El Banco Central del Uruguay (BCU), mediante la Comunicación Nº 2025/160 del 4 de noviembre de 2025, informó modificaciones en el procedimiento para el ingreso de información de corresponsales y del pago asociado a transferencias de fondos al exterior, en el marco del Art. 10 literales a) y b) del Libro I de la Recopilación de Normas del Sistema de Pagos. Los cambios serán exigibles a partir del 6 de noviembre e incorporan requerimientos vinculados al estándar ISO 20022 que entrará en vigencia el 22 de noviembre.
Las instituciones deberán gestionar altas y bajas de corresponsales exclusivamente a través del sistema AGATA, mientras que los ya notificados mediante el procedimiento anterior no deberán volver a cargarse. Se exhorta a verificar los corresponsales activos y dejar inactivos aquellos que no serán utilizados.
Para ingresar un nuevo corresponsal se deberán completar, por única vez, tres fichas: Creditor (beneficiario), Creditor Agent (banco del beneficiario) e Intermediary (banco intermediario, cuando corresponda). La carga debe hacerse con al menos un día hábil de anticipación y todas las instrucciones serán sometidas a revisión de listas de control de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas.
No se podrán ingresar órdenes de giro sin la carga previa de los datos del corresponsal y cuenta destino, ni sin la validación correspondiente en materia de cumplimiento. La solicitud de giro continuará ingresándose por AGATA (operación 701) en el horario habitual. Asimismo, se deja sin efecto la Comunicación 2024/100 del 23/05/2024.
Fuente: BCU