El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) ha revisado su Recomendación 13, enfocada en la banca corresponsal. Esta actualización exige a las instituciones financieras implementar medidas rigurosas de debida diligencia al establecer relaciones de corresponsalía transfronteriza. Entre las principales disposiciones se incluyen:
Recopilación exhaustiva de información: Las entidades deben obtener datos detallados sobre la naturaleza del negocio de la institución representada, evaluando su reputación y la calidad de su supervisión regulatoria.
Evaluación de controles ALA/CFT: Es imperativo que las instituciones financieras analicen los sistemas de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (ALA/CFT) de sus contrapartes para garantizar su eficacia.
Aprobación de la alta gerencia: La formalización de nuevas relaciones de corresponsalía requiere la autorización explícita de la alta dirección de la entidad financiera.
Claridad en responsabilidades: Ambas partes deben definir y comprender claramente sus obligaciones y responsabilidades dentro de la relación de corresponsalía.
Prohibición de relaciones con bancos pantalla: Se prohíbe terminantemente establecer o mantener relaciones de corresponsalía con entidades ficticias o "bancos pantalla".
Estas medidas buscan fortalecer la integridad del sistema financiero internacional, mitigando riesgos asociados al lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Las instituciones financieras uruguayas, en su rol dentro del mercado global, deben adaptar sus políticas internas para cumplir con estos estándares reforzados, asegurando así la confianza y transparencia en sus operaciones internacionales
Fuente: GAFIC