TARJETA DE CREDITO.
TARJETA DE CREDITO.
Definicion: Acuerdo contractual entre una entidad bancaria y una persona individual o jurídica que establece los términos y condiciones generales que rigen un crédito mediante la emisión y uso no serán transferibles.
Elementos del Contrato
Elementos Personales
Dador, acreditante o Entidad Emisora: Es la persona que expide la tarjeta de crédito, generalmente es un banco o una persona jurídica que forman parte de grupos financieros, emiten la tarjeta de crédito.
El Titular, tarjetahabiente o acreditado: Persona individual o jurídica autorizada por los emisores para emplear la tarjeta de crédito a su nombre en otras palabras la persona que tiene derecho a adquirir bienes o servicios al crédito.
Destinatario, establecimiento adherido o asociado: Es la persona que entrega bienes o presta servicios a la tarjetahabiente sin que este pague en efectivo; generalmente son personas jurídicas ligadas de alguna manera al dador de la tarjeta.
Elementos Reales
· Los bienes o servicios que adquiere el tarjetahabiente
· La suma de dinero más interés que debe pagar el tarjetahabiente al dador, en el caso de haber utilizado la tarjeta.
· El crédito
· Identificación de la entidad emisora
· Nombre del titular
· Número personal que identifica al tarjetahabiente o cliente
· Periodo de vigencia
· Autorización para su uso
· Firma del titular legítimo
· Banda magnética
· Holograma
· Logo de cajeros automáticos (ATM) con los cuales es compatible.
Elementos Formales
· La solicitud de la tarjeta efectuada por el titular
· El contrato entre la sociedad emisora y el establecimiento comercial administrador de bienes y servicio.
· La propia tarjeta que obliga al emisor a conceder un determinado crédito al titular y abonar a los establecimientos asociados el importe de las compras o la prestación de los servicios.
· Las notas de cargo firmadas por el titular acreditan la compra y su importe o la prestación de servicios.
· La nota de cargo que de carácter mensual remite el emisor al usuario titular.
Elementos propios de cada contrato y su forma de extinción
Es un contrato mediante el cual se crea un instrumento de pago y se otorga un crédito determinado.
Características
· Típico: Esta regulado por el código de comercio.
· Principal: Debido a que sus prestaciones son autónomas subsiste por si mismo e independiente de cualquier otro.
· Oneroso: Genera beneficios a todas las partes que intervienen.
· Tracto Sucesivo: Descartada la ejecución instantánea. De ejecución inmediata, de nada servirá haber celebrado el contrato si no entregasen la tarjeta, en consecuencia, no surte efecto desde que se celebra.
· Consensual: Tiene el consentimiento de todas las partes que se establecen en el contrato, y con la entrega y recepción de las respectivas tarjetas, sin prejuicio de que la validez de sus cláusulas en cuanto perjudique al titular, dependa del cumplimiento de determinados requisitos formales, inherentes a la protección del titular.
Efectos del Contrato.
Obligaciones del dador, acreditante o Entidad Emisora:
Poner a disposición del acreditado una suma de dinero dentro de las condiciones pactadas.
Restituye las sumas de dinero de las que disponga o proveer las cantidades pagaderas por su cuenta.
Proporcionar el crédito y establecer las condiciones, mientras que el acreditado debe cumplir con las condiciones acordadas. Las obligaciones pueden variar según el tipo de crédito.
Obligaciones del tarjetahabiente o acreditado:
Tiene la obligación de pagar en forma periódica y en la fecha señalada por la entidad emisora, la cantidad parcial o total del crédito utilizado, en los diferentes establecimientos afiliados o autorizados por el emisor de la tarjeta de crédito.
Obligaciones del Destinatario:
Tienen la obligación de aceptar la tarjeta de crédito como medio de pago y entregar los bienes o servicios pagados por medio del sistema de tarjeta de crédito.
Incumplimiento de las obligaciones del dador, acreditante o Entidad Emisora:
Si el dador no cumple con su obligación de pago en la fecha establecida, se considera un incumplimiento de contrato y puede dar lugar a acciones legales por parte del acreedor.
El dador puede ser constreñido al pago forzoso de sus obligacones.
El cobro de daños y perjuicios.
El cobro de intereses legales o contractuales.
EJEMPLO DE TARJETA DE CREDITO.