Si la empresa te quiere despedir:
1. Mantén la calma.
2. Exige la carta de despido por escrito, y pide la presencia o avisa a un/a miembro de tu Comité de Empresa o de tu Sindicato para que te acompañe en este proceso.
Si te quieren despedir es necesario que la empresa lo haga siempre por escrito, tanto si es un despido disciplinario, como un despido objetivo o si te presentan una carta donde te informan del fin del contrato temporal. Rechazar la entrega de la carta de despido no sirve de nada, la empresa te mandará la carta de despido mediante burofax y de esta forma equivaldrá a la entrega y firma de la carta.
MUY IMPORTANTE:
Si la empresa sabe que eres afiliado/a a un Sindicato, con anterioridad a la imposición del despido u otra sanción disciplinaria (una suspensión de empleo y sueldo, etc.), está obligada a dar trámite de audiencia previa de los delegados/as sindicales, pues de lo contrario el despido o la sanción serían declarados improcedentes. El delegado/a sindical debe ser oído con anterioridad (con 48 horas como mínimo) a la toma de la medida disciplinaria. Es decir, con anterioridad al despido o a la suspensión de empleo y sueldo se tiene que oír al delegado sindical, de lo contrario, se incumple la obligación y la medida disciplinaria es declarada nula o improcedente.
Por este motivo desde co.bas aconsejamos que se notifique a la empresa la afiliación al sindicato al que pertenezcas. No hacerlo no va a evitar que la empresa haga contigo lo que quiera, y hacerlo te puede servir de ayuda en casos como este.
3. Examina bien la carta de despido y:
4. Examina y comprueba bien todos los conceptos del finiquito
El finiquito o documento de saldo y liquidación es un documento donde la empresa propone la entrega de las cantidades que quedan pendientes de pagarte. Normalmente este finiquito está compuesto por los días de vacaciones que no has disfrutado y que la empresa debe de pagarte, y por la parte proporcional de las pagas extraordinarias y de beneficios que se hayan devengado, en el caso de que no estén prorrateadas. Además en algunos casos en el propio documento de finiquito se incluyen los días trabajados si se despide en mitad de un mes y la indemnización en el caso de que corresponda.
Los consejos que se han dado para la carta de despido son completamente válidos para el finiquito.
Si en los documentos de finiquito ponen la cláusula de que con la firma de dicho documento el trabajador/a y la empresa se encuentran completamente saldados y no tienen nada más que reclamarse, firma “no conforme” y luego pon la fecha y firma, para poder comprobar las cuantías posteriormente. Si no quieres poner “no conforme” puedes poner otras expresiones como “pendiente de revisar las cantidades”
Si, además, en el finiquito pone que se te entrega el dinero y realmente no lo has recibido aún, además de de "no conforme" escribe también “pendiente de recibir las cantidades” .
5. Si el despido es objetivo (lo pondrá en la carta) tienes derecho a un preaviso de 15 días o a su pago por parte de la empresa.
En el caso de que te despidan mediante un despido objetivo la empresa deberá darte un preaviso de 15 días , entre el momento en el que te entregan la carta y el día que el despido es efectivo. Durante este preaviso tieneS derecho a una licencia retribuida de 6 horas semanales para buscar un nuevo trabajo. La empresa puede sino también optar por pagar estos 15 días de preaviso, o los días que falten de preaviso hasta completar los 15.
6. Comprueba si la indemnización por despido está bien calculada.
Dependiendo del tipo de despido, se tendrá derecho o no a una indemnización en el momento de ser despedido/a. En el caso de un despido objetivo, la indemnización será de 20 días por año, y te la tendrán que entregar en el mismo momento en el que te dan la carta de despido objetivo.
7. Si lo que te entregan es una carta de fin de contrato temporal (que no es exactamente un despido):
Dependiendo de la fecha de firma del contrato te corresponderá una indemnización u otra entre 8 y 12 días por año. La indemnización por fin de contrato será de:
8. Si no estás conforme con el despido, impúgnalo, prestando mucha atención a que no se te pasen los plazos.
Si no estás de acuerdo con el despido tienes 20 días hábiles judiciales (no cuentan sábados, domingos ni festivos) para impugnarlo. Este plazo es muy importante, ya que si lo dejas pasar no podrás reclamar judicialmente tu despido.
El primer paso para iniciar el proceso judicial es presentar una papeleta de conciliación ante el servicio administrativo correspondiente a su Comunidad Autónoma. Para ello:
9. Busca asesoramiento jurídico.
Acude a los servicios jurídicos de co.bas (llamando al 91 527 74 06 o poniéndote en contacto con los delegados/as de co.bas) o del sindicato al que estés afiliado/a para interponer la demanda judicial.
10. Solicita la prestación o subsidio por desempleo si tienes cotizaciones suficientes
Una vez que estás despedido/a (sea cual sea el tipo de despido), si tienes acumuladas cotizaciones suficientes puedes pedir la prestación o el subsidio por desempleo. Para ello tienes un plazo de 15 días hábiles para pedir cita previa en el SEPE, no contándose los domingos ni festivos.