Los presentes documentos tienen por objetivo sistematizar argumentos teóricos respecto al concepto del Buen vivir, sus aproximaciones, reconocimiento constitucional en países latinoamericanos, sus relaciones con otras corrientes afines, y su contraste con la idea moderna de desarrollo y, de esa forma aportar a ilustrar de mejor forma su sentido y alcance, y en particular, servir de base para la configuración de una definición que sea finalmente adoptada por la organización plataforma de derechos humanos para el buen vivir.
El buen vivir genera un doble impacto; en primer lugar, al reivindicar la cosmovisión de pueblos originarios que históricamente han sido invisibilizados, considerados analfabetos y subdesarrollados, y posicionar sus visiones como necesarias para la subsistencia del mundo-humanidad, en segundo lugar al proponer el reconocimiento de la tierra como Ser de derecho, lo que implica cambiar radicalmente la noción actual antropocentrismo de los derechos humanos .
Te invitamos a ver reflexiones de nuestras/es/os integrantes:
En el caso de América Latina, el desarrollo se ha presentado como uno de los principales objetivos por alcanzar; no obstante, en la actualidad, se mantiene una idea de este basada en un discurso de desarrollo de la modernidad, es decir, en términos de crecimiento económico, innovación, progreso técnico y estabilidad macroeconómica, lo cual ha cosificado a los seres humanos en mercancías, los ha apartado de la naturaleza, no ha permitido contemplar el desarrollo desde una perspectiva humana y sustentable, así como tampoco visibilizar otros modos de desarrollo.
América Latina junto a otras regiones, debían aplicar un conjunto de políticas, instrumentos e indicadores para salir del “subdesarrollo” y llegar a aquella deseada condición del “desarrollo”. En realidad, lo que se observa en el mundo es un “mal desarrollo” generalizado, existente inclusive en los países considerados como desarrollados. José María Tortosa, va más allá, afirmando que “el funcionamiento del sistema mundial contemporáneo es «mal desarrollador»” en su propia lógica, ya que está basado en una idea de “eficiencia que trata de maximizar los resultados, reducir costes y conseguir la acumulación incesante de capital (Tortosa, 2008).
La idea de desarrollo predominante en América Latina supone problemas en términos humanos, al cosificar a los seres humanos como mercancías u objetos y promover el egocentrismo y el individualismo. A su vez, presenta dificultades en términos ambientales, al promover la idea de que los recursos son ilimitados, lo que genera un deterioro ambiental y una humanidad inconsciente (García y Molina,2016).
En términos humanos, para Max-Neef et al. (2010), si el fin de una sociedad está basado en el crecimiento económico, se confirma que esta es una sociedad alienada, que sigue un patrón productivista sin sentido y que no permite vivir en toda su amplitud; por lo que, a su vez, afirman que “El desarrollo se refiere a las personas y no a los objetos” (p. 16). El concepto usual de desarrollo ha traído subdesarrollos mentales, psíquicos y morales, que promueven el individualismo y egocentrismo (Morin, 2002).
El buen vivir, es un concepto de raíces indígenas, surge como una alternativa al desarrollo de la modernidad, al permitir construir nuevos imaginarios de este que promuevan la armonía entre los seres humanos y la naturaleza, y que no se ponga en juego la vida en la tierra. En este sentido, Gudynas y Acosta (2011) exponen que:
Es una respuesta a las limitaciones y contradicciones de las ideas y aplicaciones contemporáneas del desarrollo, aglutina diversas miradas que desean dejar atrás ese desarrollo convencional y están ensayando nuevas perspectivas enmarcadas en otro tipo de valoraciones de la sociedad y el ambiente.
La relación del ser humano con la naturaleza y, de acuerdo con Gudynas y Acosta (2011), este es “una oportunidad para construir otra sociedad sustentada en la convivencia del ser humano en diversidad y armonía con la naturaleza, a partir del reconocimiento de los diversos valores culturales existentes en cada país y en el mundo”.
Concibe que cualquier definición de bienestar, de calidad o de Sumak Kawsay incorpora necesariamente una dimensión ambiental, ésta ya no escapa a cualquier análisis de este tipo”. Para Gudynas, esta dimensión, la incorporación de la naturaleza como sujeto de derecho en la Constitución de Ecuador, supone un auténtico cambio de paradigma, que él ha bautizado como giro biocéntrico, un cambio que conlleva importantes implicaciones sociales.
La naturaleza era objeto de derechos en tanto era objeto de uso y de apropiación por parte del ser humano. Al convertir a la naturaleza en sujeto de derecho, la Constitución ecuatoriana la está dotando de valores propios, valores intrínsecos que le son a ella misma independientemente de si es útil o económicamente utilizable para la humanidad.
No sólo se concibe a la naturaleza como sujeto de derecho, sino que además se establece específicamente en un artículo que la restauración de los espacios naturales, de los ambientes degradados, es también un derecho de la naturaleza, que ésta tiene el derecho a ser restaurada o recuperada.