CONTRATO DE FIANZA.
CONTRATO DE FIANZA.
Concepto: Es aquel en el que una afianzadora se compromete a responder de las obligaciones de otra persona, conforme a las normas y tarifas que dicta la superintendencia de bancos. (insertar biografía del libro).
Elementos:
Personales:
· Fiador: Afianzadora constituida y autorizada para dedicarse al negocio de fianzas.
· Fiado: Es el deudor de la obligación garantizada
· Beneficiario: Acreedor del fiador, para el caso de incumplimiento del fiado.
Objetivos:
· La obligación del fiador
· Obligación del fiado
Elementos propios del contrato:
· El lugar y fecha de su emisión
· Los nombres y domicilios de la afianzadora y del fiado
· La designación del beneficiario
· La mención de las obligaciones garantizadas y el monto y circunstancias de la garantía
· La firma de la afianzadora, la cuál podrá ser autógrafa o sustituirse por impresión.
Extinción del contrato:
Las obligaciones de la afianzadora no se extinguirán porque el acreedor no requiera judicialmente al deudor el cumplimiento de sus obligaciones, ni porque se deje de promover en el juicio entablado en contra del deudor.
Efectos del contrato:
· El fiador responderá del incumplimiento de la obligación del fiado.
· El fiado tiene la obligación de pagar la prima.
· Beneficiario, tiene derecho a cobrar la obligación accesoria.
Incumplimiento de obligaciones
· Falta de pago por parte del deudor principal
· Incumplimiento del fiador
· Fraude o falsedad en la solicitud de fianza
· Uso indebido de la fianza
Características:
· La obligación de la afianzadora se extingue al mismo tiempo que la del fiado
· La validez de la obligación garantizada incide en la validez de la obligación de la afianzadora.
· El fiador tiene la obligación mancomunado solidaria.
EJEMPLO DE CONTRATO DE FIANZA.