El Banco Central del Uruguay (BCU) respaldó al Banco República (BROU) en su decisión de no ejecutar operaciones con Revolut Bank, entidad financiera digital con sede en Europa.
La resolución de la Superintendencia de Servicios Financieros, fechada el 30 de septiembre, desestimó la denuncia presentada por un usuario que desde septiembre de 2024 no puede realizar transferencias ni pagos desde el BROU hacia su cuenta en Revolut, lo que —según alegó— le ocasionó perjuicios económicos y dificultades para cumplir obligaciones contractuales.
El BROU explicó al regulador que la restricción no responde a un bloqueo individual, sino a una decisión institucional adoptada en el marco de sus políticas de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, conforme al artículo 303 del Libro III de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero.
El BCU consideró que la medida fue tomada dentro del marco normativo y que no constituye una conducta abusiva ni una infracción a las leyes de defensa del consumidor o de la competencia. Además, aclaró que las entidades financieras están habilitadas a definir sus contrapartes conforme a su propia gestión de riesgo y que no existe obligación de operar con bancos extranjeros específicos.
Fuente: El Observador