Por la cual se establecen los sujetos obligados, el contenido y las especificaciones técnicas de la presentación de información exógena tributaria en medios magnéticos ante la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas del Municipio de Pitalito, por el año gravable 2024, y se fijan los plazos para su presentación
Plazos para suministrar la información anual y/o fracción del periodo. La información a que se refiere los artículos 2 y siguientes de la presente Resolución, deberá ser reportada a más tardar en las siguientes fechas, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT del informante:
ÚLTIMOS DÍGITOS FECHA
01 a 05 martes, 3 de junio de 2025
06 a 10 miércoles, 4 de junio de 2025
11 a 15 jueves, 5 de junio de 2025
16 a 20 viernes, 6 de junio de 2025
21 a 25 lunes, 9 de junio de 2025
26 a 30 martes, 10 de junio de 2025
31 a 35 miércoles, 11 de junio de 2025
36 a 40 jueves, 12 de junio de 2025
41 a 45 viernes, 13 de junio de 2025
46 a 50 lunes, 16 de junio de 2025
51 a 55 martes, 17 de junio de 2025
56 a 60 miércoles, 18 de junio de 2025
61 a 65 jueves, 19 de junio de 2025
66 a 70 viernes, 20 de junio de 2025
71 a 75 martes, 24 de junio de 2025
76 a 80 miércoles, 25 de junio de 2025
81 a 85 jueves, 26 de junio de 2025
86 a 90 viernes, 27 de junio de 2025
91 a 95 martes, 1 de julio de 2025
96 a 00 miércoles, 2 de julio de 2025
Antes de diligenciar los Formatos FI, lo invitamos a leer los siguientes instructivos:
Paso a paso para configurar el Excel y con ello permita a los Formatos FI ejecutarse optimamente.
Paso a paso para permitir que los Formatos FI se ejecuten correctamente.
Recuerde que antes de diligenciar los Formatos previstos en la Resolución, debe tramitar el la Solicitud de Código Electrónico ante la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas del Municipio de Pitalito.
A continuación, podrá descargar los Formatos FI habilitados por la Resolución vigente para la anualidad del reporte:
La información a que se refiere la presente Resolución debe ser enviada de conformidad con las especificaciones técnicas definidas en el ANEXO 1.
La información a que se refiere la presente Resolución debe ser enviada de conformidad con las especificaciones técnicas definidas en el ANEXO 2.
La información a que se refiere la presente Resolución debe ser enviada de conformidad con las especificaciones técnicas definidas en el ANEXO 3.
La información a que se refiere la presente Resolución debe ser enviada de conformidad con las especificaciones técnicas definidas en el ANEXO 4.
La información a que se refiere la presente Resolución debe ser enviada de conformidad con las especificaciones técnicas definidas en el ANEXO 5.
La información a que se refiere la presente Resolución debe ser enviada de conformidad con las especificaciones técnicas definidas en el ANEXO 6.
La información a que se refiere la presente Resolución debe ser enviada de conformidad con las especificaciones técnicas definidas en el ANEXO 7.
La información a que se refiere la presente Resolución debe ser enviada de conformidad con las especificaciones técnicas definidas en el ANEXO 8.
La información a que se refiere la presente Resolución debe ser enviada de conformidad con las especificaciones técnicas definidas en el ANEXO 9.
La información a que se refiere la presente Resolución debe ser enviada de conformidad con las especificaciones técnicas definidas en el ANEXO 10.
La información a que se refiere la presente Resolución debe ser enviada de conformidad con las especificaciones técnicas definidas en el ANEXO 11.
La información a que se refiere la presente Resolución debe ser enviada de conformidad con las especificaciones técnicas definidas en el ANEXO 12.