La Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas del Municipio de Pitalito, pondrá a disposición de cada usuario informante, un código de 32 caracteres que utilizaran para el cumplimiento de rendir la información exógena tributaria en medios magnéticos, a través de los canales en línea habilitados de que trata la Resolución vigente.
Los responsables de presentar la información exógena tributaria en forma virtual, deberán cumplir en forma previa el siguiente procedimiento:
1. Adelantar el trámite de emisión y activación del Código Electrónico ante la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas del Municipio de Pitalito, mínimo con cinco (05) días hábiles de antelación al vencimiento del término para informar. El Informante deberá remitir solicitud (informante de exógena), adjuntando al documento suscrito por el Representante Legal o persona que actúa a nombre propio, los siguiente:
✅Copia de todas las hojas RUT
✅Certificado de Existencia y Representación Legal no mayor a tres meses de expedición.
✅Formato de Autorización de Tratamiento y Protección de Datos Personales, totalmente diligenciado.
2. Leer detenidamente las especificaciones técnicas definidas en los anexos relacionados de cada Formato a reportar.
Para efectos del literal b) del numeral 1, entiéndase para el sector privado en general el emitido por la Cámara de Comercio; para consorcios o uniones temporales copia del acta de constitución; para personas con actividades no mercantiles, certificación de no estar obligado a inscribirse ante la Cámara de Comercio; para entidades del sector público será su equivalente emitido por la autoridad competente.
La Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas del Municipio de Pitalito emitirá el Código Electrónico a la persona natural que a nombre propio o, en representación del informante enunciado en los literales del artículo 1º de la presente Resolución, deban cumplir con la obligación de presentar información exógena tributaria en forma virtual. Para tal efecto, deberá informar los correos electrónicos personales de cada uno, para su notificación.
⚠️De no informase el correo electrónico personal, se remitirá el Código Electrónico al correo de notificación judicial registrado en Cámara de Comercio o RUT.
Los obligados, personas naturales y representantes legales de las personas jurídicas y demás entidades a quienes, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución, la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas del Municipio de Pitalito les haya asignado previamente el Código Electrónico y no presenten cambios de representación, no requieren la emisión de un nuevo Código.
Establecido por la Resolución Municipal No. 262 de 2024
A continuacion, encontrará el enlace del Canal en línea habilitado para solicitar el CE: