcta administración empresarial.