La Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay sometió a consulta pública un proyecto normativo destinado a mejorar la información que reciben los depositantes sobre los riesgos de ahorrar en moneda extranjera.
La propuesta establece que, al abrir una cuenta en dólares u otra moneda foránea, los bancos deberán entregar un documento independiente de los contratos generales. La advertencia deberá presentarse de forma destacada y ser firmada por el cliente, quien declarará haber recibido y comprendido la información.
El documento deberá explicar que el valor y el rendimiento de los fondos, medidos en pesos uruguayos, pueden verse afectados por las variaciones del tipo de cambio. Como consecuencia, el cliente podría recuperar un monto inferior en moneda local y perder poder de compra dentro del país. La notificación no constituirá asesoramiento financiero ni una recomendación de inversión.
La obligación también alcanzará a los clientes que ya tengan cuentas abiertas, con excepción de las instituciones financieras. Además, el BCU pondrá a disposición en su sitio web un comparador de la evolución del ahorro en diferentes monedas.
El proyecto recibió comentarios hasta el 15 de junio de 2026. Las modificaciones prevén entrar en vigor el 1.º de agosto, mientras que las instituciones tendrán plazo hasta el 31 de diciembre de 2026 para notificar a los clientes existentes.
Fuente: El observador