La Norma AZ 2003 establece el sistema de codificación de tres letras a utilizar para la nomenclatura de las ciudades dentro de una micronación. El objetivo es garantizar una identificación única y estandarizada para cada ciudad, facilitando su reconocimiento y comunicación tanto a nivel nacional como internacional.
2.1 Esta norma se aplica a todas las ciudades dentro del territorio de una micronación oficialmente reconocida.
2.2 El código de tres letras asignado a cada ciudad se utilizará en diversos contextos, como la comunicación oficial, la identificación de documentos y otros fines relacionados.
3.1 El código de tres letras asignado a una ciudad deberá ser único y no podrá coincidir con el código asignado a otra ciudad dentro de la misma micronación.
3.2 El código de tres letras se basará en las iniciales del nombre oficial o comúnmente utilizado de la ciudad.
3.3 En caso de que varias ciudades compartan las mismas iniciales, se asignará un sufijo numérico secuencial para diferenciarlas.
4.1 La asignación del código de tres letras para cada ciudad será responsabilidad de la autoridad competente designada por la micronación correspondiente.
4.2 La autoridad competente llevará un registro actualizado de los códigos asignados a las ciudades, asegurando la unicidad y disponibilidad de los mismos.
4.3 Se establecerá un procedimiento de solicitud y asignación de códigos de ciudades, el cual deberá ser cumplido por aquellos que busquen obtener un código único para su ciudad.
5.1 El código de tres letras asignado a cada ciudad deberá ser utilizado en la comunicación oficial, la identificación de documentos y otros fines relacionados dentro del ámbito de la micronación.
5.2 El código de ciudad se podrá utilizar en direcciones postales, registros administrativos, documentos legales y cualquier otro contexto en el que sea necesario identificar y diferenciar a las ciudades.
Esta norma, AZ 2003 - Código de Ciudades, entrará en vigor a partir de la fecha de su aprobación y será aplicable a todas las ciudades dentro de las micronaciones oficialmente reconocidas a partir de esa fecha. Las ciudades existentes deberán ajustarse a esta norma en un plazo razonable para garantizar la adopción del código de tres letras como estándar de identificación único.