El Pacto de San José, o Convención Americana sobre Derechos Humanos, adoptado en 1969, establece un conjunto de derechos y libertades fundamentales y crea un sistema para la protección de los derechos humanos en las Américas.
Disposiciones sobre la Pena de Muerte
- Artículo 4: Derecho a la Vida:
- Artículo 4.1: Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.
- Artículo 4.2: En países que no han abolido la pena de muerte, esta solo podrá imponerse por los delitos más graves y de acuerdo con una ley anterior a la comisión del delito.
- Artículo 4.3: No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido.
- Artículo 4.4: No se aplicará la pena de muerte por delitos políticos ni comunes conexos con los políticos.
- Artículo 4.5: No se impondrá la pena de muerte a menores de 18 años, mayores de 70, ni a mujeres en estado de gravidez.
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