Definición Operacional
Caso Probable:
Lactante menor que presente una o más de las siguientes alteraciones, defectos o malformaciones:
Auditivas: hipoacusia neurosensorial
Patología ocular congénita: catarata congénita, nistagmus, estrabismo, microftalmia, glaucoma congénito, retinopatía pigmentaria
Enfermedad cardiaca congénita: persistencia del conducto arterioso, estenosis de la arteria pulmonar, Tetralogía de Fallot, estenosis aórtica, comunicación interventricular, comunicación interauricular
Hematopoyética: púrpura trombocitopénica
Neurológicas: microcefalia, retraso en el desarrollo psicomotor.
Acciones Ante Casos Probables
Detección y atención de casos probables.
Notificar de manera inmediata al nivel superior los casos probables de acuerdo a lo establecido en la NOM-017-SSA2-2012 (en las primeras 24 horas de su conocimiento por los servicios de salud).
Notificar la totalidad de los casos probables a la jurisdicción sanitaria, a través del “Informe Semanal de Casos Nuevos de Enfermedades” SUIVE-1
Elaborar el estudio epidemiológico de caso correspondiente y enviarlo a la jurisdicción sanitaria para su captura en la plataforma
Tomar muestras de sangre y exudado faríngeo al 100% de los casos y enviarlas a la jurisdicción sanitaria o equivalente
En casos con muestras de sangre con resultado serológico positivo IgM a sarampión o rubéola, deberá tomarse una segunda muestra dos semanas después de la fecha de la primera toma; excepto cuando se tenga un resultado positivo de PCR