La Norma AZ 1004 establece la nomenclatura y el sistema de denominación de las disposiciones en el Reino de Azuria, con el fin de promover la claridad, la consistencia y la comprensión de las diferentes normativas emitidas por las autoridades competentes.
2.1 Esta norma se aplica a todas las disposiciones emitidas por las autoridades competentes del Reino de Azuria, incluyendo decretos, órdenes, resoluciones y cualquier otra forma de normativa.
2.2 Esta norma no se aplica a las leyes, reglamentos o actos normativos de carácter legislativo.
3.1 Las disposiciones en el Reino de Azuria serán denominadas de manera clara y concisa, utilizando un sistema de numeración y títulos descriptivos.
3.2 El sistema de numeración se basará en un código alfanumérico que permita identificar de manera única cada disposición. Este código incluirá un prefijo que indique el tipo de disposición y un número secuencial asignado en el orden de emisión.
3.3 Los títulos de las disposiciones deberán reflejar su contenido de manera precisa y objetiva, evitando ambigüedades y términos confusos.
4.1 El código alfanumérico de cada disposición se dividirá en secciones separadas por guiones. Por ejemplo: DISP-AZ-1004.
4.2 El prefijo "DISP-AZ" será utilizado para identificar todas las disposiciones emitidas en el Reino de Azuria.
4.3 El número secuencial se asignará en orden ascendente a medida que se emitan nuevas disposiciones.
4.4 El título de la disposición se colocará después del código alfanumérico y deberá describir de manera concisa el tema principal de la normativa.
5.1 El Departamento de Legislación y Registro será responsable de mantener un registro actualizado de todas las disposiciones emitidas, incluyendo su código, título y fecha de emisión.
5.2 Cualquier modificación, derogación o anulación de una disposición existente deberá ser debidamente registrada y reflejada en el registro oficial de disposiciones.
Esta norma, AZ 1004 - Nomenclatura de Disposiciones, entrará en vigor a partir de la fecha de su aprobación y será aplicable a todas las disposiciones emitidas después de esa fecha. Las disposiciones existentes no serán afectadas por esta norma, a menos que sean modificadas, derogadas o anuladas.