Funcionamiento
Dicho sistema actúa mediante el empleo de Cuentas Personales para registrar las interacciones de los involucrados dentro de la Red de Intercambio. Allí, en la cuenta personal de cada miembro adherente, se registran los datos de: a- el solicitante y del oferente (consumidor y productor respectivamente), b- la labor o producto que los vincula, c- los valores correspondientes a la interacción realizada, donde el monto que se corresponde con honorarios -o mano de obra- del individuo que realiza la labor será el valor del intercambio, mientras que los importes correspondientes a todo lo que no se encuentre incorporado dentro del circuito de la red (materias primas, insumos, alquileres, servicios de energía, servicios de comunicaciones, servicios de transporte, impuestos estatales, cargas sociales, etc.), son cotizados en valor de la moneda corriente y están bajo cargo del individuo que solicita -o demanda- el servicio y/o producto.
De este modo, quien realiza la labor quedará con saldo a favor –acreditado-, y quien solicita la prestación quedará con el mismo saldo en contra -o debitado-. En realidad, es más correcto decir que el individuo que consume un servicio -el solicitante- queda comprometido a devolver, posteriormente, el mismo valor de su consumo previo, realizándolo hacia cualquier otro individuo de la Red que le solicite la labor que éste -el solicitante o deudor- ofrece en la Red dentro de la sección “Rubros” -o servicios y productos del SAI-.
Pautas de ingreso
-Se requiere tener buenos antecedentes de conducta vecinal o comunitaria. En el caso de que un individuo ya tenga hábitos de conducta dudosa -o mala- y/o ya cuente con antecedentes delictivos o penales, la RDD puede rechazar su ingreso -o dar de baja su adhesión- ya que los valores Éticos Humanos son elementales para poder funcionar dentro de esta Red.
-El Ingreso al SAI es gratuito, es decir, no se compran créditos al ingresar ni tampoco se venden créditos al salir del sistema o circuito.
-Los Créditos de Intercambio no representan una “mercancía o capital” porque no se rigen por la normativa marítima o comercial -o de almirantazgo- sino que se basan en la Ley Natural -o Divina- que establece al Ayni -o Reciprocidad- como al sistema económico cosmológico por excelencia, debido a que todo en la Naturaleza opera mediante el intercambio de energía -espiritual- entre las partes que componen una biósfera o un sistema mayor del cual dependen -Madre Tierra o Cosmos-.
-Al ingresar se reciben créditos iniciales los cuales serán decididos en base al Consenso Asambleario por parte del grupo administrador responsable del SAI-RDD o por la Asamblea Comunitaria que active una réplica del SAI en forma local.
-La Cantidad de Crédito Inicial asignada a los adherentes del SAI es, en principio, de: II 3.333 (tres mil trescientos treinta y tres Créditos de Intercambio). Luego de cumplido el período de fase experimental del SAI, este valor del Crédito Inicial puede ser reevaluado.
-La valoración del Intercambio entre los prosumidores se acuerda y establece entre éstos mismos (solicitante y oferente), generalmente se toma de referencia a los valores o cotizaciones que existen en el mercado comercial actual.