La Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay dispuso que las personas físicas, jurídicas y patrimonios de afectación independiente que capten recursos del público o convoquen a invertir con expectativa de rentabilidad deberán presentar una declaración jurada sobre su actividad.
La obligación comprende aquellas propuestas en las que los inversores entregan recursos financieros a cambio de una expectativa de rentabilidad fija, variable o contingente, cuyo resultado depende de la gestión o actuación de un tercero.
La declaración deberá proporcionar información sobre la identidad y estructura de la organización, sus titulares y beneficiarios finales, los medios utilizados para promocionar la actividad y las características del modelo de negocio. También deberá detallar el número de inversores, los fondos captados y la rentabilidad ofrecida.
Quienes ya desarrollaban este tipo de actividades cuentan con un plazo de 60 días para cumplir con la obligación. Las personas o entidades que comiencen a operar posteriormente deberán presentar la declaración antes de iniciar sus actividades.
El BCU podrá solicitar información adicional cuando lo considere necesario. La medida busca identificar a los operadores que actúan bajo estos modelos y reunir información que permita diseñar futuras regulaciones y planes de supervisión orientados a proteger a los inversores.
Fuente: BCU