Pincha AQUÍ para acceder a información actualizada sobre violencia machista publicada en la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género del Ministerio de Igualdad
¿A qué llamamos violencia de género?
Las distintas denominaciones de los malos tratos producen cierta confusión. En 2004 se aprobó la actual ley contra la violencia de género con la intención de aumentar la protección de las mujeres que sufrían malos tratos por parte de sus parejas y exparejas y sensibilizar a la sociedad acerca de este problema. Empleamos indistintamente conceptos como violencia de género, violencia doméstica, de pareja, hacia las mujeres, o sexista. Pero no significan lo mismo. No es igual hablar de violencia de género que de violencia doméstica, porque una apunta a la mujer y la otra a la familia como sujetos de referencia. La violencia de género, o violencia machista, es aquella que se produce contra la mujer “por el hecho de serlo”, tanto dentro como fuera de casa, en el trabajo o en cualquier ámbito de la vida pública.
¿Qué es la violencia doméstica?
La violencia doméstica es la que se produce en el “domo”, la casa, el hogar. Y la puede ejercer y sufrir cualquiera de los miembros del núcleo familiar. La violencia doméstica o intrafamiliar es la que se produce entre miembros del núcleo familiar con previa convivencia, pudiendo ser víctimas tanto hombres como mujeres. Se trata de la violencia ejercida sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad. Queda fuera del ámbito de este tipo de violencia a la esposa, ex esposa o mujer que haya estado o esté ligada al agresor por relación de afectividad, aún sin convivencia (violencia de género). El Código Penal recoge los delitos de violencia de género y de violencia doméstica, aunque para ésta última no hay una ley específica
¿Qué es la violencia intragénero?
Es la violencia entre parejas homosexuales, una realidad invisible cuya normalización exigen los colectivos LGTBI en igualdad de condiciones a las de la violencia de género contra las mujeres. En nuestra sociedad las relaciones consideradas “normales” son las heterosexuales y dejan fuera del discurso académico y profesional la violencia que se da entre parejas y exparejas del mismo sexo, Los colectivos LGTBI insisten en dar visibilidad a la realidad de las víctimas de violencia intragénero y en atender de manera adecuada sus demandas y necesidades específicas. Hay estudios según los cuales entre un 25 y un 75% de las parejas homosexuales son víctimas de violencia doméstica.
¿Cuántas personas tienen que morir todavía para que se la igualdad llegue a las víctimas LGTBI?
España aprueba, por unanimidad de todos los grupos parlamentarios, la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Esta ley, en su artículo 1.1., define la violencia de género como aquella que “como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia”, y “comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.”
Qué es la violencia de género en Andalucía[1]
Andalucía ha ampliado tanto el concepto de víctima de violencia de género y la tipificación de los actos violentos contra las mujeres con la aprobación en el Parlamento de la comunidad autónoma el pasado 20 de julio de la Ley 7/2018 reforma de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.
Entre otras cuestiones, se ha equiparado a las víctimas de la violencia sexual con las víctimas de la violencia de género, independientemente de la relación que el agresor guarde con la víctima. Se considera violencia de género en Andalucía cualquiera de las situaciones siguientes:
- Violencia física, que incluye cualquier acto de fuerza del hombre contra el cuerpo de la mujer, así como los ejercidos en su entorno familiar o personal como forma de agresión a esta con resultado o riesgo de producir lesión física o daño.
- Violencia psicológica, que incluye toda conducta, verbal o no verbal, que produzca en la mujer desvalorización o sufrimiento a través de amenazas, humillaciones o vejaciones, exigencia de obediencia o sumisión, coerción, insultos, aislamiento, culpabilización o limitaciones de su ámbito de libertad.
- Violencia sexual y abusos sexuales, que incluyen cualquier acto de naturaleza sexual no consentida por la mujer.
- Violencia económica, que incluye la privación intencionada, y no justificada legalmente, de recursos para el bienestar físico o psicológico de la mujer y de sus hijos o la discriminación en la disposición de los recursos compartidos en el ámbito de la pareja o el imposibilitar el acceso de la mujer al mercado laboral con el fin de generar dependencia.
También tienen consideración de actos de violencia de género:
- La violencia en la pareja o expareja ejercida por el hombre con el que ha mantenido relaciones de afectividad, con o sin convivencia, sea cual sea el entorno en que se produzca
- El feminicidio
- Las agresiones y abusos sexuales
- La mutilación genital
- El acoso sexual
- El acoso por razón de sexo
- La violencia contra los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres
- La explotación sexual de mujeres y niñas
- La trata de mujeres y niñas
- El matrimonio precoz o forzado
- La ciberviolencia
- La violencia vicaria
En todas estas situaciones de agresión y maltrato, se tendrá en cuenta el 'modus operandi' (modo de proceder) y el daño causado.
[1] Fuente: https://www.juntadeandalucia.es/temas/familias-igualdad/mujeres/violencia-genero.html
Pincha AQUÍ para acceder al Portal sobre Violencia de Género de la Junta de Andalucía
Tipos de violencia contra las mujeres y las niñas según la ONU
La violencia contra la mujer -especialmente la ejercida por su pareja y la violencia sexual- constituye un grave problema de salud pública y una violación de los derechos humanos de las mujeres.
Las estimaciones mundiales publicadas por la OMS indican que alrededor de una de cada tres (30%) mujeres en el mundo han sufrido violencia física y/o sexual de pareja o violencia sexual por terceros en algún momento de su vida.
La mayor parte de las veces el agresor es la pareja. En todo el mundo, casi un tercio (27%) de las mujeres de 15 a 49 años que han estado en una relación informan haber sufrido algún tipo de violencia física y /o sexual por su pareja.
La violencia puede afectar negativamente la salud física, mental, sexual y reproductiva de las mujeres y, en algunos entornos, puede aumentar el riesgo de contraer el VIH.
La violencia contra la mujer puede prevenirse. El sector sanitario tiene una importante función que desempeñar para proporcionar atención integral de salud a las mujeres que sufren violencia, y como punto de entrada para derivarlas a otros servicios de apoyo que puedan necesitar.
[1] https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/violence-against-women
RECUENTO DE VÍCTIMAS MORTALES DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN ESPAÑA: PULSA AQUÍ
PRIMEROS SIGNOS DE MALTRATO
Ciertos comportamientos, actitudes, comentarios u omisiones son manifestaciones de la violencia de género. Puedes estar sufriendo maltrato si tu pareja o expareja…
- Ignora o desprecia tus sentimientos con frecuencia
- Ridiculiza, insulta o desprecia a las mujeres en general
- Te humilla, grita o insulta en privado o en público
- Amenaza con hacerte daño a ti o a tu familia
- Te ha agredido alguna vez físicamente
- Te aísla de familiares y/o amistades
- Te ha forzado a mantener relaciones sexuales en contra de tu voluntad
- Te controla el dinero y toma las decisiones por ti
- No te permite trabajar
- Amenaza con quitarte a tus hijas e hijos en caso de dejarlo
Una relación saludable es aquella basada en los principios de confianza y respeto mutuo. Si has iniciado recientemente una relación en la que pesan más el control y los celos, y aparecen alguna de las actitudes que citamos a continuación, te recomendamos estar alerta y actuar. No permitas esta situación ya que podría ser el comienzo de una relación de maltrato:
- Él controla tu manera de vestir
- No expresas tus opiniones libremente por miedo a la reacción de él
- Él revisa tu teléfono móvil y las redes sociales
- Continuamente te sientes inferior o menos que él
- Tu pareja muestra celos frecuentemente
- Has dejado de salir con tu círculo de amistades porque a él “no le caen bien”