El docente encargado de la cooperativa escolar en un centro educativo, es la persona que coordina, supervisa,
controla y promociona a nivel institucional, mediante el diseño y ejecución de un proceso de divulgación y
seguimiento de la cooperativa a cargo, de acuerdo con las necesidades, expectativas de los asociados,
plasmadas en el estatuto y acuerdos de asambleas de dicha asociación.
La naturaleza del trabajo exige a los funcionarios que ocupan esta clase de puesto, el desarrollo de técnicas y
destrezas adecuadas para planear, coordinar, organizar, dirigir y supervisar actividades relacionadas con los
estudiantes en función de los principios y valores del cooperativismo.
Los docentes que atienden las cooperativas escolares deben manifestar normas de conducta correctas, dentro
y fuera del centro educativo, pues representan la Institución y la cooperativa escolar, además debe cumplir
con las leyes, los reglamentos y otras disposiciones emanadas por las autoridades competentes.
1. Recibir por escrito, al inicio del curso lectivo, según anexo 10, de la dirección del centro educativo, los
bienes (libros, expedientes, activos, documentación digital, inventario del o los proyectos y otros) de la
cooperativa, comparando lo recibido con lo entregado al finalizar el año anterior por el docente
responsable y evidenciando por escrito cualquier diferencia. Así mismo resguardar dichos bienes durante
el curso lectivo.
2. Elaborar, al inicio del curso lectivo, un plan anual de trabajo que incluya las acciones relacionadas con el
puesto y entregar una copia a la Dirección del centro educativo.
3. Coordinar para que los cuerpos directivos de la cooperativa se reúnan de acuerdo con lo establecido en el
estatuto y cumplan con las funciones que les corresponda, según sus planes de trabajo. Estos podrán
sesionar virtualmente en caso excepcional y bajo autorización expresa del DGEEC; en caso de que así lo
hicieran, específicamente para el Comité de Vigilancia, el Comité de Educación y Bienestar Social y el
Comité de Ahorro (si lo hubiere), el docente dará fe que se cumplieron los principios de colegialidad,
simultaneidad, deliberación, interactividad e integralidad requeridos en este tipo de sesiones.
4. Coordinar con el director del centro educativo, la ejecución de las asambleas ordinarias establecidas en
el estatuto, y las extraordinarias según sean requeridas por la cooperativa escolar.
5. Realizar en coordinación con la gerencia la entrega de los excedentes en un plazo no mayor de un mes
después de haber ejecutado la primera Asamblea Ordinaria.
6. Colaborar con el gerente y el contador en la inscripción de la cooperativa ante el Ministerio de Hacienda
y la presentación periódica de las declaraciones que esta entidad solicite, además en la logística de pago
de las cargas parafiscales.
7. Asesorar, capacitar y dar seguimiento, en conjunto con el Comité Asesor, a los diferentes cuerpos
directivos de la cooperativa escolar en el conocimiento y cumplimiento de sus funciones, así como la
elaboración de sus respectivos planes e informes de trabajo.
8. Asesorar y supervisar en conjunto con la gerencia y el Consejo de Administración los proyectos productivos
de la cooperativa, los cuales además de generar ingresos deben permitir el fomento de la cultura
emprendedora asociativa entre los niños y jóvenes asociados.
9. Promover la cultura del ahorro entre los asociados según lo dispuesto en el Reglamento de ahorro de la
cooperativa.
10. Promover en conjunto con el Comité de Educación y Bienestar Social el desarrollo de proyectos sociales
para el cumplimiento integral de los principios y valores cooperativos y la búsqueda constante de una
educación cooperativa de excelencia.
11. Desarrollar con todos los asociados de la cooperativa el Cronograma temático de Educación Cooperativa
suministrado por el DGEEC y evidenciar esto ante su dirección para la posterior certificación (Ver Anexos
28 y 29).
12. Brindar información sobre temas de cooperativismo a la población estudiantil y la comunidad educativa
de su centro educativo.
13. Atender y dar seguimiento a los acuerdos de las asambleas y sesiones de los cuerpos directivos de la
cooperativa.
14. Rendir a la dirección del centro educativo en el mes de julio un informe del avance y cumplimiento de sus
labores con corte al 30 de junio y un informe anual de labores antes de finalizar el curso lectivo, de acuerdo
con el plan anual de trabajo.
15. Entregar la información requerida por el Departamento de Gestión de Empresas y Educación Cooperativa,
en forma puntual, veraz y según la vía y formato indicados.
16. Asistir a las reuniones, los seminarios, las charlas, capacitaciones, campamentos y otros, convocadas por
la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras.
17. Formar parte del Comité Institucional para la Educación Cooperativa en caso de que exista.
18. Fiscalizar en conjunto con el Consejo de Administración y el Comité de Vigilancia el cumplimiento por parte
de la gerencia de sus funciones.
19. Gestionar ante la instancia correspondiente para que el centro educativo conceda espacio físico (local) y
los recursos necesarios que permitan a la cooperativa funcionar adecuadamente.
20. Coordinar conjuntamente con el Comité de Educación y Bienestar Social la selección de los asociados que
participarán en seminarios, intercambios, pasantías, actividades deportivas, desfiles y otros.
21. Buscar alianzas y convenios con las empresas cooperativas o instituciones de la región, para promover la
capacitación, asesoramiento y apoyo económico para desarrollar proyectos productivos.
22. Mantener actualizados y disponibles todos los instrumentos (registros, controles, libros, formularios)
facilitados y/o solicitados por el Departamento de Gestión de Empresas y Educación Cooperativa.
23. Realizar mensualmente, en conjunto con el gerente y utilizando los formatos vigentes suministrados por
el DGEEC, los controles económicos (auxiliar de entradas, auxiliar de salidas, control de saldos, informe
económico y control de cuentas por pagar y cuentas por cobrar), entregando semestralmente dicha
información junto con el inventario de mercadería, estado de cuenta(s), informe económico acumulativo
y comprobantes respectivos al contador para la elaboración, por parte de este, de la contabilidad (estados
y balances) y su registro en los libros correspondientes. Una vez recibidos los estados contables
confrontarlos con los controles económicos.
24. Mantener actualizados el Registro de asociados y, en conjunto con el gerente, el Registro de aportaciones,
tanto en físico como digital, y tenerlos disponibles para los interesados.
25. Colaborar cuando se le solicite, con la organización de los eventos propuestos por la gerencia de la
cooperativa o los diferentes cuerpos administrativos.
26. Realizar en coordinación con la gerencia o el Comité Asesor la entrega de los ahorros antes de finalizar el
correspondiente curso lectivo.
27. Realizar en coordinación con la gerencia la entrega de aportaciones, excedentes y ahorros, según
corresponda, a los asociados que se retiren de la cooperativa.
28. Entregar por escrito, al finalizar el curso lectivo, según anexo 10, a la dirección del centro educativo los
bienes (libros, expedientes, activos, documentación digital, inventario del o los proyectos y otros) de la
cooperativa.
29. Entregar al contador, en coordinación con la gerencia y antes de finalizar el curso lectivo, los documentos
económicos necesarios para el cierre contable; utilizando para esto el formato dado por el DGEEC y
entregando una copia a la dirección del centro educativo y otra al asesor de su zona.