El director del centro educativo que mantiene una cooperativa escolar es un actor indispensable para el
funcionamiento, ya que es el responsable de fiscalizar y apoyar el accionar de la cooperativa. El mismo debe
cumplir con las siguientes funciones:
1. Ser miembro activo del Comité Asesor, el cual preside.
2. Cumplir con toda la normativa vigente de las cooperativas escolares.
3. Dar visto bueno y firmar todos los documentos requeridos por el DGEEC.
4. Apoyar la programación, convocatoria y desarrollo de las asambleas que requiera celebrar la cooperativa.
5. Apoyar los proyectos cooperativos.
6. Recibir, por parte del docente con recargo o lecciones de cooperativismo, analizar, dar seguimiento y
verificar: el plan anual de trabajo, el cronograma temático de educación cooperativa, los informes de
labores (semestral y anual) del docente y las evidencias de la implementación de la educación cooperativa.
Con respecto a este último aspecto (educación cooperativa) emitir la certificación correspondiente (Ver
Anexo 29).
7. Apoyar las iniciativas para proveer espacio físico y adecuado para el funcionamiento (administrativo y
operativo), así como el resguardo de la documentación de la cooperativa.
8. Apoyar las políticas que permitan el desarrollo social, cultural y empresarial de la cooperativa.
9. Supervisar que los expedientes, libros (actas, contables y registros) y documentación en general de la
cooperativa se encuentren actualizados y ubicados en un lugar seguro y accesible.
10. Supervisar que el docente a cargo de la cooperativa cumpla satisfactoriamente sus funciones.
11. Asegurar que el docente con recargo o lecciones de cooperativa cumpla con el horario establecido.
12. Comprobar que los procedimientos administrativos, financieros y contables de la cooperativa cumplan en
tiempo y forma al ser presentados a los entes correspondientes, recibiendo periódicamente los informes
presentados.
13. Ejecutar otras tareas propias del cargo.