El Banco Central del Uruguay informó que su Superintendencia de Servicios Financieros aprobó un nuevo marco normativo para los proveedores de servicios de activos virtuales, en línea con la legislación vigente y con el objetivo de acompañar los cambios del sistema financiero.
La normativa reglamenta la actividad desarrollada por estos proveedores y establece las condiciones para su funcionamiento y supervisión en Uruguay. Según el BCU, el marco define las operaciones comprendidas en la licencia y los requisitos que deberán cumplir quienes actúen en este mercado.
La regulación también incorpora exigencias orientadas a fortalecer la protección de los usuarios, la gestión de riesgos, la seguridad de la información y la prevención del lavado de activos, con el propósito de brindar mayor certeza y previsibilidad para el desarrollo de esta actividad.
El BCU señala que, ante el creciente uso de activos virtuales a nivel global, busca promover un marco regulatorio alineado con buenas prácticas internacionales. La finalidad es permitir que nuevas tecnologías y modelos de negocio se desarrollen en un entorno de confianza y seguridad.
En la sección de normativa del propio Banco Central, la medida figura como la Circular N.º 2507, de fecha 16 de julio de 2026, titulada “Recopilación de Normas del Mercado de Valores - Reglamentación de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV)”.
Fuente: BCU